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DECRETO LOCAL 6 DE 2016 (Mayo 24) POR MEDIO DEL CUAL SE AJUSTA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y GASTOS DE INVERSIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE PARA LA VIGENCIA FISCAL 2016 EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, determina que el Alcalde Local por Decreto incrementará o reducirá el monto de las obligaciones por pagar para llevarlas al valor real, siempre y cuando no se superen las partidas aprobadas por la JAL. Que la Resolución No. SHD 000226 de fecha 08 de octubre de 2014, sobre el ajuste por Cierre Presupuestal indica el procedimiento para efectuar el ajuste de las obligaciones por pagar constituidas a cierre de la vigencia. Que de conformidad con lo estipulado en la Circular Conjunta DDP N° 01 de 2015, "Guía de Ejecución, seguimiento y Cierre Presupuestal 2015 y Programación Presupuestal Vigencia 2016", en el numeral 1° Cierre Vigencia Fiscal 2015, establece que los Fondos de Desarrollo Local deben considerar lo estipulado en el numeral 5 "Cierre Presupuestal" de la Resolución SHD-226 de 2014 – Manual de Programación, Ejecución, y Cierre presupuestal del Distrito Capital, Módulo 3. Manual Operativo Presupuestal. Que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe FDLRUU apropió en sus Obligaciones por Pagar de Funcionamiento la suma de $ 824.660.000 y el valor real correspondiente a las Obligaciones por Pagar constituidas a 31 de diciembre de 2015 es de $ 485.395.356 Presentándose diferencia entre estos dos. Que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe FDLRUU apropio en sus Obligaciones por Pagar de Inversión la suma de $ 80.155.166.000 y el valor real correspondiente a las Obligaciones por Pagar constituidas a 31 de diciembre de 2015 es de $ 64.042.751.913 Presentándose diferencia entre estos dos. Que una vez adelantado el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2015, se pudo establecer que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe debe ajustar el agregado de las Obligaciones por Pagar del presupuesto aprobado para la vigencia 2016, a las realmente constituidas a 31 de diciembre de 2015, efectuando una reducción de Obligaciones por Pagar de Gastos de Funcionamiento de $ 339.264.644 y de Gastos de Inversión de $ 16.112.414.086. Que la Secretaria Distrital de Planeación expidió concepto favorable al Ajuste de la Inversión, mediante comunicación No. 2-2016-20598 del 10 de mayo de 2016, con alcance No. 2-2016-21279 del 13 de mayo de 2016. Que la Dirección Distrital de Presupuesto expidió concepto favorable al Ajuste de la Inversión, mediante comunicación No. 2016EE87690 del 20 de mayo de 2016. Que la Administración Local para adelantar el respectivo ajuste cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 536 de fecha 22 de abril de 2016 y 541 de fecha 06 de mayo de 2016. Que en mérito a lo expuesto anteriormente el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal de 2016, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, a 24 días del mes de mayo 2016. DIANA MABEL MONTOYA REINA Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5842 de mayo 26 de 2016. |