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Decreto Local 9 de 2015 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
02/10/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/10/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5696 de octubre 19 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 009 DE 2015

 

(Octubre 02)

 

“Por medio del cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2015”.

 

LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículos 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que de conformidad con lo estipulado en el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, y específicamente en el artículo 31, “Modificaciones Presupuestales: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones,….”

 

2. Que el parágrafo 1 del citado artículo establece: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

3. Que el Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local emitido mediante resolución No. SDH – 000383 de 15 de Septiembre de 2010, por la Secretaria Distrital de Hacienda, contiene aspectos operativos y el desarrollo de nuevos procedimientos que en materia presupuestal permiten y facilitan su gestión, se adoptan sus lineamientos para proceder a los ajustes requeridos, en especial lo descrito en su numeral 4  “Modificaciones presupuestales”, en busca de una optimización de los recursos y el cumplimiento de la misionalidad instituida para la Alcaldía Local.

 

4. Que dando cumplimiento a la normatividad vigente y especialmente a lo establecido en el Decreto - Ley 1421 de 1993, Decreto 101 de 2010, artículo 11 de La ley 1150 de 2007, circular 012 de 2011 y sus reglamentarios, circulares de cierre y especialmente a: “ Que la liquidación de los contratos y convenios suscritos por los Fondos de Desarrollo Local o por las entidades del sector central o descentralizado, con cargo a esos recursos , deberá realizarse dentro del término pactado en el documento contractual o a más tardar dentro de los treinta (30) meses siguientes a la terminación del contrato o convenio….”, se efectuó el FENECEMIENTO de algunas Obligaciones por Pagar Constituidas el 31 de diciembre de 2014, mediante la anulación total de los certificados de disponibilidad y de registro presupuestal de 2015 que las respaldan y que para el efecto se suscribieron las actas de fenecimiento números 003 y 008 de 2015.

 

5. Que, igualmente y teniendo en cuenta las actas de liquidación y terminación de contratos, se efectuó la ANULACION de saldos de algunas Obligaciones por Pagar Constituidas el 31 de diciembre de 2014, mediante la anulación total de los certificados de disponibilidad y de registro presupuestal de 2015 que las respaldaban y que para el efecto se suscribieron las actas de anulación de obligaciones por pagar números 001, 002, 004, 006 y 009 de 2015

 

6. Que en el Memorando 20153810149123 del 19 de marzo de 2015 del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaria de Gobierno, Recomendaciones para el saneamiento de las obligaciones por pagar constituidas por los (20) Fondos de Desarrollo Local, párrafo 3 se expresa: “Así mismo, en observancia del artículo 28 del Decreto Distrital 372 de 2010, que establece …” en ningún caso los saldos liberados de Obligaciones por Pagar servirán para efectuar adiciones a otras obligaciones o pagos o para financiar nuevos compromisos.” Por consiguiente, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones – POAI – debidamente registrados en el Banco de Programas y Proyectos Local administrado por la Secretaria Distrital de Planeación.”, (resaltado y negrilla fuera de texto.)

 

7. De la Administración Local de Suba procedió a hacer una revisión de los gastos generales correspondiente a la vigencia fiscal 2015, observando que existe saldos sobrantes en los siguientes rubros: 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad: $90.935.251.oo ya que se cuenta con  contratos en ejecución, estudios previos y procesos de contratación y a la fecha están cubiertas  las necesidades que surgen por ese concepto  para la presente vigencia; en el rubro 3.1.2.03.02 “Impuestos Tasas Contribuciones, Derechos y Multas” se presenta un saldo de $2’400.000.oo y del cual no hay conocimiento de posibles erogaciones en lo que resta del año por este gasto.

 

