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Decreto Local 009 de 2017 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
10/08/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/08/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No 6141 del 23 de agosto de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 009 DE 2017

 

(Agosto 10)

 

Por el cual se amplía el término de las sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local convocadas a través del decreto 008 de 2017

 

EL ALCALDE LOCAL DE USME

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Articulo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso segundo del artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 prevé que las Juntas Administradoras Locales se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que el mismo someta a su consideración.

 

Que de conformidad con el literal c del numeral 2 del artículo 31 del Decreto 372 de 2010 “Si persistiera el saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por el F.D.L. mediante acuerdo JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”.

 

Que de acuerdo con la Circular N°. 02 de 2017 emitida por el CONFIS y de conformidad con lo establecido en los Artículos 10 y 78 del Decreto Distrital 714 de 1996, del Articulo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y con la sesión N°. 03 del 30 y 31 de marzo de 2017, se determinó que la localidad debe distribuir excedentes financieros por el valor de CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRECIENTOS DIECIOCHO ($198.283.318).

 

Que mediante comunicación No. 2-2017-17747 de fecha veintiséis (26) de abril de 2017, la Secretaria Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre la modificación de la inversión por CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRECIENTOS DIECIOCHO ($198.283.318) en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la presente vigencia fiscal.

 

Que para proceder a la incorporación en el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme el Alcalde Local expidió el Decreto Local N° 008 DE 2017 (04 DE AGOSTO DE 2017) “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local” con el fin que la Junta Administradora Local adelante estudio, evaluación y aprobación del Acuerdo Local “Por el cual se efectúa una Adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2017”.

 

Que el término de las sesiones extraordinarias fue estipulado entre el Nueve (09) al Doce (12) de Agosto de dos mil diecisiete (2017) inclusive.

 

Que el citado término fue objeto de observación en el acto de instalación de las sesiones extraordinarias realizadas el día 09 de agosto de 2017 por parte de la JAL, la cual solicitó ampliarlo por tres (3) días más debido al tiempo que lleva el procedimiento al interior de dicha Corporación.

 

Que, en mérito de lo expuesto anteriormente,

 

DECRETA:

 

ARTICULO PRIMERO: Ampliar el plazo de las sesiones extraordinarias por el periodo de tres (3) días más, es decir hasta el Quince (15) de Agosto de dos mil diecisiete (2017) inclusive, con el fin de que la Junta Administradora Local adelante estudio, evaluación y aprobación del Acuerdo Local “Por el cual se efectúa una Adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2017”.

 

ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 10 días del mes de agosto de 2017

 

JORGE ELIÉCER PEÑA PINILLA

 

Alcalde Local de Usme