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Acuerdo Local 082 de 2017 Junta Administradora Local de San Cristóbal

Fecha de Expedición:
22/05/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/05/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6087 del 31 de mayo de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 082 DE 2017

 

(Mayo 22)

 

Por el cual se efectúa una Adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal de 2017

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política en su Art 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.”, sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

 

Que el FDL de San Cristóbal a 31 de diciembre de 2016 presentó un monto de excedente de $1.946.335.377.

 

Que mediante la Circular CONFIS 02 de 2017, se comunica que en la sesión No.03 de abril 06 de 2017, conforme a lo establecido en los artículos 37º y 38º del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de $60.452.231.233, de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2016 por los FDL, los cuales se destinan $50.981.381.673 para las sedes administrativas de las localidades de Usaquén, Santa Fe, Tunjuelito y Puente Aranda, $2.921.857.843 para la construcción, mantenimiento y adecuación de parques vecinales y de bolsillo en las localidades de Chapinero, y Antonio Nariño, $1.007.537.187 para malla vial y espacio público en la localidad de Candelaria y $2.015.074.374 para atención de puntos críticos de residuos sólidos en las localidades de Chapinero, Santa Fe, San Cristóbal, Usme, Fontibon, Engativa, Barrios Unidos, Teusaquillo, Mártires, Antonio Nariño, Candelaria y Rafael Uribe Uribe.

 

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de San Cristóbal la suma de $132.994.909 para atención de puntos críticos de residuos sólidos.

 

Que mediante comunicación Nº 2-2017-17745 de 26 de abril de 2017 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable informado que debe adicionarse al “proyecto 1531 Acciones de desarrollo y fortalecimiento institucional”.

 

De igual forma y en consonancia con el Artículo 31 Modificaciones Presupuestales del Decreto 372 de 2010, en el numeral 2 Créditos Adicionales, acápite c) Adición por Excedentes Financieros la adición presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS”.

 

En este sentido, la Circular CONFIS N° 02, del 06 de abril de 2017, comunica que en la sesión N° 03 de los días 30 y 31 de marzo de 2017, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino la distribución de los excedentes financieros obtenidos en la vigencia fiscal 2016. Sobre estas consideraciones la adición de los excedentes financieros a los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo Local, por parte de las JAL, no requiere de conceptos adicionales.

 

Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados al Proyecto 1531 “Acciones de Desarrollo y fortalecimiento Institucional”, este proyecto se encuentra incluido en el ordinal IV del eje Transversal “Gobierno Legítimo y Eficiente” del Plan de Desarrollo Local 2017 – 2020, en el Programa 1 “Gobernanza e Influencia Distrital Regional, Nacional e Internacional, el cual se debe tramitar de conformidad con las normas presupuestales vigentes.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1°: Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la Vigencia Fiscal de 2017, conforme al siguiente detalle:

 

Código

Concepto

Valor

2

Ingresos

132.994.909

2.4

Recursos de Capital

132.994.909

2.4.5

Excedentes Financieros

132.994.909

 

TOTAL INGRESOS

132.994.909

3

Gastos

132.994.909

3.3

Inversión

132.994.909

 

TOTAL GASTOS

132.994.909

 

Artículo 2°: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de mayo del año 2017

 

GUILLERMO ANTONIO VELANDIA NIÑO

 

Presidente Junta Administradora Local

 

GLORIA CONCEPCIÓN CASTILLO PRIETO

 

Edil Ponente

 

JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO

 

Edil Ponente

 

Sanción del Acuerdo por el Alcalde Local de San Cristóbal el día 24 de mayo de 2017

 

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR

 

Alcalde Local de San Cristóbal