8. Que se encontró que  la asignación inicial del presupuesto no alcanza a cubrir algunas necesidades prioritarias para el buen funcionamiento de la Alcaldía Local de Suba, por lo que se requiere incrementar los valores en los siguientes rubros presupuestales: 3.1.2.01.02 Gastos de Computador: en la actualidad el FDLS no cuenta con un contrato para el mantenimiento de la planta telefónica de la Alcaldía Local de Suba; los recursos disponibles no son suficientes para la adjudicación de un nuevo proceso, razón por la cual se requiere adicionar la suma de SIETE MILLONES DE PESOS ($7.000.000.oo); 3.1.2.02.01 Arrendamientos: teniendo en cuenta que el contrato de arrendamiento de la bodega para parqueadero de vehículos  No. 156 de 2015 vence el 26 de diciembre del presente año, se requiere realizar prórroga para cubrir los primeros meses del próximo año mientras se surte nuevo proceso de contratación, requiriéndose adicionar la suma de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS ($13’436,350.oo); 3.1.2.02.03 Gastos de Transporte y Comunicación: debido al alto volumen de notificaciones que surgen  en cumplimiento de las funciones especialmente del Grupo Normativo y Jurídico de la Alcaldía Local, es conveniente realizar una adición del 50% del valor del contrato inicial No 120 de 2015 cuyo objeto es prestar el servicio de correo certificado, requiriéndose adicionar la suma de SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.000.000.oo); 3.1.2.02.04 Impresos y Publicaciones: se requiere realizar adición al contrato 117 de 2015 suscrito entre el FDLS y Edimulticolor cuyo objeto es el diseño e impresión de 1.000 ejemplares (cartillas) del informe de Rendición de Cuentas del año 2014, la adición se realiza de acuerdo a las necesidades de divulgación de las acciones adelantadas desde la administración local en la ejecución del PDL, y dado el alto número de habitantes de la localidad, se hace necesario contar con más material impreso para divulgar a la ciudadanía, la adición se realizaría para la impresión de 500 unidades, lo que asciende a la suma de CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($5.794.084.oo); 3.1.2.02.06.01 Seguros entidad: la Alcaldía Local de Suba cuenta con el contrato de Seguros de la Entidad 115 de 2014 suscrito con la Previsora S. A. el cual tiene cubrimiento hasta el 9 de noviembre de 2015; razón por la cual es necesario adjudicar nuevo contrato para Seguros de la Entidad, pero dado que los recursos de este rubro son insuficientes se requiere adicionar un valor de Cuarenta y Cinco Millones Ciento Cincuenta y Ocho Mil Cuatrocientos Treinta Pesos ($45’158.430,oo); de igual manera se requiere contar con una Póliza de Responsabilidad Civil Servidores Públicos por un valor de Veinte Millones de Pesos ($20’000.000.oo) en total son SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS ($65’158.430,oo); 3.1.2.02.06.04 Seguros de Vida Ediles: se cuenta con contrato de Seguro de Vida de Ediles el cual cubre hasta el 9 de noviembre de 2015, pero dado que los recursos de este rubro son insuficientes se requiere adicionar para adjudicar nuevo contrato la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA MIL VEINTIOCHO PESOS ($1’550.028.oo); 3.1.2.02.06.05 Seguros de Salud de Ediles: se calculó el incremento de honorarios y seguros de salud ediles con un IPC inferior al aumento realmente efectuado, se requiere adicionar en UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000.oo); 3.1.2.02.08.01 Energía: teniendo en cuenta la proyección de consumo mensual, el saldo disponible a la fecha  para energía no es suficiente para cubrir el consumo de la presente vigencia, razón por la cual se requiere adicionar SIETE MILLONES DE PESOS ($7’000.000.oo); 3.1.2.02.08.03 Aseo: de acuerdo a la proyección de consumo mensual, el saldo disponible a la fecha  para el servicio de aseo no es suficiente para cubrir el consumo de la presente vigencia, razón por la cual se requiere adicionar TRESCIENTOS MIL PESOS ($300.000.oo)

 

9. Que en el Proyecto 3.3.1.14.02.20.1044. GESTION Y MITIGACION LOCAL DEL RIESGO, se estableció la meta “Realizar el 50% de las Obras menores viables de escala local encaminadas a reducir o mitigar las condiciones de riesgo de un sector específico” la cual se desarrolla por medio de trabajos de mitigación, lo cual implica generar un contrato de obra complementario a los realizados en la vigencia para el mejoramiento integral de la malla vial en la localidad dado a que corresponden a obras complementarias, por este motivo los recursos destinados para dicho fin pueden ser utilizados y complementados con los del Proyecto 1043 Infraestructura para la movilidad, generando un contrato integral en las obras de mitigación en las UPZs de la Localidad.

 

10. Que a mediante el Proyecto 1038, la Localidad de Suba cuenta con dos casas de justicia satélite, las cuales para su funcionamiento y atención a la ciudadanía requieren de los inmuebles y del recurso humano que adelante las actividades orientadas a la prestación de servicios integrados para la solución de conflictos interpersonales, familiares y comunitarios, derivados de asuntos como la violencia intrafamiliar, la inasistencia alimentaria, incumplimiento de contratos y obras de naturaleza civil, laboral y comercial entre muchos otros factores; se requiere implementar mediante la estrategia de prestación integrada de servicios para la solución de conflictos. Para la presente vigencia se han suscrito los contratos del caso que permiten garantizar tanto los inmuebles  donde funcionan las casas de justicia como  el recurso humano que presta el servicio, pero con el fin de dar la continuidad y sostenibilidad del proyecto se requiere de (Cincuenta y Seis millones Setecientos Setenta y Cuatro Mil Quinientos Cuarenta Pesos ($ 56.774.540.oo) adicionales.

