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DECRETO LOCAL 12 DE 2014 (Diciembre 26) “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2014”. EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que el tercer inciso del Artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010 estipula sobre, los traslados presupuestales: “…Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación..." Que la Alcaldía Local de Engativá en la presente vigencia mediante Decreto Local 001 del 4 de Abril de 2014 llevó a cabo el ajuste de las Obligaciones por Pagar programadas para el 2014, frente a las constituidas a 31 de diciembre de 2013 hasta el monto presupuestado, quedando las Obligaciones por Pagar, vigencias anteriores, totalmente respaldadas presupuestalmente, mientras que en las Obligaciones por Pagar de la Vigencia Anterior 2013, quedaron desfinanciados los proyectos 1226 y 1222. Que la Alcaldía Local de Engativá durante la presente vigencia fiscal en el proceso de seguimiento y depuración de las Obligaciones por Pagar ha liberado saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, por la suma de $3.220.738.300, del rubro presupuestal 3.3.6.90 “Obligaciones Por Pagar Vigencias Anteriores”. Que la Administración Local durante la presente vigencia fiscal y continuando con el seguimiento y depuración permanente en el rubro OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES, Que el Fondo de Desarrollo Local de Engativá, durante la presente vigencia fiscal y continuando con la depuración de las Obligaciones por Pagar, mediante acta de liberación de saldos No. 3 del 22 de diciembre de 2014, ha liberado la suma de $923.468.836 del rubro Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores, para fortalecer los Contratos suscritos en la vigencia 2013 y que aún no se encuentran financiados, por valor de $ 922.034.486. Que en las Obligaciones por Pagar de Vigencias Anteriores, en el proceso de depuración que la Administración Local esta llevando a cabo, se encuentra en elaboración de su correspondiente liquidación, tramite surtido por la localidad, un monto aproximado de $1.000.000.000. Que por todo lo anterior la Administración Local requiere reducir el monto de $922.034.486 de Las Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores e incrementar en el mismo valor el rubro 3.3.6.14.02.19.1222, desfinanciando en este monto y en ejecución de los compromisos adquiridos de la suscripción de contratos a 31 de Diciembre de 2013. Que mediante oficio No. 2-2014-57194 del 26 de Diciembre de 2014 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el plan de desarrollo local. Que mediante oficio No. 2014EE421006 del 26 de Diciembre de 2014 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2014 por valor de $922.034.486,oo. Que para el presente traslado se expide el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.1079 del 23 de Diciembre de 2014. Que en merito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2014 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2014 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Se expide en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de diciembre del año 2014. CARLOS MAURICIO NARANJO PLATA Alcalde Local de Engativá NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5514 de enero 19 de 2015. |