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Decreto Local 013 de 2010 Alcaldía Local de San Cristóbal

Fecha de Expedición:
16/12/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4568 de diciembre 28 de 2010
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4571 de diciembre 31 de 2010

DECRETO LOCAL 013 DE 2010

(Diciembre 16)

Por el cual se liquida el Presupuesto General de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristobal para la vigencia fiscal del primero (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil once (2.011), en cumplimiento del Acuerdo N° 33 de diciembre 15 de 2010.

EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTOBAL

En ejercicio de las atribuciones constitucionales emanadas del articulo 324 de la Constitución Nacional y legales en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de julio de 1.993 artículos 69 y 89, Ley 617 de 2.000 y Decreto 372 de 2.010.

CONSIDERANDO:

Que la Junta Administradora Local de San Cristóbal expidió el Acuerdo Local No 033 del 15 de diciembre del 2010, sancionado por el Alcalde Local, en el cual se aprueba el presupuesto para la vigencia 2011 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal.

Que de conformidad con el artículo 19 del decreto 372 del 2.010, le corresponde al Alcalde Local de San Cristóbal, expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto el cual tendrá el detalle de gastos para el año fiscal respectivo hasta nivel de proyecto.

Que mediante oficio 2010EE599310 del 11 de Octubre de 2010 de la Secretaria de Hacienda se certifico la cuota de la transferencia de gastos para la localidad para la vigencia fiscal del 2.011 en TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES DE PESOS ($35.671.000.000).

Que según estimación presupuestal se espera percibir ingresos propios por la suma de TRESCIENTOS CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($305.159.361.00) entre ingresos corrientes y recursos de capital.

Que se espera tener una disponibilidad inicial de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL PESOS MTE. ($25.515.986.000).

Que en consecuencia el presupuesto de Ingresos para la vigencia 2011 se fija en SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($61.492.145.361).

Que de acuerdo al Decreto 372 de 2.010 el Presupuesto de Gastos se clasifica en Gastos de funcionamiento e Inversión.

Que el agregado de Gastos de Funcionamiento tiene un presupuesto de NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL PESOS ($994.538.000)

Que los Gastos de Inversión incluidas las Obligaciones por Pagar tiene un presupuesto de SESENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($60.497.607.361).

Que mediante oficio 2-2010-44730 del 30 de noviembre de 2010 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS emitió concepto favorable al anteproyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal del 2.011.

Que el Alcalde Local presentó a la JAL el Proyecto de Presupuesto para la vigencia 2011 de manera oportuna.

Que la Junta Administradora Local de San Cristóbal expidió el Acuerdo Local No 033 del 15 de diciembre del 2010, sancionado por el Alcalde Local, en el cual se aprueba el presupuesto para la vigencia 2011 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal.

Que de conformidad con el artículo 19 del Decreto 372 del 2.010, le corresponde al Alcalde Local de San Cristóbal, expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto el cual tendrá el detalle de gastos para el año fiscal respectivo hasta nivel de proyecto.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Fíjese el Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil once (2.011) por la cuantía de SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN PESOS MTE. ($61.492.145.361), de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

25.515.986.000

2

INGRESOS

35.976.159.361

2.1

INGRESOS CORRIENTES

10.069.000

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

10.069.000

2.1.2.03

Multas

9.569.000

2.1.2.99

Otros Ingresos No Tributarios

500.000

2.2

TRANSFERENCIAS

35.671.000.000

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

35.671.000.000

2.2.4.05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

35.671.000.000

2.2.4.05.01

Vigencia

35.671.000.000

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

295.090.361

2.4.1

Recursos del Balance

10.000.000

2.4.1.03

Venta de Activos

10.000.000

2.4.3

Rendimientos por operaciones financieras

15.000.000

2.4.3.02

Rendimientos provenientes de Recursos de Libre Destinación

15.000.000

2.4.5

Excedentes Financieros

270.090.361

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD IINICIAL

61.492.145.361

ARTÍCULO SEGUNDO.- Fíjese el Presupuesto de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil once (2.011) por la cuantía de SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN PESOS MTE. ($61.492.145.361), de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