 

11. Que actualmente y a través del Proyecto 1039, la Administración Local adelanta intervención y mejoramiento integral de los parques, a través del contrato de obra 314 de 2014, firmado en el mes de enero de 2015, por un valor de 2.235 millones de pesos con el Consorcio Mejoramiento de Parques; el cual, luego de desarrollar los diagnósticos y visitas preliminares inició la fase de intervención física para completar los 71 que fueron priorizados por en los Cabildos Ciudadanos por la comunidad en los años inmediatamente anteriores;  de igual manera, el pasado 24 de junio fue adjudicado por un valor de 4700 millones de pesos el contrato 232 de 2015 para realizar la intervención, construcción y mejoramiento de los 34 parques priorizados en los cabildos ciudadanos realizados el pasado mes de febrero de 2015. Sin embargo se requiere de TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 300.000.000.oo) adicionales para atender la gran demanda ciudadana por el mejoramiento integral de los parques de la Localidad; si bien, el Fondo de Desarrollo Local de Suba ha realizado intervenciones en las vigencias anteriores para atender más de 100 parques de la Localidad, las UPZ Rincón y Tibabuyes que corresponden demográficamente las más densas del territorio demandan intervenciones urgentes sobre parques que no fueron incluidos en los cabildos de las vigencias 2013 y 2015, con este recurso adicional se puede realizar intervenciones entre 5 y 10 parques que pueden beneficiar cerca de 1000 ciudadanos  de la Localidad por intervención.

 

12. Que a través del Proyecto 1042 se están adelantando actividades orientadas a resignificar  los territorios de la localidad, ecosistemas estratégicos (micro cuencas, cuencas, humedales, cerros y reserva forestal) mediante procesos pedagógicos, campañas y acciones físicas de recuperación y conservación como territorios públicos del agua, a su vez generar y apoyar procesos de articulación entre los actores sociales y comunitarios, las instituciones y la empresa privada, para realizar acciones que incidan en la apropiación, recuperación y conservación de los humedales por parte de la comunidad y el territorio, construyendo iniciativas de manera conjunta con la comunidad residente en las zonas aledañas a los humedales   para  su aporte a la recuperación física  y su  apropiación. Para cumplir con el objetivo del proyecto se necesita contar con el recurso humano que apoye a la oficina de Ambiente de la Alcaldía Local de Suba, para la presente vigencia se han adelantado los procesos contractuales y se ha podido contar con este recurso,  en aras de dar continuidad y sostenibilidad a los procesos adelantados, se requiere seguir contando con este personal de apoyo,  por lo tanto se necesita contar con $ 100.000.000.oo adicionales.

 

13. Que en el Proyecto 1043 se hace necesario contar con SETECIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS  ($ 770.000.000.oo) adicionales, para cumplir con la planeación del proyecto y así lograr el cumplimiento de las metas del plan de desarrollo y  dar cumplimiento al acuerdo realizado con la honorable Junta Administradora Local en las discusiones de POAI 2015.

 

14. Que a través el Proyecto 1047 y considerando que la participación ciudadana y el control social son indispensables para la gestión pública, para lo cual es necesario impulsar aquellos mecanismos que permitan el desarrollo e implementación de estrategias para fortalecerlos, adicionalmente, que en enero de 2016 se deben dejar instalados los Encuentros Ciudadanos, para la discusión y priorización de los temas del plan de desarrollo de la siguiente administración, es necesario contar con CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000.oo) adicionales y de ese modo dar cumplimiento a los Acuerdo 12 y 13 de 2000, y aumentar la ejecución del plan de desarrollo.

 

15. Que igual consideración a las del inciso anterior se hace al interior del Proyecto 1048, por lo tanto es necesario contar con DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000.oo) adicionales.

 

16. Que en el Proyecto 1050 y desde la vigencia 2014 se ha venido trabajando con un equipo interdisciplinario de profesionales para trabajar en programas y campañas de apoyo tendientes a optimizar la inspección, vigilancia y control en materia urbanística, para el mejoramiento de la convivencia local y facilitar los procesos de control posterior o de obra realizados por la Alcaldía Local, realizando la verificación de infracciones urbanísticas en la localidad y de la aplicación de las normas pertinentes de acuerdo a lo establecido en el POT, se hace necesario contar con dicho equipo en la vigencia 2015 para el trabajo de apoyo y sensibilización de la ciudadanía y alimentación del Sistema Local de Información por lo tanto se requiere contar con DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000.oo) adicionales.

