| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 07 DE 2017 (Mayo 24) Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Rentas e
Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio
Nariño para la vigencia fiscal de 2017, mediante la adición de los excedentes
financieros EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO, En uso de sus facultades legales y en especial las
conferidas en el Decreto ley 1421 de 1993 y el Decreto Distrital 372 del 30 de
agosto 2010, y, CONSIDERANDO Que en cumplimiento del artículo 46 del Decreto 372 de
2010, de lo establecido en la Resolución SHD-000226 de 2014 y la Circular
Conjunta No. 002 de 2016, “Guía de Ejecución,
Cierre Presupuestal 2016 y Programación Presupuestal 2017 de los Fondos de
Desarrollo Local”, y una vez revisada la información de Cierre Vigencia
2016 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, se establecieron por
parte de la Secretaría Distrital de Hacienda los aspectos a considerar para
efectuar el ajuste al presupuesto 2017, de conformidad con las cifras
resultantes del cierre presupuestal y financiero a 31 de Diciembre de 2016. Que el Subdirector de Operación Bancaria de la
Tesorería Distrital - Secretaria Distrital de Hacienda reportó a diciembre 31
de 2016 un saldo en caja a favor del Fondo de Desarrollo Local de Antonio
Nariño por valor de $17.062.605.765.38;
saldo que una vez conciliado arrojó una disponibilidad neta en Tesorería de $17.062.605.765.38. Que una vez efectuado el ejercicio de ajuste del Fondo
de Desarrollo Local de Antonio Nariño se determinó una disponibilidad final -
Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2016 por valor de $1.374.642.886.38 Que conforme a lo anterior el Alcalde Local de Antonio
Nariño presentó oportunamente ante el Consejo Distrital de Política Económica y
Fiscal - CONFIS y ante la Secretaría Distrital de Hacienda, la solicitud de
ajuste al presupuesto 2017 y distribución de Excedentes Financieros, para lo
cual anexó el correspondiente concepto emitido conforme a lo dispuesto por el
artículo 38 del Decreto Distrital 372 de 2010. Que de acuerdo con lo consignado en la Circular CONFIS
No. 02 de abril de 2017, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal
determinó la distribución de excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo
Local al cierre de la vigencia 2016, asignado a Antonio Nariño el monto de $1.468.054.224 distribuido de la
siguiente manera: $1.410.552.062 para la construcción, mantenimiento y
adecuación de parques vecinales y de bolsillo $57.502.162 para la atención de puntos críticos de
residuos sólidos Que el artículo 31 del decreto Distrital 372 de 2010,
señala: “ARTÍCULO 31°. Modificaciones
Presupuestales: Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse
las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo
siguiente: (…) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo
positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las
Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente
anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la
JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto
consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales
correspondientes”. Que de conformidad con lo ordenado por el literal c),
del numeral 2, del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, la Junta Administradora
Local de Antonio Nariño, mediante Acuerdo Local No. 01 de 2017, debidamente
sancionado por el Alcalde Local el 17 de mayo de 2017, aprobó las
modificaciones presupuestales presentadas por éste Despacho, por concepto de
excedentes financieros de la vigencia 2016. Que en este mismo sentido la Resolución SDH – 000226
de 8 de Octubre de 2014, “Por medio de la
cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre
Presupuestal del Distrito Capital – Manual Operativo Presupuestal – Fondos de
Desarrollo Local – FDL”, establece en el numeral 4.2 con respecto a las
Adiciones Presupuestales. Adición de excedentes financieros. Una vez aprobada
la adición, el Alcalde local expedirá el Decreto de Liquidación del Acuerdo. En mérito de lo anterior, el Alcalde Local de Antonio
Nariño, DECRETA: Artículo
Primero: Ajustar el Presupuesto de
Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de
Antonio Nariño para la Vigencia Fiscal de 2017, y distribuir la disponibilidad
final - excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:
Artículo
Segundo: El presente Decreto Local
rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del
mes de mayo de dos mil diecisiete (2017). EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO Alcalde Local de Antonio Nariño |