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Decreto Local 11 de 2013 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
27/09/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/09/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5211 de octubre 1 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 11 DE 2013

(Septiembre 27)

Por el cual se sanciona el Acuerdo Local No. 003 del 19 de Septiembre de 2013 por el cual se efectúa una adición al Presupuesto anual de rentas e Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal de 2013

LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 31 Numeral 2 Literal c y art 39 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010.

CONSIDERANDO:

Que los artículos 31 numeral 2 literal c y art 39 del decreto 372 del 30 de agosto de 2010 facultan al alcalde local para sancionar los acuerdos locales.

Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, “por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.”, sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

Que el FDL de Rafael Uribe Uribe a 31 de diciembre de 2012 presentó un monto de excedente de $1.077.635.635.

Que mediante la Circular CONFIS 02 de 2013, se comunica que en la Sesión No.05 del 03 de mayo de 2013, conforme a lo establecido en los artículos 37º y 38º del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de $44.471.491.343 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2012 por los FDL, los cuales en sus totalidad se destinan al reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento en siete localidades de la ciudad.

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de Rafael Uribe Uribe la suma de $8.440.927.335 para el reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento de la localidad.

Que mediante comunicación Nº 2-201342359 de 28 de Junio de 2013 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite de adición presupuestal de FDL de Rafael Uribe Uribe, conforme a los estipulado en el numeral 4.2 de la Resolución No. SDH-000383 de 2010 “por medio del cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – FDL.”

Que mediante comunicación N. 2 -2013-46321 del 18 de Julio de 2013 y 2-2013-48387 del 29 de julio de 2013, la Secretaria Distrital de Planeación emitió conceptos adicionales aclaratorios sobre la viabilidad del trámite de adición presupuestal de FDL de Rafael Uribe Uribe, en relación con las líneas de inversión local y el proyecto de inversión al cual se adicionará los presupuestos.

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la Vigencia Fiscal de 2013, conforme al siguiente detalle:


Código

Concepto

Valor


2.

Ingresos

8.440.927.335

2.4

Recursos de Capital

8.440.927.335

2.4.5

Excedentes Financieros

8.440.927.335


3.

Gastos

8.440.927.335

3.3

Inversión

8.440.927.335


ARTÍCULO TERCERO: (Sic) El presente Decreto rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de septiembre del año 2013.

DIANA MABEL MONTOYA REINA

Alcaldesa Local Rafael Uribe Uribe

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5211 de octubre 1 de 2013