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Decreto 1111 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/12/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2299 del 26 de diciembre de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM11112000

DECRETO 1111 DE 2000

(28 de diciembre)

Derogado por el Decreto Único Sectorial 642 de 2025 

"Por el cual se establece una excepción al horario de funcionamiento de

establecimientos comerciales y/o abierto al público donde se expendan o

consuman bebidas alcohólicas."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales, y en particular las que le confiere el articulo 35

del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 111 del Código Nacional de Policía,

DECRETA:

Artículo 1o.- El horario de funcionamiento de establecimientos comerciales o abiertos al público donde se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas el día 31 de diciembre de 2000 será desde las seis de la mañana (06:00 a.m.) y hasta las tres de la mañana (03-.00 a.m.) del 10 de enero de 2001.

Artículo 2o.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y solo en la fecha señalada en el artículo anterior.Ver Decreto Distrital No. 929 de 2000

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.C. a los 28 días de diciembre de 2000.

El Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO y el Secretario de Gobierno JAIME BUENAHORA FEBRES CORDERO.

Nota: Este Decreto se publicó en el Registro Distrital No. 2299 de fecha 28 de diciembre de dos mil (2000).