| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
(Julio 14)
La Infección Respiratoria Aguda (IRA) es una de las
primeras causas de atención médica en todo el mundo, tanto en la consulta
ambulatoria como en la hospitalización y se encuentra entre las primeras causas
de mortalidad en niños y niñas menores de 5 años y en adultos mayores de 65
años. En Colombia es uno de los eventos vigilados a través del Sistema Nacional
de Vigilancia en Salud Pública (Sivigila) mediante cuatro estrategias,
enfocadas a monitorear el comportamiento de las diferentes expresiones de la
enfermedad (vigilancia centinela de Enfermedad Similar a Influenza e IRA Grave
ESI- IRAG; vigilancia de IRAG inusitado; vigilancia de la mortalidad por IRA en
menores de 5 años y la vigilancia de la morbilidad por IRA en todos los grupos
de edad, en pacientes hospitalizados y ambulatorios), lo que permite la
identificación oportuna de cambios en la endemicidad para orientar las
intervenciones de promoción, prevención y atención en los servicios de salud1. Cada año a nivel mundial, se producen brotes por IRA de
extensión e intensidad variables que ocasionan tasas importantes de morbilidad
en la población general y mayores tasas de mortalidad, principalmente en
pacientes de alto riesgo. Sin embargo, entre el 80% a 90% de las infecciones
del tracto respiratorio se consideran de etiología viral tanto en la población
infantil, como en los adultos. De acuerdo con el reporte de influenza de la Organización
Mundial de la Salud (OMS), a partir de la semana epidemiológica -SE- 42 del año
2016, la actividad del virus de la influenza y otros virus respiratorios
comenzó a aumentar en América del Norte con predominio del Virus Sincitial
Respiratorio (VSR) y de influenza A(H3). De acuerdo con el Informe de Actualización Regional de
Influenza de OMS/OPS, a la SE 52, la actividad global de influenza en la zona
templada del hemisferio norte continuó en aumento en varios países,
especialmente en Europa, Asia Oriental y Norte América, atravesando sus
umbrales estacionales tempranamente, en relación a los años previos. Para la SE 52 de 2016, la actividad de influenza aumentó
con predominio de influenza A(H3) en Canadá; en los Estados Unidos la
positividad de VSR (25,7%) y la actividad de influenza (13,7%) aumentaron con predominio
de influenza A(H3N2). En México, la actividad de influenza aumentó durante la
semana epidemiológica 52 (18% de positividad para influenza), y la actividad de
neumonía aumentó sobre el umbral estacional. En el Caribe se reportó actividad
baja de influenza y otros virus respiratorios en la mayoría de los países, con
excepción de Puerto Rico, donde se notificó aumento de la actividad de
Enfermedad Similar a Influenza (ESI) sobre el nivel de la curva epidémica
promedio. Además, se registraron detecciones de influenza sobre el umbral
estacional y el umbral de alerta, con predominio de influenza A (H3). En
América Central se reportó actividad moderada de influenza, excepto en Costa
Rica, donde se notificó actividad aumentada de influenza (42% de positividad),
con predominio de influenza A (H3N2) y A (H1N1) pdm09. La proporción de
hospitalizaciones asociadas a IRAG (6%), las admisiones a Unidad de Cuidados
Intensivos (UCI) y el recuento de fallecidos se vieron aumentadas en este
periodo. En la Subregión Andina se reportó actividad baja de
influenza y otros virus respiratorios en general, incluyendo VSR. La actividad
de influenza disminuyó ligeramente (9% de positividad), mientras que la
actividad de VSR (43% de positividad) permaneció elevada en Colombia. En Brasil
y el Cono Sur, los niveles de influenza y VSR reflejan una tendencia a
disminuir en toda la región. En Paraguay al igual que Argentina, la actividad
de IRAG permaneció sobre el umbral de alerta, con ligera disminución de la
actividad de influenza, y predominio de influenza tipo B. En Chile las
detecciones de influenza permanecieron en niveles bajos con predominio de
influenza A (H3N2), destacando que, durante la SE 01 de 2017 se notificó un brote
de influenza aviar circunscripto a una granja de pavos en Quilpué, Valparaíso
debido a influenza aviar A (H7) de baja patogenicidad, por lo cual se
implementaron las medidas respectivas de control y monitoreo en las áreas
adyacentes al brote. A nivel global, predominó influenza A (H3N2) y la mayoría
de los virus estudiados son susceptibles a los fármacos inhibidores de la
neuraminidasa2 como el Oseltamivir. Con relación a la situación por
MERS-CoV3, se recomienda mantener la vigilancia de IRAG, examinando
con cuidado todos los casos inusuales, incrementando los conocimientos sobre
MERS-CoV entre viajeros con origen o destino de países afectados y la
aplicación de las medidas estándar de bioseguridad por parte de los
profesionales de salud con el fin de prevenir la trasmisión en los servicios de
salud, teniendo en cuenta que la sintomatología inicial no es específica para
MERS-CoV. Por lo tanto, se ha recomendado continuar fortaleciendo el
sistema de vigilancia epidemiológica, haciendo especial énfasis en los eventos
respiratorios inusitados, casos de influenza con progresión atípica, IRA
asociada al contacto con animales enfermos en viajeros a zonas de riesgo e IRAG
en personal de salud. En Colombia, el Instituto Nacional de Salud (INS), en el
informe final de IRA, indicó que hasta la SE 52 de 2016 se notificaron
6.246.914 registros de consulta externa y urgencias por IRA, en comparación con
5.530.387 del año anterior, registrándose un aumento del 13% en las consultas
externas y urgencias por IRA; Bogotá, Antioquia y Valle del Cauca notificaron
el 51 % de los registros. En cuanto a las hospitalizaciones en sala general por
IRAG, hasta la SE 52 de 2016 se notificaron al Sivigila 231.313 registros, en
comparación con 200.486 del año anterior, representando un aumento del 15,4%
respecto al año anterior. La hospitalización en UCI a la SE 52 de 2016 fue de
16.209, mientras que para el año anterior se registraron 13.618, registrándose
un aumento del 15,4% respecto al año anterior. A SE 52 de 2016, el Virus Sincitial Respiratorio representó
el 40,6% del total de muestras con resultado positivo, seguido de Influenza con
el 18,3%, Parainfuenza con el 10,5%, Adenovirus con el 7,5%, Rhinovirus con el
6,4%, Metapneumovirus con el 4,8%, Bocavirus con el 5,4%, Coronavirus (no MERS)
con el 4,9% y Enterovirus con el 1,5%. En cuanto al Virus de Influenza, el de mayor proporción fue
el subtipo de influenza A (H1N1) pdm09 con el 76,7%, seguido por influenza B
con el 9,7 e influenza A (H3N2) con el 7,6%.4. Por otro lado, de
acuerdo con el boletín epidemiológico del INS, a SE 25 de 2017, se han
notificado 3.478.560 casos por IRA en consulta externa y urgencias, y en las
últimas semanas se ha presentado un incremento en el reporte de IRAG inusitado
con relación a lo esperado en los departamentos de Casanare, Cesar y Caldas. Hasta la SE 25 de 2017, han ingresado al Sivigila 216
muertes por IRA en menores de 5 años, lo que muestra una disminución del 28.5%
con relación a la presentada en 2016 con 302 muertes para el mismo periodo.
