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Decreto Local 018 de 2016 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
28/12/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5987 del 2 de enero de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 018 DE 2016


(Diciembre 28)


Por el cual se corrigen errores simplemente formales contenidos en el Decreto Local No. 17 del 20 de diciembre de 2016, mediante el cual se liquidó el Presupuesto de Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de 2017


EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO


En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 1 del artículo 86 del Decreto 1421 de 1993, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 19 del Decreto 372 de 2010,


CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Local de Antonio Nariño expidió el Decreto Local No. 17 del 20 de Diciembre de 2016, por el cual se liquidó el Presupuesto De Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2017.

Que durante el proceso de revisión del Decreto Local No. 17 de 2016 efectuada por la Dirección de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, fueron detectados algunos yerros de digitación en su tenor literal, que a juicio de esta entidad deben ser corregidos mediante acto administrativo.

Que la Dirección de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda identificó y detalló los siguientes yerros en el contenido del Decreto No. 17 de 2016 así: Que en el rubro 2-2-4-05-01 Vigencia por error se digitó la suma de $14.609.548.000 siendo correcto $14.591.656.000 y el rubro 2-1-2-99 Otros ingresos No Tributarios se digitó $48.080.000, siendo correcto $65.972.000, que estos errores no afectan el monto total de los ingresos aprobados para el Fondo de Desarrollo Local Antonio Nariño, equivalente a $14.690.413.000.

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, señala: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. 

Que en el mismo sentido, el parágrafo del artículo 19 del Decreto 372 de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L”, dispone: “Cuando en el decreto de Liquidación del Presupuesto se presenten errores de transcripción, aritméticos, numéricos, de clasificación y de ubicación, el Alcalde Local, de oficio podrá mediante Decreto enmendar tales errores”.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Corregir la parte pertinente del tenor literal del artículo primero del Decreto Local No. 017 de 2016, el cual quedará, así:

“ARTÍCULO PRIMERO: Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2017, por la suma de Treinta y tres mil seiscientos ochenta y tres millones setecientos veinticuatro mil pesos M/ cte. ($33.683.724.000), conforme al siguiente detalle:

 

DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS

CÓDIGO

NOMBRE

VALOR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

18.993.311.000

2

INGRESOS

14.690.413.000

2.1

INGRESOS CORRIENTES

80.865.000

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

80.865.000

2.1.2.03

Multas

14.893.000

2.1.2.04

Rentas Contractuales

0

2.1.2.04.02

Arrendamientos

0

2.1.2.99

Otros Ingresos No Tributarios

65.972.000

2.2

TRANSFERENCIAS

14.591.656.000

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

14.591.656.000

2.2.4.05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

14.591.656.000

2.2.4.05.01

Vigencia

14.591.656.000

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

17.892.000

2.4.3

RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS

17.892.000

2.4.3.02

Rendimientos provenientes de recursos de libre destinación

17.892.000

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

33.683.724.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de su expedición y publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2016).

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

Alcalde Local de Antonio Nariño