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Decreto Local 003 de 2013 Alcaldía Local de Bosa

Fecha de Expedición:
04/09/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/09/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5195 del 09 de septiembre de 2013.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 3 DE 2013

 

(Septiembre 4)

 

Por el cual se ajusta la disponibilidad inicial en el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE BOSA, para la vigencia fiscal del año 2013.

 

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA

 

En uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010.

 

CONSIDERANDO

 

Que, según el artículo 36 del Decreto 372 de 2010: “Los FDL efectuaran el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior”.

 

Que, según la Circular 19 de 20 de diciembre de 2012 “Cierre Vigencia Fiscal 2012 y Apertura Vigencia Fiscal 2013”, en el numeral 2.3, se establece el procedimiento necesario para el Ajuste por Cierre Presupuestal en marco de la Resolución SHD 000383 de 2010 “Manual Operativo Presupuestal  para los Fondos de Desarrollo Local”.

 

Que, mediante oficio 2013EE191426 del 28-08-2013, la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, informa que el Fondo de Desarrollo local de Bosa, debe disminuir la disponibilidad inicial en un monto de $15.453.301.835.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.-  Ajustar la Disponibilidad inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Bosa para la Vigencia Fiscal de 2013, conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

CONCEPTO

REDUCIR

1.

DISPONIBILIDAD INICIAL

15.453.301.835

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir de su publicación.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 4  días del mes de septiembre de 2013.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

DIANA CALDERON ROBLES

Alcaldesa Local de Bosa

 

NOTA:  Publicado en el Registro Distrital 5195 de septiembre 9 de 2013