Guainía, Chocó y Vichada presentan la mayor mortalidad por IRA hasta la fecha5. Respecto a la circulación viral, a SE 21 de 2017, el Virus
Sincitial Respiratorio corresponde al 31,0 % del total de muestras positivas,
seguido del virus Parainfluenza con el 13,0 %, Adenovirus con el 12,0 %,
Bocavirus con el 8,0 %, Coronavirus con el 8,0 %, subtipo de influenza A/H3 con
el 7,0 %, Metapneumovirus con el 6,0 %, Rinovirus con el 6,0 %, influenza A
(H1N1)pdm09 con el 4,0 %, influenza B con el 4,0 % y enterovirus con el 1,0 %.6 Por lo anteriormente indicado, para la vigilancia de la IRA
es fundamental implementar medidas de prevención y control de manera oportuna,
evitando la aparición de situaciones de alerta y/o brotes epidémicos y, por lo
tanto, es importante trabajar permanentemente en la anticipación de acciones
relacionadas con la promoción, prevención, atención y tratamiento de la IRA,
incluyendo la inmunización oportuna, la intensificación de vigilancia de
eventos inusitados, el fortalecimiento de las medidas de bioseguridad en atención
y manejo de casos, la identificación de casos en grupos poblacionales o
conglomerados, garantizando la información a viajeros y fortaleciendo el
trabajo intersectorial con el cual se promueva la salud respiratoria en todos
los entornos y demás acciones de salud pública que permitan mitigar la
ocurrencia de picos respiratorios. En consonancia con lo mencionado, con fundamento en la ley
estatutaria (Ley 1751 de 2015)7, la Política de Atención Integral en
Salud (PAIS) (Resolución 429 de 2016)8 y la Resolución 3202 de 20169,
relacionada con la adopción e implementación de las Rutas Integrales de
Atención en Salud, así como lo definido en el Protocolo Nacional de Vigilancia
en Salud Pública de la IRA, las guías, protocolos, lineamientos, estrategias y
las acciones plasmadas en las Circulares 009 y 038, ambas de 2012,
Intensificación de acciones para la vigilancia, control y manejo de casos de
Tosferina a nivel nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social imparte
las siguientes instrucciones de obligatorio cumplimiento a nivel nacional,
dejando sin efecto la Circular 0032 de 2016: 1. Responsabilidades para las Direcciones Departamentales,
Distritales y Municipales de Salud, Empresas Administradoras de Planes de
Beneficios, Entidades Responsables de los Regímenes Especiales y de Excepción e
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, públicas y privadas. 1.1. Implementar el Programa Nacional de Prevención, Manejo
y Control de la IRA, en sus cuatro componentes: gestión y planeación, atención
para la salud, gestión del conocimiento y sistemas de información y
seguimiento, conforme a sus competencias, programa que puede ser consultado en
la dirección electrónica: 1.2. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas
en el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad (SOGC) en el marco de sus
competencias.10 1.3. Seguir y cumplir con todas las intervenciones
establecidas en la ruta de promoción y mantenimiento de la salud, así como en
las rutas específicas que la componen, de acuerdo con el Modelo Integral de
Atención en Salud (MIAS) y la Política de Atención Integral en Salud (PAIS). 1.4. Asegurar la articulación de estrategias con las
Políticas dirigidas a la Primera Infancia, Infancia y Adolescencia. 1.5. Garantizar el cumplimiento de los Lineamientos para la Gestión y Administración del Programa Ampliado
de Inmunizaciones11 emitidos anualmente. 1.5.1. Iniciar, continuar y completar esquemas de
vacunación al 100% de los niños menores de seis años de edad. 1.5.2. Vacunar a niños menores de un año de edad con dos
dosis de vacuna contra el neumococo y garantizar la dosis de refuerzo a los
doce meses de edad. 1.5.3. Vacunar contra la influenza estacional a niños y
niñas de 6 a 23 meses, gestantes a partir de la semana 14 y adultos de 60 años
y más. 1.5.4. Vacunar contra Influenza estacional a los pacientes
inmunocomprometidos12. 1.5.5. Vacunar a gestantes con vacuna contra la tosferina
TdaP (Tétanos - Difteria - Tosferina Acelular) a partir de la semana 26 de
gestación. 1.6. Implementar estrategias de comunicación de acuerdo a
sus competencias, frente a los cuidados para evitar las infecciones
respiratorias agudas, así como al manejo inicial en casa y a los signos de
alarma para consultar, dirigido a padres y cuidadores. 1.7. Fortalecer el trabajo articulado entre las áreas de
prestación de servicios, salud pública y salud ambiental y otras, de dichas
instituciones, con el fin de ejecutar un trabajo integrado que facilite el
abordaje de la IRA en todas sus etapas. 1.8. Promover la implementación de estrategias para la
atención oportuna de los casos de IRA, como consulta prioritaria, atención
domiciliaria, atención según enfoque de riesgo, red de apoyo y centros de
atención móviles, entre otros. 2. Acciones a
cargo de la Superintendencia Nacional de Salud. 2.1 En cumplimiento de las instrucciones impartidas, la
Superintendencia Nacional de Salud debe ejercer las funciones de inspección,
vigilancia y control a los sujetos objeto de su competencia: Empresas
Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Direcciones Departamentales y
Distritales de Salud, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) que
integran el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de Atención en Salud del
Sistema General de Seguridad Social en Salud (SOGCS). 3. Acciones a
cargo de las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud. 3.1. Gestión y planeación. 3.1.1. Ejercer la rectoría requerida para el correcto
funcionamiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública (Sivigila) y
el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad (SOGC), en los prestadores de
servicios de salud públicos y privados de su jurisdicción. 3.1.2. Implementar y monitorear acciones dirigidas a la
prevención, manejo y control de la IRA y vincular esto a los Planes
Territoriales de Salud para su ejecución y seguimiento. 3.1.3. Ajustar y reactivar los planes de contingencia
departamentales y distritales ante el anuncio por parte de las autoridades
competentes sobre el incremento de lluvias y temporada invernal, con el fin de
brindar atención a los pacientes con IRA, articulando sus actividades con otros
sectores y actores. 3.1.4. Coordinar con las EAPB y prestadores de servicios de
salud, la ejecución de acciones de prevención de la IRA durante todos los
periodos del año. 3.1.5. Implementar estrategias de comunicación a nivel
territorial, dirigidas a padres y cuidadores frente a los cuidados para evitar
la IRA, el manejo inicial en casa y los signos de alarma para consultar. 3.1.6. Realizar asistencia técnica a los municipios de su
jurisdicción para que se garantice el despliegue de las acciones de prevención,
manejo y control de las IRA durante todos los periodos del año. 3.1.7. Fortalecer la movilización social e intensificar el
desarrollo de acciones conjuntas con el Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar (ICBF), los programas Más Familias en Acción, Red Unidos y demás
aliados estratégicos que se encuentren en su jurisdicción, garantizando a los
agentes de cambio el ejercicio de los tres mensajes del Programa Nacional de Prevención,
Manejo y Control de la IRA (¿Cómo evito que mi hijo, mi hija o mi adulto mayor
se enferme?, ¿Cómo lo/la cuido en casa?, ¿Cuándo debo consultar a un servicio
de salud?). 3.1.8. Participar y gestionar el fortalecimiento de los
espacios de coordinación, intervención y capacitación que involucren a los
diferentes actores relacionados con la prevención y control de factores de
riesgo ambientales para enfermedades respiratorias. 3.2. Atención para la salud. 3.2.1. Verificar que las Empresas Administradoras de Planes
y Beneficios -EAPB- de su jurisdicción realicen inducción activa a su población
afiliada para la utilización de servicios de protección específica y detección
temprana, mediante procedimientos e intervenciones de demanda inducida
priorizados de acuerdo con la Resolución 6408 de 201613, haciendo
énfasis en la consulta de atención prenatal y crecimiento y desarrollo. 3.2.2. Fortalecer la vigilancia de las condiciones de
habilitación de los prestadores de servicios de salud de la jurisdicción, con
énfasis en el cumplimiento de modalidades de atención en el prestador primario
como en el complementario, incluyendo las salas de atención de Enfermedad
Respiratoria Aguda -Sala ERA- y demás servicios relacionados con la atención de
pacientes con IRA. 3.2.3. Promover el cumplimiento del protocolo de la
modalidad Sala ERA existente y la reorganización de servicios para la
implementación de salas adicionales, con las que se garantice la atención de
episodios bronco-obstructivos en niños entre 2 meses y 5 años, así como el uso
de los dispositivos necesarios. 3.2.4. Verificar que los prestadores de servicios de salud
organicen sus servicios para garantizar la accesibilidad, oportunidad,
seguridad, pertinencia y continuidad de la atención en salud de los casos de
pacientes con IRA. 3.2.5. Aunar esfuerzos sectoriales e intersectoriales para
la evaluación del riesgo en los entornos, con el objeto de anticipar factores
de riesgo para poblaciones vulnerables relacionado con las enfermedades respiratorias. 3.3. Gestión del conocimiento. 3.3.1. Fortalecer la capacitación en los protocolos y guías
vigentes para la vigilancia y la atención de la IRA en los profesionales,
técnicos y auxiliares de los prestadores de servicios de salud de la jurisdicción,
así como en las acciones de prevención, manejo y control de la IRA. Igualmente,
adoptar las Guías de Práctica Clínica GPC relacionadas con la enfermedad
respiratoria aguda: manejo de neumonía y bronquiolitis; diagnóstico y manejo de
la tosferina y diagnóstico y manejo del asma en Niños, logrando su
implementación y seguimiento para el cumplimiento de las mismas14. 3.3.2. Realizar auditorías periódicas de cumplimiento de
protocolos y guías para la atención de la IRA a los prestadores de servicios de
salud y fomentar la adopción de acciones de mejoramiento por parte de los
mismos, de acuerdo con los hallazgos. Adicionalmente, realizar seguimiento a
las EAPB en su jurisdicción, para garantizar que adelanten estas mismas
acciones con su respectiva red contratada de prestadores de servicios de salud. 3.3.3. Garantizar el acceso oportuno y gratuito a todo
paciente que requiera la administración del Oseltamivir suministrado por el
Ministerio de Salud y Protección Social, a través de las Instituciones Prestadoras
de Servicios de Salud públicas y privadas y/o Centros Reguladores de Urgencias
y Emergencias CRUE de su jurisdicción, de tal forma que se asegure la
dispensación permanente (24/7) para el manejo profiláctico y terapéutico según
criterio médico y considerando el protocolo de atención y manejo de casos de
infección respiratoria aguda. 3.3.4. Asegurar la oportunidad de la referencia y
contrarreferencia de pacientes con IRA, de acuerdo con lo definido en las guías
de atención y los protocolos de manejo. 3.3.5. Promover el desarrollo de acciones conjuntas con las
sociedades académicas y científicas con el fin de propiciar estrategias para la
generación de capacidades, tanto institucionales como comunitarias, para
