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Decreto Local 7-17 de 2013 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
28/10/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/11/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5233 de 5 de noviembre de 2013
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007-017 DE 2013

 

(Octubre 28)

 

Por el cual se efectúa un traslado presupuestal para la vigencia fiscal de 2013.

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 y demás normas que rigen sobre la materia, y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que de conformidad  con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde  al Alcalde Local Decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados.

 

2. Que de acuerdo con el oficio 20131720010443 de 10 de octubre de 2013, emitido por el Alcalde Local de La Candelaria se hace necesario efectuar un traslado presupuestal para la presente vigencia.

 

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Director Distrital de Presupuesto emite concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de los Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria de acuerdo con el oficio 2013EE231602 de veinticinco (25) de octubre de 2013.

 

4. Que para efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 517, 518, 519, 542 y acta de Fenecimiento Nº 1 de 13 de marzo de 2013.

 

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Efectúese un contracrédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2013, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

CONTRACREDITO

017 

FDL LA CANDELARIA 

 

3

GASTOS

 

3.1

FUNCIONAMIENTO

 

3.1.2

GASTOS GENERALES

 

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

 

3.1.2.01.05

Compra de Equipo

10,000,000

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

 

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

1,000,000

3.1.2.02.06

Seguros

 

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

14,973,721

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

 

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

 

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

 

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

 

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

6,027,679

 

TOTAL CONTRACREDITOS 

32.001.400

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2013, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

CREDITO

017 

FDL LA CANDELARIA 

 

3

GASTOS

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

3.1.2

GASTOS GENERALES

 

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

 

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

14,320,210

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

 

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

 

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

17,681,190

 

TOTAL CREDITOS 

32.001.400

 

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C, a los 28 días del mes de octubre del 2013.

 

EDILBERTO GUERRERO RAMOS

 

Alcalde Local

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5233 de noviembre 5 de 2013