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Decreto Local 2-17 de 2014 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
08/07/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/07/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5400 de julio 24 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 



DECRETO LOCAL 002-017

(Julio 8)

Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto de ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal de 2014”.

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que según el Decreto 372 de 2010 en su artículo 36°. Estipula “El alcalde Local ajustará por decreto las obligaciones por pagar hasta el monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y reflejará en el ingreso el monto ajustado en la Disponibilidad Inicial”.

Que de conformidad con el oficio de la Secretaria Distrital de Hacienda Nº2014EE125643 y una vez efectuado el cierre presupuestal para la vigencia fiscal 2013 se determinó el monto real de las obligaciones por pagar por valor de $10.917.093.491 y un saldo real en caja por el mismo valor.

Que en el presupuesto para la vigencia fiscal 2014, se estimó un valor tanto de obligaciones por pagar como de disponibilidad inicial de $12.150.000.000 por lo que se hace necesario ajustar el rubro hasta el valor realmente constituido y ajustado en las Obligaciones por Pagar.

Que de Acuerdo a lo anterior el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria debe disminuir la disponibilidad inicial en un monto de $1.232.906.509, frente al programado para la vigencia fiscal 2014, cuyo valor real es de $10.917.093.491.

Que de igual manera el CONFIS determinó la asignación total de los excedentes financieros del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria por valor de $1.446.981.182 a otras Localidades para el reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento, según lo establecido en la circular CONFIS N°. 01 de 2014.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Reducir el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la Vigencia Fiscal de 2014, de conformidad con el siguiente detalle:

INGRESOS

Código

Concepto

Reducir

1.

Disponibilidad inicial

$1.232.906.509


ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D. C., a los diez (10) (sic) días del mes de julio de dos mil catorce (2014).

EDILBERTO GUERRERO RAMOS

Alcalde Local de La Candelaria

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5400 de julio 24 de 2014.