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ACUERDO LOCAL 003 DE 2016 (Junio 24) Por medio del cual se modifica el
presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de
Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 enero
y el 31 de diciembre de 2016 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA En uso de sus atribuciones
constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución
Política de Colombia en su artículo 324 y Decreto Distrital 372 de 2010. CONSIDERANDO: Que el Consejo de Política
Económica y Fiscal CONFIS mediante Circular 02 de 2016, oficio N° 2-201622450;
“Determinación y distribución de excedentes financieros generados por los 20
Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2015”, comunico que el
CONFIS, en sesión N° 03 del 31 de marzo de 2016, determino, que de acuerdo a
los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, la cuantía de los
excedentes financieros generados al cierre de la vigencia 2015 por los 20
Fondos de desarrollo Local, en $27.690.756.750.oo Que en virtud del artículo
38 del Decreto Distrital 372 de 2010, distribuyo los mismos, considerando los
conceptos y propuestas de los alcaldes locales y las necesidades apremiantes
que presenta la ciudad. Que a la Localidad de Suba y
“…. Con destino a la construcción, mantenimiento y adecuación de parques
vecinales y de bolsillo”, le fueron asignados MIL SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS
M/CTE ($1.600.000.000.00) Que es función de la Junta
Administradora Local aprobar las modificaciones al presupuesto anual del Fondo
de desarrollo Local, previo concepto del CONFIS. Que, en mérito de lo
anteriormente expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Adiciónese al presupuesto de rentas e ingresos del Fondo de Desarrollo
Local de Suba, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31
de diciembre de 2016, en la suma de MIL SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE
($1.600.000.000.00) de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Adiciónese al presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de
Desarrollo Local de Suba, para la vigencia fiscal comprendida entre 01 de enero
y el 31 de diciembre de 2016, en la suma de MIL SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS
M/CTE ($1.600.000.000.00) de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y
surte efectos fiscales a partir del día 24 del mes de junio de 2016. PUBLIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los 24 días del
mes de junio de 2016. Honorable Edil Luz Amparo García Edil Ponente Honorable Edil Gustavo Rojas Pinilla Edil Ponente Honorable Edil Juan Alberto Oviedo Presidente Junta Administradora Local de Suba El Alcalde Local de Suba sanciona el
presente Acuerdo el veintiocho (28) de junio de
dos mil dieciséis (2016). ÉDGAR ANDRÉS SINISTERRA RESTREPO Alcalde Local de Suba |