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(Abril 04) Por
medio de la cual se actualiza
el mapa de procesos, política y objetivos del Sistema Integrado de Gestión de
la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico EL SECRETARIO
DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
En uso de sus
atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en los artículos 23 del Acuerdo 257 de 2006, el
artículo 4° del Decreto 437 de 2016 y el Decreto 45 de 2017 y CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en el artículo o 209 de la Constitución Política de Colombia: "La función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y
publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones
para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los
términos que señale la ley". Que el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente
en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus
funciones, métodos y procedimientos de control interno. Que el artículo 6 de la Ley 87 de 1993 - "Por la cual se establecen normas para el
ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras
disposiciones"-, dispuso que (...) "EI establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas,
será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y
procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y
eficacia del Control Interno, también será responsabilidad de los jefes de cada una de las
distintas dependencias de las entidades y organismos". Que la Ley 872 de 2003 “Por
la cual se crea el Sistema de Gestión de
la Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades
prestadoras de servicios”, dispuso en el artículo 3° que: este sistema es
complementario al Sistema de Control Interno y de Desarrollo Administrativo
establecidos por la Ley 489 de 1998 y podrá integrarse al Sistema de Control
Interno en cada uno de sus componentes definidos por el Departamento
Administrativo de la Función Pública, de acuerdo con las políticas adoptadas
por el Presidente de la República. Que el Decreto Distrital 387 de 2004, reglamenta el Acuerdo
122 de 2004 y en su parte considerativa puntualiza lo ordenado por la Ley 872
de 2003 sobre la complementariedad de los sistemas de gestión de calidad,
control interno y desarrollo administrativo. Que mediante el Decreto 4485 de 2009 “Por medio del cual se adopta la actualización de la Norma Técnica de
Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2009”; se establecen las
generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar
y mantener un Sistema de Gestión de la Calidad en los organismos, entidades y
agentes obligados conforme al artículo 2° de la Ley 872 de 2003. Que mediante el Decreto Distrital 176 de 2010 “Por el
cual se definen los lineamientos para la conformación articulada de un Sistema
Integrado de Gestión en las entidades del Distrito Capital y se asignan
unas funciones"-, en su artículo 1°, se define el Sistema Integrado de
Gestión, como el conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías,
instancias e instrumentos orientados a garantizar un desempeño institucional
articulado y armónico, que se encuentra conformado por los siguientes
subsistemas: - Subsistema de Gestión de la Calidad
(SGC). - Subsistema Interno de Gestión
Documental y Archivo (SIGA). - Subsistema de Gestión de Seguridad de
la Información (SGSI). - Subsistema de Seguridad y Salud
Ocupacional (S&SO). - Subsistema de Responsabilidad Social
(SRS). - Subsistema de Gestión Ambiental (SGA). - Subsistema de Control Interno (SCI). Que mediante el Decreto 651 de 2011, Modificado por el
artículo 23, Decreto Distrital 527 de 2014 “Por
medio del cual se crea el Sistema Integrado de Gestión Distrital (SIGD) y la
Comisión Intersectorial del SIGD, y se dictan otras disposiciones”-,
dispuso en el artículo 1°, la creación del Sistema Integrado de Gestión
Distrital, como una herramienta de gestión sistemática y transparente compuesta
por el conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías, instancias
e instrumentos que permitan garantizar un ejerció articulado y armónico, para
dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y
satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades
y agentes obligados, enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de
las entidades distritales Que el Decreto 652 de 2011, "Por medio del cual se adopta la Norma
Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las Entidades y
Organismos Distritales", dispuso en el artículo 1°, adoptarse la Norma
Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las entidades y
organismos distritales, NTD–SIG 001:2011, que determina las generalidades y los
requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un
Sistema Integrado de Gestión en las entidades y organismos distritales y
agentes obligados. Que el Decreto 943 de 2014,
actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) y dispuso en su artículo
2°, el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los
organismos y entidades públicas que hacen parte del campo de aplicación del
presente decreto, será responsabilidad de la máxima autoridad de la entidad u
organismo correspondiente y de los jefes de cada dependencia de las entidades y
organismos, así como de los demás funcionarios de la respectiva entidad. Que el modelo de operación es el
estándar que soporta la operación de la Entidad y está basado por enfoque de
procesos, entendidos estos como la secuencia de actividades que generan valor y
resultados orientados al cumplimiento de la misión y los objetivos
institucionales de la Secretaría con miras a la satisfacción y expectativas de
los clientes, usuarios y partes interesadas. Que la política del Sistema
Integrado de Gestión es fundamental para definir las intensiones globales del
sistema integrado y parte del compromiso de la Secretaria de Despacho en la
implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión. Que los objetivos del Sistema
integrado de Gestión deben ser medibles y coherentes con la política del mismo y
están asociados con los diferentes subsistemas y procesos de la entidad. Que teniendo en cuenta la anterior
normatividad, se hace necesario actualizar el modelo de operación o mapa de
procesos, la política y los objetivos del Sistema Integrado de Gestión de la
entidad, como herramienta para garantizar un desempeño institucional articulado
