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Decreto Local 10 de 2014 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
01/07/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/07/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5386 de julio 3 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2014

(Julio 01)

Por medio del cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2014”.

LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad con lo estipulado en el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, y específicamente en el artículo 31, “Modificaciones Presupuestales: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones,….”

2. Que el proyecto 3.3.1.14.03.27.1050 FORTALECIMIENTO Y PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA LOCAL contempla entre las metas para la vigencia 2014 “Vincular 1.000 personas en programas y campañas de apoyo para mejorar la convivencia frente a las infracciones de control urbanístico” para la cual se dispusieron $600.000.000.oo; sin embargo, luego de un análisis detallado con el grupo de Gestión Jurídica de la Alcaldía Local de Suba se concluyó que solo se requiere la contratación de 6 profesionales, cuyos perfiles se encuentran en las áreas de Arquitectura o Ingeniería Civil, y cuyo costo solo sería de $180.000.000.oo, logrando el cumplimiento de la meta con dicho recurso, ya que con el recurso humano contratado para llevar a cabo este proceso, se adelantarán los programas y campañas que permitan mejorar la convivencia frente a las infracciones de control urbanístico, fortaleciendo la seguridad local y la convivencia sana y armónica entre los habitantes de la localidad. Por lo tanto, se genera un saldo en la apropiación de $420.000.000.oo que puede ser aprovechado en otros proyectos.

3. Que el proyecto 3.3.1.14.03.31.1051 Fortalecimiento Institucional, contempla, entre otros temas, la contratación de profesionales y un apoyo administrativo, para el desarrollo de actividades que permitan el cumplimiento de la misionalidad del Fondo de Desarrollo Local y los recursos logísticos mínimos para que los profesionales puedan desplazarse a diferentes zonas de la localidad dada la gran extensión de la misma.

4. Que se requiere que a través del proyecto 3.3.1.14.03.31.1051 Fortalecimiento Institucional se realice la contratación del personal necesario para realizar el control sobre la construcción en la localidad, permitiendo identificar y actuar en situaciones de incumplimiento de las normas urbanísticas y construcciones en inminente riesgo para la vida, para lo cual se requiere contar con el recurso humano calificado, capaz de afrontar de la mejor manera las diferentes problemáticas que se presentan y afectan a la comunidad y que deben ser atendidas por la Alcaldía Local.

5. Que de igual manera, y para el logro de las metas del plan de desarrollo Suba Humana, así como la misionalidad de la Alcaldía Local, es necesario el desplazamiento continuo de los profesionales, para ello es prioritario efectuar la reposición de dos vehículos livianos de la Alcaldía Local, ya que en el parque automotor existente figuran vehículos con más de 15 años de servicio, que requieren de mantenimiento permanente, lo cual resulta muy costoso para el FDLS.

6. Que de acuerdo con las anteriores consideraciones, se requieren recursos adicionales en el proyecto 3.3.1.14.03.31.1051 Fortalecimiento Institucional.

7. Que para el citado traslado presupuestal se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 669 del 05 de junio de 2014 expedido por el Responsable de Presupuesto del FDLS.

8. Que la Alcaldesa Local solicito y obtuvo concepto previo favorable de la SHD – DDP, para el traslado mencionado, como consta en el oficio 2014EE126814 del 26 de junio de 2014.

9. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un Contra crédito en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2014, conforme al siguiente detalle:


RUBRO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITO

3.

GASTOS

420.000.000.oo

3.3

INVERSIÓN

420.000.000.oo

3.3.1

DIRECTA

420.000.000,oo

3.3.1.14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

420.000.000.oo

3.3.1.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

420.000.000.oo

3.3.1.14.03.27

Territorios de vida y paz con prevención del delito

420.000.000.oo

3.3.1.14.03.27.1050

Fortalecimiento y promoción de la convivencia local

420.000.000.oo

TOTAL CONTRA CRÉDITOS

420.000.000.oo

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un Crédito en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2014, conforme al siguiente detalle:


RUBRO

CONCEPTO

CRÉDITO

3.

GASTOS

420.000.000.oo

3.3

INVERSIÓN

420.000.000.oo

3.3.1

DIRECTA

420.000.000.oo

3.3.1.14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

420.000.000.oo

3.3.1.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

420.000.000.oo

3.3.1.14.03.31

Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional

420.000.000.oo

3.3.1.14.03.31.1051

Fortalecimiento institucional

420.000.000.oo

TOTAL CREDITOS

420.000.000.oo

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., al 01 días del mes de julio del año 2014.

MARISOL PERILLA GÓMEZ

Alcaldesa Local de Suba

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5386 de julio 3 de 2014