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ACUERDO LOCAL 0046-2014 DE 2014 (Julio 20) “Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal de 2014” LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política en su artículo 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2012, “Por el cual reglamenta el procesos presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.DL.,” sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los F.D.L., teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el proyecto de acuerdo respectivo a la JAL. Que el FDL de Ciudad Bolívar a 31 de diciembre de 2013 presentó un monto de excedentes de QUINCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICITE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/CTE ($ 15.251.427.253). Que mediante la Circular CONFIS Nº 01 del 2014, del 17 de marzo de 2014, se comunica mediante las sesiones Nº 02 y 03, celebradas los días 25 de febrero y 07 de marzo de 2014, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino un monto total de SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO PESOS M/CTE. ($ 66.173.747.225), de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2013 por los Fondos de Desarrollo, los cuales en su totalidad se destinarán de acuerdo a lo definido en el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, considerando conceptos y propuestas de los Alcaldes Locales y las necesidades pertinentes que presenta la Ciudad. Que en concordancia de lo señalado por el CONFIS, se asignó al Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar la suma de VEINTE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($ 20.853.887.476), repartidos de la siguiente manera DOCE MIL CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($12.181.400.000), para el reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento de la Localidad de Ciudad Bolívar, TRES MIL MILLONES DE PESOS M/CTE.($ 3.000.000.000), para Mejoramiento Integral, MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS M/CTE.($1.672.487.476), para apoyo económico Tipo C, atención de adultos mayores y CUATRO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 4.000.000.000) para Mejoramiento Integral en el Sector Mochuelo. Que en consecuencia el Alcalde Local presenta la solicitud de adición al presupuesto 2014, ante El CONFIS y la Secretaría de Hacienda con el fin de obtener el concepto favorable. Que según comunicación de la Secretaria Distrital de Planeación mediante oficio Nº 2-2014-26818 del 20 de Junio de 2014, emitió concepto previo y favorable para adicionar los recursos expuestos en el presente proyecto de acuerdo. Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO 1°. Adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal de 2014, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2°. El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, a los diecinueve (20) (sic) días del mes de julio de dos mil catorce (2014). LUIS ALFONSO ACEVEDO CASTAÑO Presidente JAL Ciudad Bolívar JOSE LORENZO TORRES FARFÁN Vicepresidente JAL Ciudad Bolívar JUAN CARLOS TORO RODRÍGUEZ Secretario JAL Ciudad Bolívar El Alcalde Local de Ciudad Bolívar, sanciona el presente Acuerdo a los veintitrés (23) días del Mes de Julio de 2014 JUAN CARLOS AMAYA PICO Alcalde Local NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5404 de julio 30 de 2014. |
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