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Decreto Local 008 de 2017 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
30/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/10/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6188 del 1 de noviembre de 2017
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 8 DE 2017

(Octubre 30)

Por el cual se realiza una modificación en el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal de 2017

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010 y

CONSIDERANDO:

1. Que la Circular 012 de 2011 de la Secretaría Distrital de Gobierno, establece que la liquidación de contratos y convenios suscritos por los Fondos de Desarrollo Local o por las entidades del sector central o descentralizado, con cargo a esos recursos, deberá realizarse dentro del término pactado en el documento contractual o a más tardar dentro de los treinta (30) meses siguientes a la terminación del contrato o convenio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007.

2. Que el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón con el fin de sanear las obligaciones por pagar procedió a realizar la respectiva liberación de recursos pertenecientes a vigencias anteriores que no fueron ejecutados por parte de los contratistas acorde con el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 217 del Decreto 19 de 2012, Circular 009 de 2011.

3. Que el artículo 28 del Decreto 372 de 2010, “En ningún caso los saldos liberados de Obligaciones por Pagar servirán para efectuar adiciones a otras obligaciones o pagos o para financiar nuevos compromisos”, por consiguiente, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI- debidamente registrados en el Banco de Programas y Proyectos local administrado por la Secretaria Distrital de Planeación

4. Que el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón realizó la liberación de saldos en el rubro 3-3-6- 90 Obligaciones por pagar vigencias anteriores, mediante las siguientes actas de anulación: Acta N° 1 por valor de $51.689.369, Acta N° 2 por valor de $8.658.964, Acta N° 3 por valor de $819.294.935, Acta N° 4 por valor de $136.257.177, Acta N° 5 por valor de $7.019.309, Acta N° 6 por valor de $27.741.888 Acta N° 7 por valor de $110.000 y las siguientes actas de fenecimiento: Acta N° 1 por valor de $39.895.629, Acta N° 2 por valor de $84.528.996 y Acta N° 3 por valor de $396.391.095, para un valor total de MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($1.571.587.362).

5. Que el Fondo de Desarrollo Local actualmente presenta necesidades que deben ser cubiertas para garantizar la operación normal en la prestación del servicio, motivo por el cual se requiere que los recursos disponibles en el rubro de obligaciones por pagar sean incorporados al presupuesto de la vigencia actual.

6. Que dentro de las metas del proyecto 1458 “Fontibón, territorio de oportunidades artísticas, culturales, recreativas y deportivas para todos” del plan de Desarrollo Local 2017-2020 de la localidad de Fontibón se encuentra la necesidad de realizar estrategias de procesos formativos artísticos, culturales y de formación deportiva en la localidad, adicionalmente se propone realizar festivales, eventos o jornadas culturales y artísticas que visibilicen el aporte que desde la lúdica y el desarrollo cultural local generando ambientes para la transformación de la cultura ciudadana y el fortalecimiento de la identidad y apropiación en el territorio de Fontibón, por lo anterior se requieren recursos por valor de TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($317.970.896), para adelantar las acciones tendientes a promover desde la formación artística estratégica y pedagógica a personas de la localidad de Fontibón, como lo son talleres de teatro, danza, artes plásticas, música, audiovisuales, literatura, procesos de formación deportiva y la realización de eventos artísticos y culturales.

7. Que dentro de las metas del proyecto 1474 “Fontibón, gestión pública, eficiente y transparente” del Plan de Desarrollo Local 2017-2020 de la localidad de Fontibón se encuentra el realizar estrategias de fortalecimiento Institucional, para la óptima gestión y desempeño de la administración local. Por lo tanto el Fondo requiere para desempeñar sus actividades contar con la disponibilidad suficiente del talento humano idóneo garantizando la capacidad administrativa, técnica y operativa, así como, la actualización de los recursos tecnológicos y los sistemas informáticos apropiados para poder desarrollar las funciones misionales.