 

17. Que las Alcaldías Locales dentro del proceso de descentralización del Distrito Capital, requieren la infraestructura física y logística adecuada para el oportuno y adecuado cumplimiento de sus funciones y que existe un marcado desequilibrio entre las diversas responsabilidades y los recursos técnicos y administrativos con que se dota a las localidades  por parte de la Administración Distrital, ocasionando debilidades en la prestación del servicio a los ciudadanos; por tanto la Alcaldía local de Suba a través del Proyecto 1051, requiere garantizar una prestación del servicio a la localidad oportuno y de calidad, garantizando el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades a su cargo, por ende se hace necesario invertir recursos para  el adecuado desempeño de la administración local. Por lo tanto se requiere contar con QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($500.000.000.oo) adicionales.

 

18. Que para el citado traslado presupuestal se cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 943 y 950 del 04 y 16 de septiembre de 2015 expedido por el Responsable de Presupuesto del FDLS.

 

19. Que la Alcaldesa Local solicito y obtuvo concepto previo favorable de la SHD – DDP, para el traslado mencionado, como consta en el oficio 2015EE262660 del 30 de septiembre de 2015 radicado 20151120203052 del 01 de octubre 2015 a las 13:42:32.

 

20. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un Contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2015, conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

NOMBRE

CONTRACREDITO

 

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

107.238.892,00

3.1.2

GASTOS GENERALES

93.335.251,00

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

90.935.251,00

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

90.935.251,00

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

90.935.251,00

3.1.2.03

Otros Gastos Generales

2.400.000,00

3.1.2.03.02

Impuestos Tasas Contribuciones Derechos y Multas

2.400.000,00

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

13.903.641,00

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

13.903.641,00

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

44.085,00

3.1.8.02.01.02

Gastos de Computador

44.085,00

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

13.609.556,00

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

2.293.230,00

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

11.302.406,00

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

11.302.406,00

3.1.8.02.02.17

Información

13.920,00

3.1.8.02.03

Otros Gastos Generales

250.000,00

3.1.8.02.03.02

Impuestos Tasas Contribuciones Derechos y Multas

250.000,00

 

 

 

TOTAL CONTRACREDITO GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

107.238.892,00

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un Contra crédito en el Presupuesto de Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2015, conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

NOMBRE

CONTRACREDITO

 

 

 

3.3

Inversión

2.226.774.540,00

3.3.1

DIRECTA

270.000.000,00

3.3.1.14

Bogotá Humana

270.000.000,00

3.3.1.14.02

Un territorio que enfrenta el cambio climático

270.000.000,00

3.3.1.14.02.20

Gestión integral de riesgos

270.000.000,00

3.3.1.14.02.20.1044

Gestión y mitigación local del riesgo

270.000.000,00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

1.956.774.540,00

3.3.6.14

Bogotá Humana

111.596.922,00

3.3.6.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación el ser humano en el centro de las (sic)

16.157.427,00

3.3.6.14.01.01

Garantía del desarrollo integral de la primera infancia

6.433.333,00

3.3.6.14.01.01.1031

Promoción y dotación para el desarrollo humano y la primera infancia

6.433.333,00

3.3.6.14.01.03

Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender (sic)

160.000,00

3.3.6.14.01.03.1032

Promoción y dotación para la educación y la capacitación

160.000,00

3.3.6.14.01.04

Bogotá Humana con igualdad de oportunidades y equidad de genero para las mujeres

600.000,00

3.3.6.14.01.04.1035

Igualdad social y reconocimiento de genero

600.000,00

3.3.6.14.01.05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia (sic)

4.183.3 33,00

3.3.6.14.01.05.1036

Suba diversa e incluyente

4.183.333,00

3.3.6.14.01.07

Bogotá un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos

4.623.333,00

3.3.6.14.01.07.1038

Promoción de los derechos humanos a través de la legalidad

4.623.333,00

3.3.6.14.01.08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

157.428,00

3.3.6.14.01.08.1039

Desarrollo de los derechos culturales, recreativos y deportivos

157.428,00

3.3.6.14.02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agu (sic)

39.540.300,00

3.3.6.14.02.17

Recuperación, rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacio (sic)