61.492.145.361

3,1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

994.538.000

3,1,2

GASTOS GENERALES

994.538.000

3,1,2,01

ADQUISICION DE BIENES

260.875.000

3,1,2,01,02

GASTOS COMPUTADOR

97.170.000

3,1,2,01,03

COMBUSTIBLE LUBRICANTES Y LLANTAS

140.000.000

3,1,2,01,04

MATERIALES Y SUMINISTROS

23.705.000

3,1,2,02

ADQUISICION DE SERVICIOS

733.663.000

3,1,2,02,01

ARRENDAMIENTOS

100.000.000

3,1,2,02,04

IMPRESOS Y PUBLICACIONES

61.000.000

3,1,2,02,05

MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

228.000.000

3,1,2,02,05,01

MANTENIMIENTO ENTIDAD

228.000.000

3,1,2,02,06

SEGUROS

188.663.000

3,1,2,02,06,01

SEGUROS ENTIDAD

144.954.000

3,1,2,02,06,04

SEGURO DE VIDA EDILES

14.667.000

3,1,2,02,06,05

SEGURO DE SALUD EDILES

29.042.000

3,1,2,02,08

SERVICIOS PUBLICOS

56.000.000

3,1,2,02,08,01

Energía

5.000.000

3,1,2,02,08,02

Acueducto y Alcantarillado

1.000.000

3,1,2,02,08,04

Teléfono

50.000.000

3,1,2,02,11

PROMOCION INSTITUCIONAL

60.000.000

3,1,2,02,18

PUBLICIDAD

40.000.000

3.3

INVERSIÓN

60.497.607.361

3.3.1

DIRECTA

34.981.621.361

3.3.1.13

Bogotá positiva: para vivir mejor

34.981.621.361

3.3.1.13.01

CIUDAD DE DERECHOS

24.600.000.000

3.3.1.13.01.01

Bogotá sana

1.000.000.000

3.3.1.13.01.01.0178

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES CON ENFOQUE DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA Y DOTACIÓN DE EQUIPOS BIOMÉDICOS A LOS HOSPITALES

1.000.000.000

3.3.1.13.01.04

Bogotá bien alimentada

12.000.000.000

3.3.1.13.01.04.0185

APOYO Y FORMACIÓN NUTRICIONAL A LOS HABITANTES DE LA LOCALIDAD

12.000.000.000

3.3.1.13.01.05

Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables

600.000.000

3.3.1.13.01.05.0187

CAPACITACIÓN FORMAL E INFORMAL QUE MEJOREN EL NIVEL DE INGRESO DE LOS HABITANTES DE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL

600.000.000

3.3.1.13.01.06

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

600.000.000

3.3.1.13.01.06.0637

ATENCIÓN INTEGRAL EN EDUCACIÓN A LOS HABITANTES DE LA LOCALIDAD

600.000.000

3.3.1.13.01.08

Mejoramiento de la infraestructura y la dotación de colegios

600.000.000

3.3.1.13.01.08.0639

DOTACIÓN, ADECUACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DE LA LOCALIDAD

600.000.000

3.3.1.13.01.09

Derecho a un techo

500.000.000

3.3.1.13.01.09.0640

REASENTAMIENTO Y TITILACIÓN DE PREDIOS A FAMILIAS EN ALTO RIESGO

500.000.000

3.3.1.13.01.10

En Bogotá se vive un mejor ambiente

1.000.000.000

3.3.1.13.01.10.0644

DESARROLLAR ACCIONES INTEGRALES DE MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES PARA LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL

1.000.000.000

3.3.1.13.01.11

Construcción de paz y reconciliación

2.000.000.000

3.3.1.13.01.11.0656

PROMOCIÓN, PREVENCIÓN Y FORMACIÓN INTEGRAL ENCAMINADA AL RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS DE LA LOCALIDAD.

