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Decreto Local 8 de 2013 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
15/10/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/10/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5222 de octubre 18 de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 08 DE 2013

(Octubre 15)

Por medio del cual se efectúa una modificación al Presupuesto Anual de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal 2013

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “ Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo 3º, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.

Que la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar en cumplimiento de las Metas establecidas en el Plan de Desarrollo para la Vigencia Fiscal de 2.013, ajusta el presupuesto destinado a la ejecución de los gastos de Inversión Directa con el fin de legalizar la afectación presupuestal de la localidad.

Que el Alcalde Local mediante oficios Nos 20131920088031 y 20131920088051 solicito concepto favorable sobre el trámite viable y legal para la afectación del presupuesto de la vigencia 2.013. Gastos de Funcionamiento del rubro 3.1.2.02.08.02 Acueducto y Alcantarillado para financiar el rubro 3.1.2.02.08.03 Aseo y de los Gastos de Inversión del Proyecto 3.3.1.14.01.14.0811 Estudio, Construcción y Mantenimiento de redes de acueducto y alcantarillado rurales, para financiar los proyectos 3.3.1.14.01.01.0864 Suministro y adecuación de espacios para el desarrollo de la primera infancia, 3.3.1.14.01.03.1129 Ciudad Bolívar construye saberes y el 3.3.1.14.03.24.0861 Fortalecimiento comunitario en participación ciudadana.

Que la presente modificación presupuestal la ampara los certificados de disponibilidad presupuestal Nos. 641 y 642 del 20 de septiembre de 2013.

Que la Secreta (sic) Distrital de Planeación, emitió concepto favorable mediante oficio radicado bajo el No. del 2-2013-60776 de 07 de octubre de 2013.

Que la Secreta (sic) Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable mediante oficio No. 2013EE222956 del 11 de Octubre de 2013.

Que en mérito a lo expuesto anteriormente. El Alcalde Local de Ciudad Bolívar

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2013, por la suma de: MIL QUINIENTOS UN MILLONES CIEN MIL PESOS ($1.501.100.000)MONEDA CORRIENTE, Conforme al siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS:


CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

1.501.100.000

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

1.100.000

3.1.2.

GASTOS Generales

1.100.000

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

1.100.000

3.1.2.02.08.02

Acueducto y Alcantarillado

1.100.000.

3.3.

INVERSIÓN

1.500.000.000

3.3.1

DIRECTA

1.500.000.000

3.3.1.14

Bogotá Humana”

1.500.000.000

3.3.1.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

1.500.000.000

3.3.1.14.01.14

Fortalecimiento y mejoramiento de la calidad y cobertura de los servicios

1.500.000.000

3.3.1.14.01.14.0811

Estudios, Construcción y Mantenimiento de Redes de Acueducto y Alcantarillado Rurales

1.500.000.000

TOTAL

1.501.100.000

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2013, por la suma de MIL QUINIENTOS UN MILLONES CIEN MIL PESOS ($1.501.100.000) MONEDA CORRIENTE, Conforme al siguiente detalle

CRÉDITOS:

 

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

1.501.100.000

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

1.100.000

3.1.2.

GASTOS Generales


3.1.2.02

Adquisición de Servicios

1.100.000

3.1.2.02.08.03

Aseo

1.100.000.

3.3.

INVERSIÓN

1.500.000.000

3.3.1

DIRECTA

1.500.000.000

3.3.1.14

Bogotá Humana”

1.500.000.000

3.3.1.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

1.500.000.000

3.3.1.14.01.01

Garantía del desarrollo integral de la primera infancia

164.000.000

3.3.1.14.01.01.0864

Suministro y Adecuación de Espacios para el Desarrollo de la Primera Infancia

164.000.000

3.3.1.14.01.03

Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender

486.000.000

3.3.1.14.01.03.1129

Ciudad Bolívar Constituye Saberes

486.000.000

3.3.1.14.03.

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

850.000.000

3.3.1.14.03 24

Bogotá Humana: Participa y Decide

850.000.000

3.3.1.14.03.24.0861

Fortalecimiento Comunitario en Participación Ciudadana

850.000.000

TOTAL

1.501.100.000

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá. D.C., a los quince (15) días del mes de octubre de dos mil trece (2013).

JUAN CARLOS AMAYA PICO

Alcalde Local de Ciudad Bolívar

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5222 de octubre 18 de 2013