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Decreto Local 6 de 2014 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
03/07/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/07/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5390 de julio 09 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 06 DE 2014

(Julio 3)

Por medio del cual se efectúa una modificación al Presupuesto Anual de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal 2014”.

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo 3º, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.

Que la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar en cumplimiento de las Metas establecidas en el Plan de Desarrollo para la Vigencia Fiscal de 2.014, ajusta el presupuesto destinado a la ejecución de los gastos de Inversión Directa con el fin de legalizar la afectación presupuestal de la localidad.

Que el Alcalde Local mediante oficios Nos 20141920068441 y 20141920068431 solicito concepto favorable sobre el trámite viable y legal para la afectación del presupuesto de la vigencia 2.014. Gastos de Inversión del Proyecto 3.3.1.14.05.19.1136 Construcción Rehabilitación de entornos más Humanos, para financiar el proyecto 3.3.1.14.01.08.0911 Libertades Deportivas y Culturales para la Construcción de Ciudadanía

Que la presente modificación presupuestal la ampara el certificado de disponibilidad presupuestal Nº. 614 del 12 de junio de 2014.

Que la Secreta Distrital de Planeación, emitió concepto favorable mediante oficio radicado bajo el No. del 2-2014-26907 del 20 de junio de 2.014.

Que la Secreta Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable mediante oficio No. 2014EE129147 del 01 julio de 2014.

Que en mérito a lo expuesto anteriormente. El Alcalde Local de Ciudad Bolívar

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Efectúese un contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2014, por la suma de: CUATRO CUATRO MIL MILLONES DE PESOS ($4.000.000.000) MONEDA CORRIENTE, Conforme al siguiente detalle:

CONTRACREDITOS:

 

CODIGO

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

4.000.000.000

3.3

INVERSION

4.000.000.000

3.3.1

DIRECTA

4.000.000.000

3.3,.1.14

Plan de Desarrollo Bogota Humana

4.000.000.000

3.3.1.14.02

Un teritorio que afrenta el cambio climàtico y se ordena alrededor del agua

4.000.000.000

3.3.1.14.02.19

Movilidad Humana

4.000.000.000

3.3.1.14.02.19.1136

CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE ENTORNOS MAS HUMANOS

4.000.000.000

TOTAL


4.000.000.000

ARTÍCULO SEGUNDO.- Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2014, por la suma CUATRO MIL MILLONES DE PESOS ($4.000.000.000) MONEDA CORRIENTE, Conforme al siguiente detalle

Créditos:

 

CODIGO

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

4.000.000.000

3.3

INVERSION

4.000.000.000

3.3.1

DIRECTA

4.000.000.000

3.3.1.14

Plan de Desarrollo Bogota Humana

4.000.000.000

3.3.1.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

4.000.000.000

3.3.1.14.01.08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

4.000.000.000

3.3.1.14.01.08.0911

LIBERTADES DEPORTIVAS Y CULTURALES PARA LA CONSTRUCCION DE CIUDADANIA

4.000.000.000

TOTAL


4.000.000.000

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de junio del año 2014.

JUAN CARLOS AMAYA PICO

Alcalde Local de Ciudad Bolívar

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5390 de julio 09 de 2014