fomentar un mayor soporte teórico y metodológico en la construcción y
socialización de los diferentes planes, lineamientos y protocolos. 3.4. Sistema de información y seguimiento. 3.4.1. Intensificar las acciones de vigilancia, inspección
y control sobre el desarrollo de los procesos de Auditoría para el Mejoramiento
de la Calidad de la Atención de Salud, que propendan por una mejor promoción de
la salud, prevención, manejo y control de la IRA por parte de las IPS, en el
ámbito de sus respectivas jurisdicciones. 3.4.2. Verificar que las instituciones prestadoras de
servicios de salud de su jurisdicción cuenten con los planes de contingencia
requeridos para garantizar una atención integral de los pacientes con IRA. 3.4.3. Ejercer inspección, vigilancia y control de las
condiciones higiénico sanitarias en los establecimientos donde permanecen las
poblaciones confinadas (guarderías, escuelas, colegios, batallones, hogares
infantiles, geriátricos y cárceles, entre otros), con el fin de implementar
acciones correctivas tendientes a prevenir la ocurrencia de casos. 3.4.4. Garantizar la recolección y remisión sistemática de
las muestras al Instituto Nacional de Salud, a través de los Laboratorios de
Salud Pública, de las unidades centinelas de ESI-IRAG; así como las
provenientes de conglomerados o brotes de IRA, casos de IRAG inusitado y
muertes por IRA en menores de 5 años para estudio virológico, bacteriológico o
histopatológico, según el caso. 3.4.5. Realizar un análisis permanente de los datos
aportados por las estrategias de vigilancia de las diferentes expresiones de la
IRA para determinar comportamientos inusuales y tomar acciones oportunas. 3.4.6. Realizar la difusión y retroalimentación oportuna de
los resultados de la vigilancia entre todas las IPS, EAPB y demás entidades
interesadas de su jurisdicción, para el análisis de los casos que lo requieran
y su ajuste en el sistema dentro de los tiempos establecidos. 3.4.7. Liderar las unidades de análisis de las muertes por
IRA en menores de 5 años y las muertes por IRAG inusitado en el 100% de los casos,
conforme a lo establecido en el Protocolo Nacional de Vigilancia en Salud
Pública de la IRA establecido por el INS. 3.4.8. Verificar la implementación de los planes de
mejoramiento producto de las unidades de análisis de las muertes por IRA e
IRAG, donde se identifiquen fallas en la vigilancia epidemiológica del evento,
problemáticas de acceso a los servicios y calidad de la atención. 3.4.9. Comunicar al Equipo de Respuesta Inmediata del INS
(eri@ins.gov.co) y al Centro Nacional de Enlace (cne@minsalud.gov.co) las
situaciones inusuales una vez sean detectadas. 3.4.10. Promover el intercambio de los datos a través de
los espacios de gestión intersectoriales como los Consejos Territoriales de
Salud Ambiental, sobre el pronóstico de estado del tiempo que alerte a las
autoridades del sector salud sobre la necesidad de desarrollar estrategias de
comunicación a la población relacionadas con las condiciones de lluvia y
temperatura, como factores de riesgo de agudización de las enfermedades
respiratorias. 4. Acciones a
cargo de las Direcciones Municipales de Salud. 4.1. Gestión y planeación. 4.1.1. Aplicar dentro del modelo de Auditoría para el
Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud las acciones preventivas, de
seguimiento y coyunturales, referentes a las infecciones respiratorias agudas,
según sus competencias, conforme a los artículos 34 y 35 del Decreto 1011 de
200615, compilado en el Decreto 780 de 2016. 4.1.2. Coordinar con las EAPB y prestadores de servicios de
salud la ejecución de acciones de prevención de las infecciones respiratorias
agudas. 4.1.3. Realizar asistencia técnica a las Unidades Primarias
Generadoras de Datos (UPGD) de su jurisdicción para las acciones de prevención,
manejo y control de las infecciones respiratorias agudas. 4.1.4. Realizar asistencia técnica a las UPGD del municipio
para la capacitación y formación de los equipos de salud que realicen la
detección, reporte y manejo de casos. 4.1.5. Verificar que las instituciones prestadoras de
servicios de salud de su jurisdicción cuenten con los planes de contingencia
requeridos para garantizar una atención integral de los pacientes con IRA y
reactivar su despliegue ante el anuncio por parte de las autoridades
competentes sobre el incremento de lluvias y temporada invernal o incremento en
la demanda de atención por IRA, con el fin de brindar la atención de los
pacientes con IRA, articulando sus actividades con otros sectores y actores. 4.1.6. Fortalecer la movilización social e intensificar el
desarrollo de acciones conjuntas con el Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar ICBF, los programas Más Familias en Acción, Red Unidos y demás aliados
estratégicos que se encuentren en su jurisdicción, garantizando a los agentes
de cambio el ejercicio de los tres mensajes del Programa Nacional de
Prevención, Manejo y Control de la IRA (¿Cómo evito que mi hijo, mi hija o mi
adulto mayor se enferme?, ¿Cómo lo/la cuido en casa?, ¿Cuándo debo consultar a
un servicio de salud?). 4.2. Atención para la salud. 4.2.1. Fortalecer la vigilancia de las condiciones de
habilitación de los prestadores de servicios de salud de su jurisdicción, con
énfasis en el cumplimiento de requisitos de las salas ERA y demás servicios
relacionados con la atención de pacientes con IRA. 4.2.2. Promover el cumplimiento del protocolo de la
modalidad Sala ERA existente y la reorganización de servicios para la
implementación de salas adicionales, con las que se garantice la atención de