y armónico, que busque de manera continua la satisfacción de los grupos de
interés, a través de los diferentes requisitos conformados por el Subsistema de
Gestión de Calidad, Subsistema Interno de Gestión Documental y Archivo,
Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información, Subsistema de Seguridad y
Salud Ocupacional, Subsistema de Responsabilidad Social, Subsistema de Gestión
Ambiental, Subsistema de Control Interno, Desarrollo Administrativo y la normatividad que los regula con el
propósito fundamental de garantizar el logro de los objetivos institucionales,
el cumplimiento de los fines esenciales del estado, el mejoramiento de la
función pública y de los servicios a cargo de la entidad. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo
1º. Actualizar el modelo de operaciones o mapa
de procesos de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, el cual está
integrado por macro procesos y procesos, distribuidos de la siguiente manera: Procesos estratégicos:
Conformado por
un macro proceso y tres procesos estratégicos, así: Macro
procesos de Direccionamiento Estratégico - Proceso
de Planeación Estratégica. - Proceso
de Gestión Integral. - Proceso
de comunicaciones. Procesos misionales:
Conformado por
cinco macro procesos y trece procesos misionales, así: Macro
procesos de Gestión Estudios Desarrollo Económico: - Proceso
de Información Estadísticas. - Proceso
de Estudios Estratégicos. Macro
proceso de Gestión del Territorio y Derecho al ciudadano: - Proceso
de Gestión Territorial y Poblacional. - Proceso
de Atención al Ciudadano. - Proceso
de Participación Ciudadana y Rendición de cuentas. Macro
proceso de Gestión de Políticas de Competitividad: - Proceso
de Ciencia, tecnología e Innovación. - Proceso
de Internacionalización. Macro
proceso de Gestión de Políticas de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario: - Proceso
de Economía Rural. - Proceso
de Abastecimiento Alimentario. Macro
proceso de Gestión de Políticas de Desarrollo Empresarial y Empleo: - Proceso
de Emprendimiento y Negocios. - Proceso
de Empleo y Formación. - Proceso
de Inclusión Financiera. - Proceso
de Intermediación y Formalización Empresarial. Procesos de apoyo:
Conformado por
tres macro procesos y nueve procesos de apoyo, así: Macro
proceso de Gestión Corporativa y Administración Financiera: - Proceso
de Gestión Documental. - Proceso
de Bienes y Servicios Generales. - Proceso
de Contabilidad. - Proceso
de Presupuesto. - Proceso
de Gestión del Talento Humano. Macro
proceso de Gestión Corporativa y Tecnológica: - Proceso
de Informática y Sistemas. Macro
proceso de Gestión Jurídica y Contratación Estatal: - Proceso
de Contratación. - Proceso
de Asesoría Jurídica. - Proceso
de Representación Judicial. Procesos de evaluación:
Conformado por
un macro proceso y tres procesos de evaluación, así: Macro
proceso de Seguimiento, Evaluación y Control: - Proceso
de Control Interno - Proceso
de Control Disciplinario - Proceso
de Seguimiento, Evaluación y Mejora Continua
Parágrafo: Disponer que cada proceso tendrá un
líder quien será el responsable de la implementación integral del proceso y su
mejoramiento continuo en cada una de las dependencias. Con el apoyo de la
Oficina Asesora de Planeación se brindará la asesoría pertinente a través de
los diferentes comités operativos para la estandarización de cada uno de estos. Artículo
2º. Adoptar la política del Sistema Integrado de Gestión, la cual queda
establecida de la siguiente manera: “La Secretaría
Distrital de Desarrollo Económico como entidad cabeza de sector se compromete a
realizar con los mejores estándares de calidad, la formulación, implementación
y evaluación de políticas orientadas a fortalecer la productividad y
competitividad de las empresas, la generación de oportunidades de empleo de
calidad y el abastamiento de alimentos en la ciudad. Así mismo, se compromete a
mejorar continuamente la oferta de productos y servicios de emprendimiento,
desarrollo empresarial, financiamiento, trabajo decente y la promoción de la
ciencia tecnología e innovación, cumpliendo con los requisitos legales y las
necesidades y expectativas de las partes interesadas. Para el
desarrollo de esta política, la Secretaría como entidad socialmente responsable
con la ciudadanía y las demás partes interesadas, aplicará las mejores
prácticas de gestión y de mejoramiento continuo en los procesos, y en las
condiciones de trabajo, contando con un recurso humano capacitado, motivado y
comprometido con la transparencia y la defensa de lo público, que garantice la
sostenibilidad del sistema, la trazabilidad, seguridad y el manejo eficiente de
la información y la documentación, la mitigación de los impactos ambientales y
la generación de productos y servicios con eficacia, eficiencia y efectividad,
a través del sistema integrado de gestión, la atención al ciudadano en el
territorio y la medición de la satisfacción de los beneficiarios”. Articulo
3º. Formular los objetivos del Sistema Integrado de Gestión, los cuales quedan
establecidos de la siguiente manera: - Mejorar la prestación de los productos y
servicios a través del sistema integrado de gestión, la atención efectiva y
responsable en el territorio y la medición de la satisfacción de los
beneficiarios. - Contribuir a la preservación del medio
ambiente a través de la identificación y control de los impactos ambientales,
relacionados con la gestión de la entidad. - Mejorar las condiciones de trabajo, el clima
laboral y el bienestar de los servidores de la entidad. - Garantizar la seguridad y el manejo
eficiente de la información y la documentación de la entidad. - Mejorar el desempeño institucional de la
entidad, mediante el fortalecimiento del control, evaluación y mitigación de
riesgos en los procesos. Articulo
4º. Difundir a través de la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría
Distrital de Desarrollo Económico el nuevo mapa de procesos, la política y objetivos
del Sistema Integrado de Gestión de la entidad, para su respectiva aplicación. Artículo
5º. Este acto administrativo rige a partir de su fecha de expedición y deroga
la Resolución Interna de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico 574
del 8 noviembre de 2013. COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de abril del año 2017. JUAN
MIGUEL DURAN PRIETO Secretario
Distrital de Desarrollo Económico |