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ACUERDO
LOCAL 055 DE 2017 (Junio 27) Por el
cual se efectúa una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos
e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia
fiscal de 2017 LA JUNTA
ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que
le confiere la Constitución Política en su artículo 324, el Decreto Ley 1421 de
1993 y el Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010,
“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo
Local – F.DL.,” establece: ARTICULO 38°.
Distribución de Excedentes Financieros con Criterio de Eficiencia. El
excedente financiero de los F.D.L. se distribuirá entre las localidades con
criterio de eficiencia, por parte del CONFIS. Al momento del ajuste, si la
situación fiscal del Distrito lo permite, se entregarán estos recursos atendiendo
al grado de cumplimiento de las metas establecidas en la matriz de Productos,
Metas y Resultados y las necesidades apremiantes no financiadas que determine
el CONFIS. El
Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS al adoptar las determinaciones
de este Artículo deberá considerar el concepto del Alcalde Local
correspondiente sobre las implicaciones económicas y financieras de la
distribución de los excedentes financieros propuestos. Que el artículo 39°. Distribución de la Disponibilidad Final, establece: El Alcalde
Local presentará a la JAL para su aprobación la distribución de la
Disponibilidad Final al mismo nivel al que aprueba el presupuesto, una vez se
haya efectuado el Ajuste por Cierre Presupuestal, previo concepto del CONFIS.
Una vez aprobado por la JAL el Alcalde sancionará el Acuerdo y expedirá el
Decreto de Liquidación respectivo. Que el FDL de Ciudad Bolívar a 31 de diciembre
de 2016, presentó un monto de excedentes de CINCO MIL CIENTO OCHO MILLONES
VEINTEMIL OCHOCIENTOS NUEVE PESOS ($ 5.108.020.809) M/CTE. Que mediante la Circular CONFIS Nº 02 del 06 de
abril de 2017, se comunica que mediante la sesión Nº 03, celebrada los días 30
y 31 de marzo de 2017,y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del
Decreto 372 de 2010, resolvió la distribución de los excedentes financieros de
los veinte Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2016, por un
total de SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA
Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($60.452.231.233) M/CTE., los cuales
se destinarán considerando los conceptos y propuestas de los Alcaldes Locales y
las necesidades apremiantes que presenta la ciudad. Que en concordancia con lo
señalado por el CONFIS, asignó al Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar la suma de TRES MIL
QUINIENTOS VEINTISÉIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS
PESOS ($3.526.380.156) M/ CTE, los cuales se distribuirán en el proyecto 3-3-1-15-01-11-1422 Ciudad Bolívar en cultura, deporte y recreación mejor para todos,
para el fortalecimiento de eventos y formación cultural. Que mediante comunicación Nº 2-2017-20494 del
11 de mayo de 2017, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto
favorable sobre la asignación de los excedentes financieros de la localidad de
Ciudad Bolívar. Por lo anterior, una vez surtido el proceso de
aprobación por parte de la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar, el
Alcalde Local (E) emitirá el Decreto de incorporación de los recursos
adicionados. Que en mérito de lo
anteriormente expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO
1°:
Aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e
Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia
Fiscal de 2017, conforme al siguiente detalle:
El presente Acuerdo Local rige a partir de la
fecha de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en
Bogotá, a los 27 días del mes de junio del año 2017 LUIS
ALFONSO ACEVEDO CASTAÑO Presidente
de la Junta Administradora Local PABLO
HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ Secretario
General El
Alcalde Local de Ciudad Bolívar, sanciona el presente Acuerdo a los 30 días del
mes de junio del año 2017 RAY G.
VANEGAS HERRERA Alcalde
Local (E) |
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