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Decreto Local 12 de 2013 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
30/12/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5271 de enero 2 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2013

(Diciembre 30)

Por cual se efectúa (sic) unos traslados en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2013”.

LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad con lo estipulado en el Decreto Nº 372 del 30 de agosto de 2010, considera en su artículo 31º las Modificaciones Presupuestales; cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas

2. El proyecto 3.3.1.14.01.02.1034 Promoción y prevención para una Suba saludable, contempla las metas: “a) Beneficiar 300 personas con ayudas técnicas y rehabilitación especializada para población en condición de discapacidad por ciclo vital no cubiertas por el POS; b) Intervenir 20 focos con Acciones complementarias para eventos de control de plagas (insectos, roedores, vectores, etc.)”, con asignación presupuestal de $1.185.000.000. Se han adelantado procesos contractuales por $1.154.999.999, valor que garantiza el cumplimiento que permiten de las metas con suficiencia, al igual que contar con un apoyo a la supervisión para el seguimiento y verificación del cumplimiento de los contratos y se genera un saldo por $30.000.001, de los cuales se considera necesario disponer de un monto de $30.000.000 para cubrir actividades relacionadas con el proyecto 3.3.1.14.03.24.1047 Participación para el ejercicio de los derechos, con el fin de garantizar un efectivo cumplimiento de los compromisos adquiridos por la actual administración local.

3. El proyecto 3.3.3.1.14.01.15.1041 Gestión Social del Hábitat contempla las metas para la vigencia 2013: a) Asesorar y acompañar a 200 personas en el acceso de solución de vivienda barrial y rural; b) Beneficiar a 1.000 personas con acciones de promoción en los procesos de regularización de barrios, con asignación presupuestal de $280.000.000. Se han adelantado procesos contractuales por $240.000.000 y se encuentra en trámite el apoyo a la supervisión por $20.000.000, para un total de $260.000.000, valor que garantiza el cumplimiento que permiten de las metas con suficiencia y se genera un saldo por $20.000.000, los cuales se considera necesario disponer para cubrir actividades relacionadas con el proyecto 3.3.1.14.03.24.1047 Participación para el ejercicio de los derechos, con el fin de garantizar un efectivo cumplimiento de los compromisos adquiridos por la actual administración local.

4. Que para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo Suba Humana: incluyente, participativa y transparente, se hace necesario desarrollar un proceso ampliamente participativo en el cual se creen, fortalezcan y consoliden, condiciones y espacios que contribuyan a la democratización del acceso a la información local. Para este fin se plantea adelantar un proceso colectivo y comunitario de obtención de información primaria a nivel de por lo menos 150 barrios de la Localidad, con énfasis en aspectos y propuestas para mejorar la seguridad y fortalecer la participación a nivel local; elementos que a su vez deben ser puestos a disposición del público en general a través de un espacio virtual en internet que permita la debida difusión de la información construida colectivamente y cumplir con la meta Vincular 1.000 personas en acciones que promuevan los escenarios de participación y análisis sobre las temáticas políticas económicas, culturales y ambientales que vive la localidad en el marco nacional e internacional, con los recursos de los proyectos 1034 y 1041 por valor de $50.000.000

5. Que la Dirección Distrital de Planeación, emitió concepto, previo y favorable a la modificación presupuestal al interior del agregado de Inversión, según consta en el oficio No. 2-2013-75508 del 26 de Diciembre de 2013, y la Directora Distrital de Presupuesto, adjunta concepto favorable, según consta en el radicado N° 2013EE296405 con respecto a la modificación al interior del agregado de Inversión del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2013, por valor de $50.000.000

6. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un Contracrédito en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:

RUBRO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITO

3.

GASTOS

50.000.000

3.3

INVERSIÓN

50.000.000

3.3.1

DIRECTA

50.000.000

3.3.1.14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

50.000.000

3.3.1.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

50.000.000

3.3.1.14.01.02

Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad

30.000.000

3.3.1.14.01.02.1034

Promoción y prevención para una suba saludable

30.000.000

3.3.1.14.01.15

Vivienda y hábitat humanos

20.000.000

3.3.1.14.01.15.1041

Gestión social del hábitat

20.000.000

Total contra créditos

50.000.000

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un Crédito en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:

RUBRO

CONCEPTO

CRÉDITO

3.

GASTOS

50.000.000

3.3

INVERSIÓN

50.000.000

3.3.1

DIRECTA

50.000.000

3.3.1.14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

50.000.000

3.3.1.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

50.000.000

3.3.1.14.03.24

Bogotá Humana: Participa y Decide

50.000.000

3.3.1.14.03.24.1047

Participación para el ejercicio de los derechos

50.000.000

TOTAL CONTRACREDITOS

50.000.000

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de diciembre de dos mil trece (2013).

MARISOL PERILLA GÓMEZ

Alcaldesa Local de Suba

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5271 de enero 2 de 2014