| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 017 DE 2016
(Noviembre 16) Por el cual se efectúa un traslado
presupuestal para la vigencia fiscal de 2016 EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA En uso de sus atribuciones legales, en
especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 y demás normas que rigen
sobre la materia, y CONSIDERANDO: 1. Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto
372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde
al Alcalde Local Decretar los traslados presupuestales, cuando estos no
modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos
agregados. 2. Que de acuerdo con el
oficio 20166720015893 de uno de noviembre de 2016, emitido por el Alcalde Local de La Candelaria se hace necesario
efectuar un traslado presupuestal para la presente vigencia. 3. De conformidad con lo
establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, la Directora Distrital
de Presupuesto emite concepto favorable sobre el traslado presupuestal al
interior de los Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La
Candelaria de acuerdo con el oficio 2016EE165513 de once (11) de noviembre de
2016. 4. Que para
efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad
Presupuestal Nos. 618, 619, 620, 621, 622, 623, 624, 625, y 626. Que en mérito de lo
expuesto, este Despacho DECRETA: Artículo
Primero: Efectúese un contracrédito en el presupuesto
de Gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2016, de acuerdo con el
siguiente detalle:
Artículo
Segundo: Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para
la vigencia de 2016, de acuerdo con el siguiente detalle:
Artículo
Tercero: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D. C., a los 16 días del mes de noviembre del año 2016. MANUEL AUGUSTO CALDERÓN RAMÍREZ Alcalde Local |