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DECRETO LOCAL 0009-2014 (Agosto 11) “Por el cual se adiciona el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal de 2014”. QUE EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1421/93 y Decreto 372/201. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 31ª del Decreto 372 de 2010, “toda adición presupuestal deberá contar con concepto previo del CONFIS y aprobación de la Junta Administradora Local – JAL. Que mediante la Circular CONFIS Nº 01 del 2014, del 17 de marzo de 2014, se comunica mediante las sesiones Nº 02 y 03, celebradas los días 25 de febrero y 07 de marzo de 2014, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino para el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar la suma de VEINTE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($ 20.853.887.476), por excedentes financieros 2013, los cuales se distribuirán para los siguiente proyectos; proyecto 0902 Ejecución de Acciones para la mitigación del riesgo en la localidad de Ciudad Bolívar, proyecto 0883 Atención integral en promoción y prevención a adulto mayor, proyecto 1136 Construcción y rehabilitación de entornos más humanos y proyecto 0811 Estudio, construcción y mantenimiento de redes de acueducto y alcantarillado rurales Que la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar expidió el Acuerdo Local Nº 0046 del 20 de 2014 y sancionado por el Alcalde Local, en el cual se aprueba la modificación al presupuesto para la vigencia 2014 del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar. Que en la circular Nº 01 del CONFIS, se estableció los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al presupuesto de 2014. Que mediante comunicación Nº 2-2014-26818 del 20 de junio de 2014 de la Secretaria Distrital de Planeación emitió concepto favorable informado. Que mediante la Circular CONFIS Nº 01 del 2014, del 17 de marzo de 2014, se comunica mediante las sesiones Nº 02 y 03, celebradas los días 25 de febrero y 07 de marzo de 2014, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino LA DISTRIBUCION DE EXCEDENTES FINACIEROS obtenidos en la vigencia fiscal2013. Sobre estas consideraciones la adición de los excedentes financieros a los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo Local, por parte de la JAL no requiere conceptos adicionales. Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados Que en merito de lo anteriormente expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO 1°.- Adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal de 2014, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2°.- El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, a los once (11) días del mes de agosto de dos mil catorce (2014). JUAN CARLOS AMAYA PICO Alcalde Local NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5416 de agosto 20 de 2014 |