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DECRETO LOCAL 006-017 DE 2013 (Octubre 24) Por el cual se efectúa un traslado presupuestal para la vigencia fiscal de 2013. EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 y demás normas que rigen sobre la materia, y CONSIDERANDO: 1. Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local Decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados. 2. Que de acuerdo con el oficio 20131720009203 de 09 de septiembre de 2013, emitido por el Alcalde Local de La Candelaria se hace necesario efectuar un traslado presupuestal para la presente vigencia. 3. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de los Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria de acuerdo con los oficios Nos. 2-2013-58307 de veintitrés (23) de septiembre de 2013 y 2-2013-63569 de veintidós (22) de octubre de 2013. 4. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, la Directora Distrital de Presupuesto emite concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de los Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria de acuerdo con el oficio No. 2013EE229513 de veintitrés (23) de octubre de 2013. 5. Que para efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 491, 492, 493, 494 y 495. Que en mérito de lo expuesto, este Despacho DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Efectúese un contracrédito en el presupuesto de Gastos de Inversión Directa para la vigencia de 2013, de acuerdo con el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO.- Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión Directa para la vigencia de 2013, de acuerdo con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de octubre de del año 2013 EDILBERTO GUERRERO RAMOS Alcalde Local NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5233 de noviembre 5 de 2013 |