episodios bronco- obstructivos en niños entre 2 meses y 5 años, así como el uso
de los dispositivos necesarios. 4.2.3. Verificar que los prestadores de servicios de salud
organicen sus servicios para garantizar la accesibilidad, oportunidad,
seguridad, pertinencia y continuidad de la atención en salud de los casos de
pacientes con IRA. 4.2.4. Garantizar la distribución y acceso oportuno y
gratuito del tratamiento antiviral Oseltamivir, suministrado por el Ministerio
de Salud y Protección Social en coordinación con la Dirección Departamental de
Salud, a través de la red prestadora de servicios, tanto pública como privada
de su jurisdicción para el manejo profiláctico y terapéutico de casos, según
criterio médico y considerando las indicaciones de la presente circular. La
dispensación de Oseltamivir debe efectuarse las 24 horas del día los 7 días de
la semana. 4.3. Gestión del conocimiento. 4.3.1. Apoyar la generación de capacidades institucionales
en las IPS en protocolos y guías vigentes para la vigilancia y atención de la
IRA en los profesionales, técnicos y auxiliares de los prestadores de servicios
de salud de la jurisdicción, así como en las acciones de prevención, manejo y
control de las IRA. 4.3.2. Promover el desarrollo de acciones conjuntas con las
sociedades académicas y científicas con el fin de propiciar estrategias para la
generación de capacidades, tanto institucionales como comunitarias, para
fomentar un mayor soporte teórico y metodológico en la construcción y
socialización de los diferentes planes, lineamientos y protocolos. 4.3.3. Implementar estrategias de comunicación frente a los
cuidados para evitar las infecciones respiratorias agudas, manejo inicial en
casa y signos de alarma para consultar, dirigido a padres y cuidadores. 4.4. Sistema de información y seguimiento. 4.4.1. Identificar la población confinada de su
jurisdicción (guarderías, escuelas, colegios, batallones, hogares infantiles,
geriátricos y cárceles, entre otros), para implementar acciones tempranas de
promoción y prevención de la enfermedad, así como la sensibilización para la
atención oportuna y la notificación de casos o conglomerados que se presenten
en estas poblaciones. 4.4.2. Ejercer inspección, vigilancia y control de las
condiciones higiénico sanitarias en los establecimientos donde permanecen las
poblaciones confinadas con el fin de implementar acciones correctivas
tendientes a prevenir la ocurrencia de casos. 4.4.3. Notificar de inmediato a la Dirección
Departamental/Distrital de Salud todo caso sospechoso de IRAG inusitado, así
como las situaciones inusuales que sean detectadas, tales como brotes o
conglomerados de IRA o cualquier comportamiento que supere la línea basal de
los indicadores de vigilancia rutinaria de IRA en los municipios, de acuerdo
con el protocolo nacional de vigilancia en salud pública de la IRA del INS, así
como cualquier aumento en la demanda en la prestación de los servicios y/o el
ausentismo escolar/laboral. 4.4.4. Coordinar la remisión de las muestras de las
unidades centinelas de ESI-IRAG, conglomerados o brotes de IRA, casos de IRAG
inusitado y muertes por IRA para la identificación del agente etiológico a
través del Laboratorio de Salud Pública. 4.4.5. Liderar las unidades de análisis de las muertes por
IRA en menores de 5 años y las muertes por IRAG inusitado en el 100% de los
casos, conforme a lo establecido en el Protocolo Nacional de vigilancia de IRA
establecido por el INS. 4.4.6. Verificar la implementación de los planes de
mejoramiento producto de las unidades de análisis de las muertes por IRA, donde
se identifiquen fallas en la vigilancia epidemiológica del evento,
problemáticas de acceso a los servicios y calidad de la atención. 4.4.7. Comunicar al Equipo de Respuesta Inmediata del INS
(eri@ins.gov.co) y al Centro Nacional de Enlace (cne@minsalud.gov.co) las
situaciones inusuales una vez sean detectadas. 5. Acciones a
cargo de las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) y
Entidades Responsables de regímenes Especiales y de Excepción. 5.1 Gestión y planeación. 5.1.1. Desarrollar acciones de coordinación y articulación
con las entidades territoriales para la ejecución de estrategias de promoción
de la salud, detección y prevención de los riesgos que afectan la salud de la
población afiliada. 5.1.2. Suministrar la información de la población afiliada
a la autoridad sanitaria competente, acorde con los protocolos, lineamientos y
fines propios del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública (Sivigila). 5.1.3. Planear la atención integral de la población
afiliada partiendo de la caracterización e identificación según enfoque de
riesgo. 5.1.4. Contar con una red prestadora de servicios de salud
contratada que asegure la accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia y
continuidad en la atención de los casos de IRA y garantizar el funcionamiento
satisfactorio de su operación al 100% de la población afiliada, incluyendo
población en condiciones de vulnerabilidad, rural y rural disperso, de tal
forma que cubra acciones de promoción, prevención, atención, rehabilitación y
paliación. 5.1.5. Vigilar y verificar la adecuada infraestructura, la
existencia y suficiencia de equipamientos, dispositivos médicos, medicamentos y
talento humano requerido para la atención de la IRA en su red de prestadores de
servicios de salud, procurando la eliminación de barreras de acceso a los
servicios de salud. 5.1.6. Contar con planes de contingencia que permitan la
suficiente capacidad de respuesta de su red, ante el incremento de la demanda
