Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 409 de 2013 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
04/09/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/09/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5202 del 18 de septiembre de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 409 DE 2013

 

(Septiembre 4)

 

“Por el cual se modifica el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2013”.

 

EL ALCALDE LOCAL DE USME

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículos 36 del Decreto 372 de 2010, y  La Resolución SHD 000383 de 2010

 

CONSIDERANDO:

 

De  conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Director Distrital de Presupuesto emite concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de los Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme mediante comunicación No 2013EE192358 del día 30 del mes de agosto de 2013 por valor de $ 30.000.000.oo

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Modificar el Presupuesto  de Gastos  de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2013, de Conformidad con el siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITO

 

3. 

 GASTOS

 

3.1

 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 3.1.2

 GASTOS GENERALES

 

 3.1.2.02

 Adquisición de Servicios

 

 3.1.2.02.04

 Impresos y publicaciones

25.000.000  

 3.1.2.02.17

 Información

5.000.000  

 

CRÉDITO

 

3. 

 GASTOS

 

3.1

 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

3.1.2

 GASTOS GENERALES

 

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

 

3.1.2.02.03

Gastos de transporte y comunicación

1.000.000

3.1.2.02.06

Seguros

 

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

29.000.000

 

ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE,  PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, a los cuatro (04) días del mes de septiembre de dos mil trece (2013).

 

LEONARDO ANDRES SALGADO RAMIREZ

Alcalde Local de Usme

 

NOTA:  Publicado en el Registro Distrital 5202 de septiembre 18 de 2013