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DECRETO LOCAL 005 DE 2013 (Julio 30) “Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal al Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2013”. EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “ Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”. Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Local durante la vigencia 2013, ajusta los gastos de Funcionamiento – Impresos y Publicaciones, Gastos de Computador y Promoción Institucional con el fin de legalizar la afectación de la imputación presupuestal de la Localidad Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la secretaria Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable mediante oficios radicado Nos. 2013EE174016 y el 2013EE173919 de julio de 2013. Que la presente modificación presupuestal la ampara los certificados de disponibilidad presupuestal Nos. 550,563 y 564 Que en mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: ARTÍCULO 1°.- Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2013, por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO SETENTA Y SEIS PESOS ($ 34.890.176)M/CTE, conforme al siguiente detalle: Contracrédito:
ARTÍCULO 2°.- Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2013, por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO SETENTA Y SEIS PESOS ($ 34.890.176)M/CTE, conforme al siguiente detalle: Crédito:
ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Expedido en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de julio de dos mil trece (2013). JUAN CARLOS AMAYA PICO Alcalde Local de Ciudad Bolívar ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5172 de agosto 2 de 2013
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