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Decreto Local 3 de 2013 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
24/07/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/08/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5172 de agosto 2 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2013

(Julio 24)

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal para la vigencia fiscal 2013 en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá.

EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de cuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

Que la Alcaldía Local de Engativá durante la presente vigencia fiscal y continuando con el seguimiento y depuración permanente en el rubro 3.3.6.90 “OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES”, ha liberado saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según Actas de Liberación de Saldos Número 1 y 2 del 2 de Marzo y 20 de Mayo de 2013.

Que la Liberación de saldos del párrafo anterior se realizó, teniendo en cuenta las Actas de Liquidación de Contratos con saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá y la suma total liberada a 30 de Junio de 2013 es de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE PESOS ($496.265.329.oo) MCTE.

Que en atención a la Circular No. 009 del 22 de Marzo de 2011, de la Secretaria Distrital de Gobierno y de la Secretaria Distrital de Hacienda, “1.1 ASPECTOS GENERALES, párrafo cuarto “….. Por consiguiente, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI-……”

Que la Administración Local requiere de carácter urgente aumentar la apropiación presupuestal del proyecto No. 1230 “Fortalecimiento Institucional y pago honorarios ediles” para ser ejecutado el plan de contingencia con el fin de iniciar el plan de descongestión y poner al día los procesos de gestión y administrativos de la Entidad.

Que una vez ajustados los análisis de Cargas Laborales para dar cumplimiento a la ejecución del Plan de Contingencia requerido por la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución del proyecto del párrafo anterior, se requieren CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($495.000.000.oo) MCTE.

Que como el Estatuto de Bogotá asigna recursos, los cuales deben reinvertirse en la misma Localidad y los montos liberados en las Obligaciones por Pagar por ser generados de las transferencias en las vigencias anteriores, deben ser reincorporados al Presupuesto local, para ser reinvertidos y potencializar inversiones necesarias e importantes para el Territorio Local, se requieren trasladar CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($495.000.000.oo) MCTE, del rubro presupuestal 3.3.6.90 OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES, al Proyecto 1230 “Fortalecimiento Institucional y pago honorarios ediles”.

Que para tal fin, se solicita concepto favorable a la Secretaria Distrital de Planeación con Oficio No. 20131020129501 del 5 de Julio de 2013, para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2013.

Que se solicita concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con Oficio No. 20131020129491 del 5 de Julio de 2013 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2013.

Que mediante oficio No. 2-2013-46840 del 19 de Julio de 2013 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el plan de desarrollo local.

Que mediante oficio No. 2013EE171979 del 23 de Julio de 2013 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión por valor de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($ 495.000.000.oo) MCTE.

Que para el presente traslado se expide el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 690 del 3 de Julio de 2013.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2013 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:

RUBRO

NOMBRE

CONTRACREDITOS

3

GASTOS

$ 495.000.000.oo 

3-3

INVERSIÓN

$ 495.000.000.oo 

3-3-6

OBLIGACIONES POR PAGAR

$ 495.000.000.oo 

3-3-6-90

OBLIACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES.

$ 495.000.000.oo 


TOTAL CONTRACREDITOS

$ 495.000.000.oo

ARTÍCULO SEGUNDO.- Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2013 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:

RUBRO

NOMBRE

CREDITOS

3

GASTOS

$ 495.000.000.oo 

3-3

INVERSIÓN

$ 495.000.000.oo 

3-3-1

DIRECTA

$ 495.000.000.oo 

3-3-1-14

Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”

$ 495.000.000.oo 

3-3-1-14-03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público.

$ 495.000.000.oo 

3-3-1-14-03-31

Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional

$ 495.000.000.oo 

3-3-1-14-03-31.1230

Fortalecimiento institucional y pago de honorarios ediles.

$ 495.000.000.oo 


TOTAL CREDITOS

$ 495.000.000.oo 

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de Julio del año 2013.

CARLOS MAURICIO NARANJO PLATA

Alcalde Local de Engativá

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5172 de agosto 2 de 2013