2.000.000.000

3.3.1.13.01.12

Bogotá viva

2.500.000.000

3.3.1.13.01.12.0659

FOMENTO CULTURAL, EDUCATIVO Y RECREODEPORTIVO DE LOS HABITANTES DE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL

2.500.000.000

3.3.1.13.01.13

Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad

1.000.000.000

3.3.1.13.01.13.0660

FORTALECIMIENTO A LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD DE LA LOCALIDAD

1.000.000.000

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

2.000.000.000

3.3.1.13.01.14.0662

ATENCIÓN INTEGRAL, A LA NIÑEZ , ADULTO MAYOR ,FAMILIA Y MUJERES EDUCADORAS

2.000.000.000

3.3.1.13.01.15

Bogotá respeta la diversidad

300.000.000

3.3.1.13.01.15.0666

ACCIONES INTEGRALES A LAS PERSONAS LGTB A LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL

100.000.000

3.3.1.13.01.15.0667

FORTALECER LA POBLACIÓN AFRODESCENDIENTES ,ETNIAS E INDÍGENA DE LA LOCALIDAD

200.000.000

3.3.1.13.01.16

Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género

500.000.000

3.3.1.13.01.16.0670

FORMAR Y GENERAR ESPACIOS PRODUCTIVOS A LA MUJER DE LA LOCALIDAD

500.000.000

3.3.1.13.02

DERECHO A LA CIUDAD

5.752.118.361

3.3.1.13.02.17

Mejoremos el barrio

3.802.118.361

3.3.1.13.02.17.0672

CONSTRUIR, ADECUAR Y MANTENER LA MALLA VIAL Y LOS ESPACIOS PÚBLICOS DE LA LOCALIDAD

3.802.118.361

3.3.1.13.02.25

Espacio público para la inclusión

800.000.000

3.3.1.13.02.25.0674

CONSTRUIR Y ADECUAR LOS ANDENES EN LA LOCALIDAD

800.000.000

3.3.1.13.02.26

Espacio público como lugar de conciliación de derechos

150.000.000

3.3.1.13.02.26.0676

ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA REUBICACIÓN DE LOS VENDEDORES AMBULANTES

150.000.000

3.3.1.13.02.27

Bogotá espacio de vida

500.000.000

3.3.1.13.02.27.0678

INFRAESTRUCTURA DE LOS ESPACIOS COMUNITARIOS LOCALES

500.000.000

3.3.1.13.02.31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias

500.000.000

3.3.1.13.02.31.0680

IMPLEMENTAR LA ESTRATEGIA DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGO DE LA LOCALIDAD

500.000.000

3.3.1.13.03

CIUDAD GLOBAL

1.350.000.000

3.3.1.13.03.32

Región Capital

150.000.000

3.3.1.13.03.32.0681

INTEGRACIÓN URBANO REGIONAL Y EL ECOTURISMO EN LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL

150.000.000

3.3.1.13.03.33

Fomento para el desarrollo económico

600.000.000

3.3.1.13.03.33.0683

FORTALECIMIENTO MICROEMPRESARIAL, Y FORMACIÓN PARA EL 1ER EMPLEO A LA POBLACIÓN DE LA LOCALIDAD.

600.000.000

3.3.1.13.03.35

Bogotá competitiva e internacional

600.000.000

3.3.1.13.03.35.0685

SAN CRISTÓBAL INTERNACIONAL TURÍSTICA Y ATRACTIVA

600.000.000

3.3.1.13.04

PARTICIPACIÓN

720.000.000

3.3.1.13.04.37

Ahora decidimos juntos

320.000.000

3.3.1.13.04.37.0686

FORTALECER LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA DE LA LOCALIDAD

320.000.000

3.3.1.13.04.38

Organizaciones y redes sociales

400.000.000

3.3.1.13.04.38.0688

ADECUACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LOS CONSEJOS LOCALES Y ESPACIOS COMUNITARIOS

400.000.000

3.3.1.13.06

OBJETIVO GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

2.559.503.000

3.3.1.13.06.49

Desarrollo institucional integral

2.559.503.000

3.3.1.13.06.49.0706

MEJORAR LA CALIDAD DEL SERVICIO AL CIUDADANO A TRAVÉS DE ACCIONES DE DESARROLLO INSTITUCIONAL REALIZADAS POR LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

2.559.503.000

3.3.4

OBLIGACIONES POR PAGAR

25.515.986.000

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige a partir de su sanción y publicación y sus efectos fiscales surten a partir del primero (1°) de enero del 2.011.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D. C. a los 16 días del mes de diciembre de 2010

WILLIAM ROBERTO HERRERA HERNÁNDEZ

Alcalde Local de San Cristóbal

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4568 de diciembre 28 de 2010.