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Acuerdo Local 004 de 2014 Junta Administradora Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
05/09/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/09/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5428 de septiembre 09 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 004 DE 2014

(Septiembre 5)

 Liquidado por el Decreto Local 004 de 2014

Por el cual se efectúa una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2014, al interior del agregado presupuestal de gastos de inversión por valor de $1.044.120.00”.

La Junta Administradora Local de Usaquén,

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 31 del Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L, establece que cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto de la respectiva vigencia fiscal mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones. Así mismo define los créditos adicionales como el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Cuando durante la ejecución del Presupuesto de los F.D.L. se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir créditos adicionales (….)”.

Que la misma norma señala que “Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto Local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L., mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”.

Que la Alcaldía Local de Usaquén debe realizar las gestiones pertinentes para suscribir el convenio interadministrativo con la caja de vivienda popular, cuyo objeto es realizar el reasentamiento de familias en alto riesgo.

Que la Caja de la Vivienda Popular, ya que es la entidad competente para realizar el reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento de la Localidad de Usaquén, toda vez que en la Localidad se presentan desarrollos urbanísticos con deficientes condiciones técnicas de diseño e infraestructura, ubicados en zonas de antiguas canteras o aún en explotación en los Cerros Orientales, las cuales propician condiciones de alto riesgo por deslizamientos, estas en su gran mayoría carecen de servicios públicos por estar ubicados por encima de la cota urbana (2800 m.s.n.m) y estar constituidos como asentamientos ilegales.

Entre estos barrios se encuentran: Bellavista, El Pañuelito, Barrancas Alto, Buenavista, la Estrellita, El Cerro, Santa Cecilia, Soratama, Villa Nidia, Arauquita y cualquier otro barrio o sitio de Usaquén que presente riesgos por deslizamientos donde peligre la vida o bienes de los ciudadanos.

Que mediante circular CONFIS Nº 01 de 2014, se les comunica a las Alcaldesas y Alcaldes Locales, que el CONFIS en sesiones 02 y 03 celebradas los días 25 de febrero y 07 de marzo de 2014, y conforme a los establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, resolvió lo siguiente:

1) Determinar un monto de excedentes financieros a 31 de diciembre de 2013 por valor de $66.173.747.225 generados por cada uno de los 20 Fondos de Desarrollo Local – FDL así (…),

2) En virtud de los artículos 35 del Decreto 1421 de 1993 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, y considerando la situación de riesgo que enfrentan un buen número de familias de sectores vulnerables localizadas en zonas de alto riesgo por remoción en masa, en aras de garantizar a esta población el principio de precaución y el Derecho a la Vida, como fundamento del bloque de constitucionalidad, en que se fundamenta el modelo de Estado Social y Democrático de Derecho prioritario de la intervención de la administración distrital en cumplimiento del Plan de Desarrollo de la Bogotá Humana. Que son en conjunto prioridad de la administración distrital; el CONFIS determinó distribuir el monto total de excedentes financieros obtenidos en la vigencia 2013 por valor de $32.437.328.000 para el reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento en 6 localidades de la ciudad, conforme al siguiente detalle: Excedentes Financieros Reasignados 2013 Fondo de Desarrollo Local de Usaquén por valor de $1.044.120.000 (…)”.

Que por recomendación del CONFIS las siguientes entidades acompañarán al proceso: Secretarías Distritales, Hacienda, Hábitat y Planeación, FOPAE, Caja de Vivienda Popular y Alcaldía Local de Usaquén.

Sin embargo, esta asignación presupuestal será asignada para convenio Interadministrativo con la Caja de Vivienda Popular. Será el FOPAE y la Caja de Vivienda Popular, las entidades que definan la situación de alto riesgo y elijan cuáles son las viviendas y familias que podrán acogerse a este plan de reasentamiento, priorizando las familias de Arauquita.

El alcance de ejecución de estos recursos será: Reasentamiento, reubicación, o relocalización de familias en riesgo de deslizamiento, priorizando a las familias de Arauquita.

Que la Administración Local debe incorporar en su presupuesto de la vigencia fiscal 2014 la suma de $1.044.120.000 asignados por el CONFIS al rubro de inversión 3.3.1.14.02.20.952 “Usaquén previene riesgos”, con el fin de realizar el reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento en la Localidad de Usaquén.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, la Junta Administradora Local de Usaquén,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese una adición al presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén en la vigencia fiscal 2014, por valor de $1.044.120.000 (MIL CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS M/CTE), según el siguiente detalle:


CODIGO

CONCEPTO

ADICION

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

0

2

INGRESOS

1.044.120.000

2-4

RECURSOS DE CAPITAL

1.044.120.000

2-4-5

EXCEDENTES FINANCIEROS

1.044.120.000


TOTAL INGRESOS+DISPONIBILIDAD INICIAL

1.044.120.000

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese una adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén en la vigencia fiscal 2014, por valor de $1.044.120.000 (MIL CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS M/CTE), según el siguiente detalle


CODIGO

CONCEPTO

ADICION

3

GASTOS

1.044.120.000

3-3

Inversión

1.044.120.000


TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

1.044.120.000

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá D.C., a los 5 días del mes de setiembre (Sic) del año 2014.

JOSÉ NORBERTO BELTRÁN URREGO

Presidente

J.A.L. de Usaquén

BLANCA VARGAS MORENO

Auxiliar Administrativa

J.A.L. de Usaquén

JULIETA NARANJO LUJÁN

Alcaldesa Local de Usaquén

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5428 de septiembre 09 de 2014