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Decreto Local 7 de 2013 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
09/09/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/09/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5200 de septiembre 16 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007 DE 2013

(Septiembre 9 )

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal para la vigencia fiscal 2013 en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativa”.

EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de cuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

Que la Circular No. 009 del 22 de Marzo de 2011, suscrita por Secretaria Distrital de Gobierno y la Secretaria Distrital de Hacienda, señala los lineamientos para el saneamiento de las Obligaciones por Pagar constituidas por los Fondos de Desarrollo Local.

Que la Alcaldía Local de Engativá el 1 de Junio de 2011, FENECIO y LEBERÓ Obligaciones por Pagar “constituídas a 31 de Diciembre de 2010 y vigencias anteriores” tanto de contratos suscritos por el Fondo de Desarrollo Local como de las UELS, por un total de $1.937.926.225.68, según Oficio CAF FDLE 2011-285.

Que en el oficio mencionado anteriormente, se anexo listado por UEL, de cada uno de los compromisos a fenecer y se acordó, por lo tanto, efectuar la anulación correspondiente en el Sistema PREDIS.

Que para la UEL de la Secretaria Distrital de Integración Social, se autorizó fenecer $194.444.911.04, según la relación de compromisos anexos al oficio CAF-FDLE 2011-285.

Que en la relación de compromisos fenecidos de la Secretaria Distrital de Integración Social se encuentran los saldos adeudados a AR TRIPLE A CORREDORES DE BOLSA S.A. correspondientes a los Contratos de Mandato Números 2712 de 2007 y 2781 de 2008, por un monto total de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($3.339.532.oo) MCTE.

Que la Administración Local debe dar cumplimiento al numeral 1.3 ACCIONES CORRECTIVAS, 1.3.3., párrafo 3 “En caso de reaparecer legalmente la obligación se debe realizar los ajustes presupuestales pertinentes, para cubrir la obligación con recursos de la vigencia respectiva, de acuerdo a los establecido en el artículo 41 del Decreto 372 de 2010”.

Que en atención al considerando anterior, se requiere de carácter urgente aumentar la apropiación presupuestal 3.3.6.90 OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES, en el monto de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($3.339.532.oo) PESOS MCTE.

Que en el Proyecto 1218 “Entrega de subsidio económico tipo C para personas mayores de la Localidad” del Rubro Presupuestal 3.3.1.14.01.05 se encuentran disponibles TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($3.339.532.oo) PESOS MCTE.

Que para tal fin, se solicita concepto favorable a la Secretaria Distrital de Planeación con Oficio No. 20131020152391 del 12 de Agosto de 2013 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2013.

Que se solicita concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con Oficio No. 20131020152381 del 12 de Agosto de 2013 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2013.

Que mediante oficio No. 2-2013-53721 del 28 de Agosto de 2013 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el plan de desarrollo local.

Que para el presente traslado se expide el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 714 del 8 de Agosto de 2013.

Que con oficio No. 2013EE194995 del 3 de Septiembre de 2013, la Dirección Distrital de Presupuesto emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión por valor de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($3.339.532.oo) MCTE.

Que en merito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2013 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:

RUBRO

NOMBRE

CONTRACREDITOS

3-3

INVERSIÓN

3.339.532.oo

3-3-1

DIRECTA

3.339.532.oo

3-3-1-14

Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”

3.339.532.oo

3-3-1-14-01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

3.339.532.oo

3-3-1-14-01-05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital.

3.339.532.oo

3-3-1-14-01-05-1218

Entrega de subsidio económico tipo C para personas mayores de la localidad.

3.339.532.oo


TOTAL CONTRACREDITOS

3.339.532.oo

ARTÍCULO SEGUNDO.- Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2013 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:

RUBRO

NOMBRE

CREDITOS

3-3

INVERSIÓN

3.339.532.oo

3-3-6

OBLIGACIONES POR PAGAR

3.339.532.oo

3-3-6-90

OBLIACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES.

3.339.532.oo


TOTAL CREDITOS

3.339.532.oo

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá D.C., a los nueve (9) días del mes de septiembre de dos mil trece (2013).

CARLOS MAURICIO NARANJO PLATA

Alcalde Local de Engativá


NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5200 de septiembre 16 de 2013