de servicios de salud. 5.2. Atención para la salud. 5.2.1. Garantizar que la población afiliada acuda a los
servicios de protección específica y detección temprana mediante procedimientos
e intervenciones de demanda inducida priorizados por la normatividad vigente,
haciendo énfasis en la asistencia a consulta de atención prenatal, así como
crecimiento y desarrollo. 5.2.2. Promover en su red de prestadores de servicios de
salud primarios y complementarios, la implementación de estrategias para la
atención oportuna de los casos de IRA, la reorganización de servicios para la
implementación de salas adicionales, considerando la modalidad de Salas ERA
para la atención de episodios bronco-obstructivos en niños entre 2 meses y 5
años, así como consulta prioritaria, atención domiciliaria, atención según
enfoque de riesgo, red de apoyo y centros de atención móviles, incluyendo el
uso de los dispositivos necesarios. 5.2.3. Realizar asistencia técnica a su red de prestadores
de servicios de salud para verificar el cumplimiento de las acciones de
prevención, manejo y control de las infecciones respiratorias agudas,
incluyendo el seguimiento a los esquemas de vacunación en menores de 5 años,
gestantes y adultos de 60 años y más. 5.2.4. Asegurar la oportunidad de la referencia y
contrarreferencia de pacientes con IRA de acuerdo con lo definido en las guías
de atención y los protocolos de manejo. 5.2.5. Verificar que los prestadores de su red cuenten con
reservas suficientes de Oseltamivir para manejo profiláctico y terapéutico de
casos que se requieran. 5.3. Gestión del conocimiento. 5.3.1. Apoyar procesos de generación de capacidades
institucionales basadas en protocolos y guías vigentes para la atención de la
IRA en los profesionales, técnicos y auxiliares de los prestadores de servicios
de salud de su red de atención, así como las acciones de prevención, manejo y
control de la IRA. Igualmente, adoptar las GPC relacionadas con enfermedades
respiratorias agudas, en prestadores primarios y complementarios: manejo de
neumonía y bronquiolitis; diagnóstico y manejo de la tosferina y diagnóstico y
manejo del asma en niños. 5.3.2. Monitorear el cumplimiento de las guías de manejo y
protocolos de atención para el evento, así como el cumplimiento de las normas
de bioseguridad y elementos de protección personal. 5.3.3. Implementar estrategias de comunicación a sus
afiliados, dirigidas a padres y cuidadores frente a los cuidados que se deben
tener para evitar las infecciones respiratorias agudas, así como su manejo
inicial en casa y signos de alarma para consultar. 5.4. Sistema de información y seguimiento. 5.4.1 Realizar el seguimiento y monitoreo de la oportunidad
de su red de prestadores de servicios de salud, tanto de sus prestadores
primarios como los complementarios, sobre el cumplimiento de las acciones de
prevención, manejo y control de la IRA en la población de su jurisdicción. 5.4.2. Realizar seguimiento a la gestión de eventos
adversos relacionados con la atención de IRA, realizada por los prestadores de
su red. 5.4.3. Analizar y utilizar la información de la vigilancia
epidemiológica para la toma oportuna de decisiones que afecten o puedan afectar
la salud individual o colectiva de la población afiliada. 5.4.4. Participar activamente en las unidades de análisis de
las muertes por IRA en menores de 5 años y las muertes por IRAG inusitado en el
100% de los casos en su población afiliada, conforme con lo establecido en el
Protocolo Nacional de Vigilancia en Salud Pública de la IRA publicado por el
INS. 5.4.5. Autorizar la realización de necropsia para la
obtención de muestras de tejido en todos los casos de muerte por IRA en menores
de 5 años y muertes por IRAG inusitado. 5.4.6. Realizar auditorías periódicas de cumplimiento a
protocolos y guías para la atención de la IRA en los prestadores de su red
contratada y fomentar la adopción de acciones de mejoramiento en las IPS de
acuerdo con los hallazgos. 5.4.7. Participar en la elaboración, implementación y
seguimiento de los planes de mejoramiento de aquellos casos donde se
identifiquen problemáticas de acceso a los servicios y calidad de la atención. 5.4.8. Realizar seguimiento a la implementación de los
planes de mejoramiento formulados por los prestadores de servicios de salud
contratados para prevenir y mitigar los eventos adversos presentados,
relacionados con la atención de los casos de IRA. 6. Acciones a
cargo de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Públicas y
Privadas. 6.1. Gestión y planeación. 6.1.1. Garantizar el cumplimiento de los estándares y
criterios mínimos de habilitación establecidos en la Resolución 2003 de 201416,
o la norma que la modifique o sustituya, realizando autoevaluación anual de
dicho cumplimiento. 6.1.2. Incluir dentro del modelo de Auditoría para el
Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud las acciones preventivas, de
seguimiento y coyunturales referentes a la IRA, según sus competencias,
conforme a los artículos 34 y 35 del Decreto 1011 de 2006, compilado en el
Decreto 780 de 2016. 6.1.3. Desarrollar acciones de coordinación y articulación
con las EAPB para la ejecución de estrategias de promoción de la salud y
prevención de los riesgos que afectan la salud de la población afiliada. 6.1.4. Garantizar el acceso de la población usuaria
incluyendo población en condiciones de vulnerabilidad, a los servicios de
promoción de la salud, prevención de la enfermedad, atención, rehabilitación y
paliación. 6.1.5. Fortalecer el trabajo articulado entre las IPS, EAPB
y la Dirección Territorial de Salud desde las áreas de prestación de servicios