31.498.490,00

3.3.6.14.02.17.1042

Resignificacion ambiental y ecológica

31.498.490,00

3.3.6.14.02.19

Movilidad Humana

8.041.810,00

3.3.6.14.02.19.1043

Infraestructura para la movilidad

8.041.810,00

3.3.6.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo publico

55.899.195,00

3.3.6.14.03.24

Bogotá Humana: participa y decide

533.334,00

3.3.6.14.03.24.1047

Participación para el ejercicio de los derechos

533.334,00

3.3.6.14.03.27

Territorios de vida y paz con prevención del delito

4.633.333,00

3.3.6.14.03.27.1050

Fortalecimiento y promoción de la convivencia local

4.633.333,00

3.3.6.14.03.30

Bogotá decide y protege el derecho fundamental

4.183.333,00

3.3.6.14.03.30.1048

Suba participativa y transparente

4.183.333,00

3.3.6.14.03.31

Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional

46.549.195,00

3.3.6.14.03.31.1051

Fortalecimiento institucional

46.549.195,00

3.3.6.90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

1.845.177.618,00

 

 

 

TOTAL CONTRACREDITO INVERSION

2.226.774.540,00

 

ARTÍCULO TERCERO: Efectúese un Crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2015, conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

NOMBRE

CREDITO

 

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

107.238.892,00

3.1.2

GASTOS GENERALES

107.238.892,00

3.1.2.01

Adquisición de Servicios

7.000.000,00

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

7.000.000,00

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

100.238.892,00

3.1.2.02.01

Arrendamientos

13.436.350,00

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

6.000.000,00

3.1.2.02.04

Impresos y Publicaciones

5.794.084,00

3.1.2.02.06

Seguros

67.708.458,00

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

65.158.430,00

3.1.2.02.06.04

Seguros de Vida Ediles

1.550.028,00

3.1.2.02.06.05

Seguros de Salud Ediles

1.000.000,00

3.1.2.02.08

Servicios Públicos

7.300.000,00

3.1.2.02.08.01

Energía

7.000.000,00

3.1.2.02.08.03

Aseo

300.000,00

 

 

 

TOTAL CREDITO GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

107.238.892,00

 

ARTÍCULO CUARTO: Efectúese un Crédito en el Presupuesto de Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2015, conforme al siguiente detalle:

 

CODIGO

NOMBRE

CREDITO

 

 

 

3.3

Inversión

2.226.774.540,00

3.3.1

DIRECTA

2.226.774.540,00

3.3.1.14

Bogotá Humana

2.226.774.540,00

3.3.1.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación el ser humano en el centro de la

356.774.540,00

3.3.1.14.01.07

Bogotá un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos

56.774.540,00

3.3.1.14.01.07.1038

Promoción de los derechos humanos a través de la legalidad

56.774.540,00

3.3.1.14.01.08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

300.000.000,00

3.3.1.14.01.08.1039

Desarrollo de los derechos culturales, recreativos y deportivos

300.000.000,00

3.3.1.14.02

Un territorio que enfrenta el cambio climático

870.000.000,00

3.3.1.14.02.17

Recuperación rehabilitación y restauración de la (sic)

100.000.000,00

3.3.1.14.02.17.1042

Resignificacion ambiental y ecológica

100.000.000,00

3.3.1.14.02.19

Movilidad Humana

770.000.000,00

3.3.1.14.02.19.1043

Infraestructura para la movilidad

770.000.000,00

3.3.1.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo publico

1.000.000.000,00

3.3.1.14.03.24

Bogotá Humana: participa y decide (sic)

100.000.000,00

3.3.1.14.03.24.1047

Participación para el ejercicio de los derechos

100.000.000,00

3.3.1.14.03.27

Territorios de vida y paz con prevención del delito

200.000.000,00

3.3.1.14.03.27.1050

Fortalecimiento y promoción de la convivencia local

200.000.000,00

3.3.1.14.03.30

Bogotá decide y protege el derecho fundamental a la salud publica

200.000.000,00

3.3.1.14.03.30.1048

Suba participativa y transparente

200.000.000,00

3.3.1.14.03.31

Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional

500.000.000,00

3.3.1.14.03.31.1051

Fortalecimiento institucional

500.000.000,00

 

 

 

TOTAL CREDITOS INVERSION

2.226.774.540,00

 

ARTÍCULO QUINTO: El presente Decreto Local rige a partir de su expedición.

 

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de octubre del año 2015.

 

MARISOL PERILLA GÓMEZ

 

Alcaldesa Local de Suba

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5696 de octubre 19 de 2015.