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DECRETO LOCAL 010 DE 2014 (Noviembre 27) Por medio del cual se efectua un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de inversión del presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2014. EL ALCALDE LOCAL DE TEUSAQUILLO En uso de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y en especial las conferidas por el Decreto 372 de 2010 en el Artículo 31 y CONSIDERANDO: Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 establece: ARTÍCULO 31°. Modificaciones Presupuestales Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. Que tanto la Coordinación administrativa y financiera del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, como el Despacho hicieron el análisis detallado de la ejecución presupuestal a la fecha de cada uno de los rubros que integran el Presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la presente vigencia y determinaron acreditar y contracreditar algunos de ellos, acorde a las metas definidas en el Plan de Desarrollo Local. Que a la fecha hay rubros en el Presupuesto de Gastos de Inversión con saldos libres de afectación presupuestal, los cuales son objeto del presente traslado presupuestal. Que el Plan de Desarrollo tiene como una de sus metas Vincular 500 mujeres en procesos de visibilización y prevención de distintas formas de violencia y discriminación contra la mujer, la cual se cumple con la adición de recursos al proyecto 1013 “Teusaquillo, Territorio de vida, con acciones para la equidad de género”, y con los asignados de la vigencia 2013. Igualmente tiene como meta Apoyar 40 iniciativas juveniles (investigación, cultura, deporte, ambiente, participación, arte, patrimonio y otros) para el buen uso del tiempo libre la cual se cumple a través del proyecto 1014 “Teusaquillo, territorio de vida con los jóvenes, sin discriminación ni violencia” Que el Responsable del Presupuesto expidió los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Números 482, 483, 484, 485, 486, 487 y 488 de noviembre de 2014 para amparar el traslado presupuestal objeto del presente decreto. Que la Secretaría Distrital de Planeación -Subsecretaría de Planeación de la Inversión mediante comunicación 2-2014-51154, emitió concepto favorable a la solicitud de traslado presentada por el Alcalde Local de Teusaquillo, por su parte la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda – doctora PIEDAD MUÑOZ ROJAS - conceptúo favorablemente la modificación solicitada, mediante comunicación 2014EE399651 de noviembre19 de 2014. Por lo expuesto éste Despacho DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, por la suma de CIENTO TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS UN PESO ($131.632.801), para la vigencia Fiscal 2014 según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITO
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, por la suma de SIENTO TREINTA Y UN MOLLONES (Sic) SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS UN PESO ($131.632.801 (Sic), para la vigencia Fiscal 2014, según el siguiente detalle: CRÉDITO
ARTÍCULO TERCERO. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de noviembre de 2014. IVÀN MARCEL FRESNEDA PEREIRA Alcalde Local de Teusaquillo NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5484 de diciembre 03 de 2014 |