y salud pública, con el fin de ejecutar un trabajo integrado que facilite el
abordaje de esta patología en todas sus etapas. 6.1.6. Implementar procesos, procedimientos y/o actividades
de clasificación y priorización de pacientes respiratorios de acuerdo con la
Resolución 5596 de 201517, o la norma que la modifique o sustituya,
lo cual podrá ser realizado en áreas que cuenten con espacio para
interrogatorio y examen físico, suministro de oxígeno, toma de muestras,
procedimientos y estabilización de pacientes, cumpliendo con las medidas de
bioseguridad requeridas para disminuir el riesgo de Infecciones Asociadas a la
Atención en Salud (IAAS). 6.2. Atención para la salud. 6.2.1. Ofrecer y/o canalizar a servicios de protección
específica y detección temprana a sus usuarios, los cuales deben cumplir con
todos los atributos de la calidad, mediante procedimientos e intervenciones de
demanda inducida priorizados por la normatividad vigente, haciendo énfasis en
la asistencia a consulta de atención prenatal, así como crecimiento y
desarrollo. 6.2.2. Desarrollar e implementar estrategias para la
atención oportuna de los casos de IRA, así como planes de contingencia para la
atención oportuna y adecuada de los casos de IRA durante los picos
respiratorios, garantizando una adecuada infraestructura y disponibilidad de
insumos, equipos médicos y talento humano. 6.2.3. Implementar estrategias de comunicación dirigido a
usuarios frente a los cuidados para evitar la IRA, el manejo inicial en casa y
los signos de alarma para consultar. 6.2.4. Diseñar e implementar estrategias para la atención
oportuna de los casos de IRA en el prestador primario y en el complementario,
reorganizar los servicios para la implementación de salas adicionales
considerando la modalidad de salas ERA para la atención de episodios
bronco-obstructivos en niños entre 2 meses y 5 años, así como, consulta
prioritaria, atención domiciliaria, atención según enfoque de riesgo, red de
apoyo y centros de atención móviles, entre otros, de acuerdo con los protocolos
vigentes que permitan garantizar la atención oportuna, así como el uso de los
dispositivos necesarios. 6.2.5. Generar estrategias que aseguren la atención sin
barreras de acceso en la prestación de servicios de salud dirigida a la
población en riesgo. 6.2.6. Garantizar el cumplimiento del protocolo de la
modalidad sala ERA existente y generar estrategias que aseguren la atención sin
barreras de acceso en la prestación de servicios de salud, dirigida a la
población en riesgo. 6.2.7. Suministrar el antiviral Oseltamivir, para el manejo
profiláctico y terapéutico de casos, según criterio médico y considerando el
protocolo de atención y manejo de casos de IRA. Para las indicaciones de
administración debe cumplirse lo dispuesto en la Circular 055 de 2010 y las
recomendaciones expuestas por el Centro para el Control y la Prevención de
Enfermedades (CDC), así: 6.2.7.1. Paciente con cuadro clínico que reúne condiciones
de IRAG de tipo inusitado, de acuerdo con la definición de caso establecida en
el Protocolo Nacional de Vigilancia en Salud Pública de la IRA del INS. 6.2.7.2. Niños menores de 2 años y Adultos mayores de 65
años con sospecha de influenza. 6.2.7.3. Todo caso de infección respiratoria aguda de tipo
viral compatible con influenza, independiente del resultado del laboratorio, en
pacientes con enfermedad crónica de base: personas con enfermedad pulmonar
crónica (incluyendo asma), cardiovascular (excepto, hipertensión), enfermedad
renal, hepática, hematológica (incluyendo enfermedad de células falciformes),
desórdenes metabólicos, condiciones neurológicas y del neurodesarrollo, retardo
mental, alteraciones del desarrollo moderado o severo y distrofia muscular o enfermedad
de la médula espinal. 6.2.7.4. Personas con inmunosupresión, incluyendo las
causadas por medicamentos o por infección por VIH. 6.2.7.5. Casos de ESI valorados en el servicio de
urgencias, que a juicio del médico tratante evoluciona de una manera rápida
hacia el empeoramiento. 6.2.7.6. Mujeres en estado de embarazo y posparto (dentro
de las 2 semanas posparto). 6.2.7.7. Personas menores de 19 años que reciben terapia
por largo tiempo con aspirina. 6.2.7.8. Personas con obesidad mórbida. 6.2.7.9. Personas residentes en hogares de cuidado18. 6.2.8. Notificar los casos con reacciones adversas a la
administración de Oseltamivir a la correspondiente Dirección Territorial de
Salud y al Invima. 6.2.9. Intensificar medidas de bioseguridad y garantizar
los suministros requeridos para disminuir el riesgo de transmisión, tales como
insumos para lavado de manos, alcohol glicerinado y Elementos de Protección
Personas (EPP) como mascarillas quirúrgicas, batas y guantes, entre otros. 6.3. Generación del conocimiento. 6.3.1. Liderar procesos de generación de capacidades
institucionales en protocolos y guías vigentes para la atención de la IRA en
los profesionales, técnicos y auxiliares de los prestadores de servicios de
salud primarios y complementarios de la jurisdicción, así como en las acciones
de prevención, manejo y control de la IRA. Igualmente, adoptar las GPC
relacionadas con enfermedad respiratoria aguda como son: manejo de neumonía y
bronquiolitis; diagnóstico y manejo de la tosferina y diagnóstico y manejo del
asma en niños. 6.3.2. Realizar auditorías internas periódicas de
adherencia a los protocolos y guías para la atención de la IRA en los
diferentes servicios que atienden pacientes y documentar, implementar y evaluar
acciones de mejoramiento según los hallazgos. 6.4. Sistemas de información y seguimiento. 6.4.1. Desarrollar e implementar planes de contingencia
