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Resolución 979 de 2017 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
06/03/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/03/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6048 del 30 de marzo de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 979 DE 2017

 

(Marzo 06)

 

Por la cuál se adopta la Filosofía Organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano IDU

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU,

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 29 del Acuerdo 001 y por el artículo 3 del Acuerdo 002 de febrero 3 de 2009 expedidos por el Consejo Directivo, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme al artículo 209 de la Constitución Política “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

 

Que mediante Decreto Distrital 652 de 2011, se adoptó la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las Entidades y Organismos Distritales NTD-SIG 001:2011, que determina las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema Integrado de Gestión en las entidades y organismos.

 

Que a través del Acuerdo 645 de 2016 el Concejo Distrital adoptó “El Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá 2016 - 2020 Bogotá Mejor Para Todos”

 

Que mediante Resolución 77288 del 27 de agosto de 2014, la Dirección General adoptó la misión, visión y objetivos estratégicos del Instituto de Desarrollo Urbano.

 

Que la Dirección General con la asesoría de la Oficina Asesora de Planeación y la participación del Equipo Directivo de la Entidad, realizó una revisión y ajuste a los elementos básicos de la Planeación Estratégica del IDU, con el propósito de articular a la entidad con las necesidades definidas en el Plan de Desarrollo Distrital 2016-2020 “Bogotá Mejor Para Todos”. El resultado del análisis generó los nuevos elementos de la Filosofía Organizacional del IDU.

 

RESUELVE:

 

Artículo Primero: Adoptar la Filosofía Organizacional IDU compuesta por Propósito Central (Misión), Visión, Principios y Valores Organizacionales, Elementos de Visión, Iniciativas Estratégicas y Objetivos, a saber:

 

Propósito Central (Misión)

 

Generar bienestar en los habitantes de la ciudad mejorando la calidad de vida, mediante el desarrollo de infraestructura para la movilidad, contribuyendo a la construcción de una ciudad incluyente, sostenible y moderna.

 

Visión – Objetivo Retador

 

En el 2027 el IDU será la Entidad líder en Colombia en la planeación y desarrollo de infraestructura urbana, con credibilidad y reconocimiento en América Latina por su gestión para el desarrollo urbano de Bogotá D.C.

 

Principios y Valores

 

Principios: Son ideas o normas que rigen el pensamiento o la conducta de las personas en la  sociedad. Los principios son un  prerrequisito para ser parte de la institución. Los principios en el IDU son:


• Respeto: Valorar a los otros como sujetos de derechos, los cuales no sólo merecen nuestro reconocimiento, sino que deben ser protegidos y garantizados por medio de nuestras acciones.


• Solidaridad: Reconocer en cada quien su dignidad humana, su valor intrínseco como persona y, en consecuencia, contribuir a la realización de sus proyectos de vida y a la satisfacción de sus necesidades.


• Probidad: Cualidad que define a una persona íntegra y recta; a alguien que cumple sus deberes sin fraudes, engaños ni trampas.

 

Valores Organizacionales: Los valores organizacionales en el IDU serán entendidos como comportamientos e ideas generalizadas que facilitan el logro institucional de la visión. Los valores institucionales del IDU son:


• Trabajo en equipo: Integrar esfuerzos y conocimientos hacia una visión compartida.


• Vocación de servicio: Actitud de vida encaminada a entender las necesidades de los grupos de interés y estar dispuestos a aportar para satisfacerlas.


• Conocimiento Técnico: Experiencia e idoneidad técnica.


• Equidad - Construir con calidad sin importar para quien


• Compromiso: Dar lo mejor personal y profesionalmente para alcanzar los objetivos y metas de la entidad.

 

Elementos de Visión

 

Liderazgo


• Gerencia eficiente y competitiva


• Talento humano comprometido y competente


• Articulación interinstitucional


• Innovación e investigación      

      

Credibilidad y reconocimiento


• Impacto en el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos


• Obras con calidad y sostenibilidad


• Satisfacción ciudadana

 

Iniciativas Estratégicas


• Desarrollo Urbano / Infraestructura idónea


• Gerencia integral de proyectos


• Alianzas Público - Privadas


• Gestión social y servicio al ciudadano


• Innovación


• Fortalecimiento de la institucionalidad

 

Objetivos Estratégicos


• Contribuir en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, respondiendo a las necesidades de la ciudad, mediante la estructuración y desarrollo de proyectos integrales de infraestructura para la movilidad y espacio público.


• Mejorar la gestión de los proyectos, incorporando la gerencia integral en todas las fases del ciclo de vida de los proyectos ejecutados por el IDU.


• Formular y concretar proyectos de infraestructura pública mediante el esquema de Asociaciones Público Privadas.


• Lograr la apropiación, por parte de los ciudadanos, de la infraestructura para la movilidad, implementando estrategias de gestión social.


• Implementar nuevas prácticas en los procesos internos del IDU y en los proyectos de infraestructura que ejecute.


• Alinear la estructura, los procesos, el talento humano y la cultura del IDU hacia el logro de las metas planteadas para los próximos 12 años.

 

Artículo Segundo: La presente resolución rige a partir de su comunicación y deroga la Resolución 77288 del 27 de agosto de 2014.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de marzo del año 2017

 

YANETH ROCIO MANTILLA BARÓN

 

Directora General