8. Que el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, debido a que no dispone del personal de planta suficiente que responda con las actividades para alcanzar los propósitos de la actual administración, requiere contar con el apoyo de recurso humano para realizar y mantener las labores del día a día que garanticen la calidad y la capacidad de respuesta en los procesos que se adelantan en cada área, para lo cual se requiere la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS ($60.000.000) con el fin de adelantar la contratación de personal de apoyo a la gestión como estrategia del fortalecimiento institucional.

9. Que teniendo en cuenta la entrada en funcionamiento de la nueva sede administrativa de la Alcaldía Local de Fontibón, se requiere la suma de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($600.000.000) para la renovación, instalación y adecuación de equipos que puedan satisfacer las necesidades de acuerdo a la demanda de servicios, que mejoren la capacidad operativa, la ampliación del uso de nuevas tecnologías de la información como herramientas que contribuyen con la optimización de las actividades y acciones de la entidad.

10. Que dentro de las metas del proyecto 1462 “Fontibón, mejores parques para todos” del Plan de Desarrollo Local 2017-2020 de la localidad de Fontibón se encuentra la intervención de los parques vecinales y/o bolsillo, los cuales requieren mantenimiento rutinario y preventivo, adecuación de espacios, renaturalización y dotación de elementos, debido al continuo deterioro en su mayor porcentaje en senderos peatonales, canchas deportivas, mobiliario urbano, juegos de niños y demás elementos que son indispensables para el buen funcionamiento según las especificaciones técnicas suministradas por el IDRD.

11. Que de acuerdo con estos parámetros y la necesidad planteada se requiere adicionar recursos por valor de QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS DE PESOS ($593.616.466) con el fin de dar solución a la problemática de la comunidad de Fontibón, quienes realizan el uso frecuente de los espacios dedicados a generar bienestar a cada uno de los habitantes de la localidad.

12. Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 en su numeral 1 indica “… Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto… Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.”

13. Que este ajuste presupuestal cuenta con el respaldo de los CDP 697 del 28 de septiembre de 2017 y 703 del 05 de octubre de 2017.

14. Que mediante comunicación No. 2-2017-56469 del 13 de octubre de 2017, radicado en el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón bajo el número 2017-591-012206-2 del 17 de octubre de 2017 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

15. Que mediante comunicación No. 2017EE243797 del 27 de octubre de 2017, la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

16. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo Primero: Efectúese un contracrédito al presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para vigencia del 2017 por valor de MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($1.571.587.362), conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO

RUBRO

VALOR

3

GASTOS

1.571.587.362

3-3

INVERSIÓN

1.571.587.362

3-3-6

OBLIGACIONES POR PAGAR

1.571.587.362

3-3-6-90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

1.571.587.362

TOTAL CONTRACREDITOS

1.571.587.362

 

Artículo Segundo: Efectúese un crédito al presupuesto de Gatos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para vigencia del 2017 por valor de MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN MILLONES QUI NIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($1.571.587.362), conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO

RUBRO

VALOR

3

GASTOS

1.571.587.362

3-3

INVERSIÓN

1.571.587.362

3-3-1

DIRECTA

1.571.587.362

3-1-1-15

Bogotá Mejor para todos

1.571.587.362

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

317.970.896

3-3-1-15-01-11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

317.970.896

3-3-1-15-01-11-1458

Fontibón, territorio de oportunidades artísticas, culturales, recreativas y deportivas para todos

317.970.896

3-3-1-15-02

Pilar Democracia urbana

593.616.466

3-3-1-15-02-17

Espacio público, derecho de todos

593.616.466

3-3-1-15-02-17-1462

Fontibón mejores parques para todos

593.616.466

3-1-1-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

660.000.000

 

3-1-1-15-07-45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

660.000.000

3-1-1-15-07-45-1474

Fontibón, gestión pública eficiente y transparente

660.000.000

TOTAL CREDITOS

$1.571.587.362

 

Artículo Tercero: El presente Decreto Local rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).

JOHANNA PAOLA BOCANEGRA OLAYA

Alcaldesa Local de Fontibón