para la atención oportuna y correcta de los casos de IRA, especialmente durante
los picos respiratorios, garantizando una adecuada infraestructura,
disponibilidad de insumos, equipos médicos y suficiencia de talento humano. 6.4.2. Realizar análisis de causa para los eventos adversos
sucedidos relacionados con la atención de pacientes con IRA. 6.4.3. Documentar, implementar y evaluar acciones de
mejoramiento para las causas identificadas como prioritarias en el análisis de
los eventos adversos presentados, relacionados con la atención de pacientes con
IRA. 6.4.4. Notificar de inmediato a la Dirección Departamental
y Municipal de salud todo caso de IRAG inusitado que cumpla la definición de
caso según los criterios establecidos en el Protocolo Nacional de Vigilancia en
Salud Pública de la IRA. 6.4.5. Realizar la notificación de eventos de morbilidad y
mortalidad por IRA, según indicaciones dadas en el Protocolo Nacional de
Vigilancia en Salud Pública de la IRA. 6.4.6. Garantizar la correcta recolección de muestras de
secreción respiratoria y remitirlas al Laboratorio de Salud Pública para la
identificación de agentes etiológicos, de acuerdo con lo establecido en el
Protocolo Nacional de Vigilancia en Salud Pública para la IRA. 6.4.7. Realizar la necropsia para la obtención de muestras
de tejido en todos los casos de muerte por IRA en menores de 5 años y muertes
por IRAG inusitado. 6.4.8. Participar activamente en las unidades de análisis
convocadas por las autoridades nacionales, departamentales y locales, y aportar
la información requerida para la caracterización de los casos, o que pueda
complementar los estudios de campo requeridos por las autoridades
departamentales y locales, conforme a lo establecido en el Protocolo Nacional
de Vigilancia en Salud Pública de la IRA. 6.4.9. Analizar y utilizar la información de la vigilancia
epidemiológica para la toma oportuna de decisiones que afecten o puedan afectar
la salud individual o colectiva de la población atendida. 6.4.10. Implementar las acciones correctivas establecidas
en los planes de mejoramiento de aquellos casos donde se identificaron fallas
en el proceso de vigilancia, problemáticas de acceso a los servicios y calidad
de la atención. Publíquese,
comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá,
D.C., a los 14 días del mes de julio del año 2017. El Ministro de
Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria
Uribe. (C. F.). NOTAS
DE PIE DE PÁGINA 1Protocolo de
Vigilancia en Salud Pública de la Infección Respiratoria Aguda (IRA) 2016.
Disponible en:
http://www.ins.gov.co/lineasdeaccion/SubdireccionVigilancia/sivigila/Protocolos%20SIVIGILA/PRO%20Infeccion%20Respiratoria%20Aguda%20IRA.pdf 2Influenza
situation report. Regional update, influenza Epidemiological week 42-52. 2016
Disponible en
http://www.paho.org/hq/indez.php?option=comcontent&view=article&id=3352&Itemid=2469&lang=en 3Preparación y respuesta ante emergencias.
Coronavirus causante del síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS-Co
V-Arabia Saudita) 2016. Disponible en:
http://www.who.int./csr/don/19-december-2016-2-mers-saudi-arabia/es/ 4Informe del
Evento Infección Respiratoria Aguda, Hasta el Periodo Epidemiológico Xiii, Colombia,
2016. Disponible en:
http://www.ins.gov.co/lineas-de-accion-/Subdireccion-Vigilancia/Informe%20de%20Evento%20Epidemiolgico/INFECCI%C3%93N%20RESPIRATORIA%20AGUDA%20Periodo%20XIII%20de%202016.pdf 5Boletín
Epidemiológico INS. Semana epidemiológica |número 25 de 2017| 18 de mayo a 24
de junio de 2017. Disponible en:
http://www.ins.gov.co/boletinepidemiologico/Boletn%20Epidemiolgico/2017%20Bolet%C3%ADn%20epidemiol%C3%B3gico%20semana%2025.pdf 6Boletín
Epidemiológico INS. Semana epidemiológica |número 22 de 2017| 28 de mayo a 3 de
junio de 2017. Disponible en:
http://www.ins.gov.co/boletin-epidemiologico/Boletn%20Epidemiolgico/2017%20Bolet%C3%ADn%20epidemiol%C3%B3gico%20semana%2022.pdf 7Ley 1751 de
2015. Disponible en https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/INEC/IGUB/ley1751-de-2015.pdf 8Resolución 429
de 2016. Disponible en:
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%200429%20de%202016.pdf 9Resolución 3202
de 2016. Disponible en:
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%203202%20de%202016.pdf 10Decreto 780 de
2016. Disponible en:
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%200780%20de%202016.pdf 11Lineamientos
para la Gestión y Administración del Programa Ampliado de Inmunizaciones -PAI-.
Disponible en:
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/PAI/lineamientos-pai-2017.pdf 12Lineamientos
para la vacunación de Influenza Estacional. Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/PAI/Lineamientos-vacunacion-influenza-estacional-cepa-sur-2017.pdf 13Resolución 6408
de 2016. Disponible en:
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%206408%20de%202016.pdf#search=resolución. Título III: Capítulo I, Artículo 18;
Título IV Artículo 72. 1414 Guía de
Práctica Clínica para la evaluación del riesgo y manejo inicial de la neumonía
en niños y niñas menores de 5 años y bronquiolitis en niños y niñas menores de
2 años. Disponible en:
http://gpc.minsalud.gov.co/gpc_sites/Repositorio/Otros_conv/GPC_neumonia/GPC_neumonia_completa.aspx 15Decreto 1011 de
2006. Disponible en:
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/DECRETO%201011%20DE%202006.pdf 16Resolución 2003
de 2016. Disponible en:
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%202003%20de%202014.pdf 17Resolución 5596
de 2015. Disponible en:
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-5596-de-2015.pdf |