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DECRETO LOCAL NÚMERO 004 DE 2017
(Agosto 4)
Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de ingresos y de gastos e inversiones del fondo de desarrollo local de Engativá, para la vigencia fiscal 2017
LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el tercer inciso del artículo 31 del Decreto 372 del 3 de agosto de 2010 estipula sobre los traslados presupuestales: “… Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”.
Que la Administración Local reviso la ejecución presupuestal a 30 de junio de 2017 y en el cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones, encontró que los rubros presupuestales: 3.1.2.01.03 - Combustibles, Lubricantes y Llantas, 3.1.2.02.08.05 - Servicios Públicos – Gas y el 3.1.8.02 - Obligaciones por pagar – Gastos Generales (liberados) cuenta con estos recursos disponibles y sin ejecutar por valor de Sesenta y Un Millones Cuatrocientos Setenta y Cinco Mil Novecientos Setenta y Cuatro Pesos Mcte $61.475.974.
Que los recursos del párrafo anterior, $61.475.974, se deben trasladar para fortalecer el normal funcionamiento de esta Alcaldía en los rubros presupuestales 3.1.2.01.02 - Gastos de Computador por valor de $26.775.974, 3.1.2.02.05.01 - Mantenimiento Entidad por valor de $25.000.000, 3.1.2.02.06.05 - Seguro de Salud Ediles por valor de $4.000.000 y 3.1.2.02.08.04 – Teléfono la suma de $5.700.000, en la vigencia 2017.
Que la Alcaldía Local de Engativá durante la presente vigencia fiscal en el proceso de seguimiento y depuración de las Obligaciones por Pagar ha liberado saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según Acta de liberación de saldos No. 1 del 30 de mayo de 2017, por la suma de $283.607.481, correspondiéndole a los rubros presupuestales de Gastos de Funcionamiento el valor de $15.911.821, Inversión de la vigencia $75.000, Obligaciones por pagar de la vigencia 2016 el valor de $20.172.872 y por vigencias anteriores la suma de $247.447.788.
Que de Obligaciones por pagar de funcionamiento, se liberaron de los rubros: 3.1.8.02.01.02 Gastos de Computador $6.685, 3.1.8.02.01.04 Materiales y Suministros $15.737, 3.1.8.02.02.03 Gastos de Transporte y comunicación $1, 3.1.8.02.02.04 Impresos y Publicaciones $4.582, 3.1.8.02.02.05.0001 Mantenimiento Entidad $14.892.575, 3.1.8.02.02.06.0001 Seguros Entidad $991.183, 3.1.8.02.02.08.0004 Teléfono $10 y 3.1.8.02.02.11 Promoción Institucional $1.048.
Que una vez liberado el monto de Obligaciones por Pagar de Funcionamiento, $15.911.821, por un lado y por otra parte los rubros presupuestales 3.1.2.01.03 Combustibles, Lubricantes y Llantas $44.464,153 y 3.1.2.02.08.05 Servicios Públicos – Gas $1.100.000, es necesario efectuar un traslado presupuestal, con el fin de fortalecer económicamente el normal funcionamiento de la Alcaldía Local de Engativá.
Que para el presente traslado se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 996 del 21 de julio de 2017.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado No. 2017EE137742 del 3 de agosto de 2017, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, por valor de $61.475.974.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúense los siguientes cré- ditos al Presupuesto anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Bogotá D.C, en la Localidad 10 de Engativá, a los 04 días del mes de agosto de 2017.
ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN
Alcaldesa Local de Engativá |
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