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Decreto Local 022-017 de 2015 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
24/11/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/11/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5724 de noviembre 30 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 022-017 DE 2015

(Noviembre 24)

Por el cual se efectúa un Traslado Presupuestal para la vigencia fiscal de 2015.

EL ALCALDE  LOCAL DE LA CANDELARIA

En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010  y demás normas que rigen sobre la materia, y

CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad  con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde  al Alcalde Local Decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados.

2. Que de acuerdo con el oficio 20151720012763 de 04 de noviembre de 2015, emitido por el Alcalde  Local de La Candelaria se hace necesario efectuar un traslado presupuestal para la presente vigencia.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Director Distrital de Presupuesto emite concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de los Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria de acuerdo con el oficio No 2015EE 279368 de dieciocho (18) de noviembre de 2015.

4. Que  para  efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 584, 585, 586, 587, 588, 589, 590, 591 y 592.

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:

CODIGO DE CUENTA

NOMBRE DE LA CUENTA

CONTRACREDITOS

3

GASTOS

 

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

58.000.313,00

3-1-2

GASTOS GENERALES

 

3-1-2-01

Adquisición de Bienes

 

3-1-2-01-03

Combustibles, Lubricantes y Llantas

10.500.000,00

3-1-2-01-05

Compra de Equipo

5.000.000,00

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

 

3-1-2-02-03

Gastos de Transporte y Comunicación

2.104.667,00

3-1-2-02-06

Seguros

 

3-1-2-02-06-01

Seguros Entidad

13.165.957,00

3-1-2-02-06-04

Seguro de Vida Ediles

8.575.579,00

3-1-8

OBLIGACIONES POR PAGAR

 

3-1-8-02

GASTOS GENERALES

 

3-1-8-02-01

Adquisición de Bienes

 

3-1-8-02-01-04

Materiales y Suministros

1.611.061,00

3-1-8-02-02

Adquisición de Servicios

 

3-1-8-02-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

 

3-1-8-02-02-05-0001

Mantenimiento Entidad

23,00

3-1-8-02-02-17

Información

16.996.842,00

3-1-8-02-18

Publicidad

46.184,00

 

TOTAL CONTRACREDITOS….

58.000.313,00

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión Directa para la vigencia de 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CODIGO DE CUENTA

NOMBRE DE LA CUENTA

CRÉDITOS

3

GASTOS

 

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

58.000.313,00

3-1-2

GASTOS GENERALES

 

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

 

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

48.000.313,00

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

48.000.313,00

3-1-2-03

Otros Gastos Generales

 

3-1-2-03-02

Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas

10.000.000,00

 

TOTAL CONTRACREDITO….

58.000.313,00

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de noviembre de 2015

 

CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA

 

Alcalde  Local de La Candelaria ( E )

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5724 de noviembre 30 de 2015