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Decreto Local 013 de 2017 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
29/09/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/10/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6171 del 06 de octubre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 013 DE 2017

 

(Septiembre 29)

 

Por medio del cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto Anual de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2017

 

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421/93 y artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto 2010, y en especial el Decreto 597 de 2007 en el artículo 16, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – FDL”, determina que los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local, con concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que a través del Decreto Local No.17 de Diciembre 20 de 2016, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.

 

Que teniendo en cuenta el Proyecto 3.1.15.01.02.1287 denominado “Acciones de atención integral para el fortalecimiento y protección de la infancia” y que en la vigencia 2017 le fue asignado a este proyecto recursos por $211.483.000 para desarrollar estrategias de sensibilización y formación dirigida a madres, padres y cuidadores de niños en la Localidad que permitan generar entornos protectores para los niños, niñas y adolescentes y ampliar así sus oportunidades contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida, enfocado al ejercicio de las acciones en quienes tienen condiciones de vulnerabilidad, la Administración Local en el desarrollo de los procesos de formulación estableció que para la presente vigencia solo se requieren recursos para el desarrollo de las actividades y cumplimiento de meta por $ 91.483.000, toda vez que con recursos 2016, se cubrieron algunas necesidades como fue la adecuación del Jardín Santander.

 

Que al proyecto 3.3.1.15.07.45.1441 “Acciones de Fortalecimiento Institucional” para la vigencia 2017 le fueron asignados recursos por $ 2.942.599.162 de los cuales $1.800.000.000 fueron asignados al componente de Realizar una estrategia y fortalecimiento, de los cuales una vez realizada la formulación y la contratación de personal requerido por la Entidad, se pudo establecer que $56.000.000 no tienen afectación presupuestal, quedando disponibles para ser trasladados.

 

Que al proyecto 3-3-1-15-01-11-1434 “Realizar acciones de promoción a la cultura en la Localidad” para la vigencia 2017 le fueron asignados recursos por $840.422.000 y teniendo en cuenta que la Administración Local contempla ampliar las oportunidades y desarrollar capacidades de los habitantes de la Localidad de Antonio Nariño con perspectiva diferencial y territorial garantizando el acceso a la oferta, mediante la promoción de eventos y programas de formación artística, cultural y, recreo deportivos a través de la realización de las siguientes actividades:

 

- Talleres de creaciones de espacio público, para el empoderamiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes frente a sus entornos locales.

- Realización de talleres lúdicos para que los niños a través de la diversión creen el diseño de su propio espacio público. El resultado de estos talleres será insumo para la realización de los parques especializados.

 

- Al parque en familia. En los parques de la Localidad se realizaran actividades lúdicas, recreativas y artísticas diseñadas especialmente para el disfrute de las y los niños, el objeto principal será orientar a los padres hacia un cuidado amoroso y responsable, que genere personas integras físicas, emocional y psicológicamente.

 

- Clubes barriales para niños, niñas y adolescentes. Conformación de clubes barriales de niños y niñas, los mismos participaran de rutas con actividades recreativas para el aprovechamiento del tiempo libre.

 

Que por lo anterior se requiere adicionar recursos por $120.000.000 para el cabal cumplimiento de las actividades y por ende cumplir con las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Local.

 

Que adicionalmente a los eventos Noches del Recuerdo, Día de Velitas y Navidades en Familia, se les requiere adicionar recursos por $56.000.000, para atender la población estimada en cada uno de los eventos.

 

Que en virtud de ello, se requiere adicionar recursos por $176.000.000 para el cabal cumplimiento de las actividades y por ende cumplir con las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Local.

 

Que con oficio No.2-2017-47168 del pasado 5 de Septiembre de 2017, la Secretaria Distrital de Planeación emitió concepto previo y favorable y con oficio No. 2017EE161910 del 19 de Septiembre del año en curso, la Secretaria Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable a la solicitud presentada por el Alcalde Local, para el traslado presupuestal de Gastos Inversión, por valor de $176.000.000

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un Contra crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión  del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, por la suma de $176.000.000 CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE  de acuerdo al siguiente detalle:

 

CONTRACREDITOS

 

15

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

CODIGO

NOMBRE

MODIFICACIONES

 

.3.3

INVERSION

176.000.000

 

.3.3.1

DIRECTA

176.000.000

 

3.3.1.15

Bogotá Mejor para Todos

176.000.000

 

3.3.1.15.01

Pilar  Igualdad de calidad de vida

176.000.000

 

3.3.1.15.01.02

Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia

120.000.000

 

3.3.1.15.01.02.1287

Acciones de atención integral para el fortalecimiento y protección de la infancia

120.000.000

 

3-3-1-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

56.000.000

 

3-3-1-15-07-45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

56.000.000

 

3.3.1.15.07.45.1441

Acciones de fortalecimiento institucional

56.000.000

 

 

ARTICULO SEGUNDO: Efectúese un Crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión  del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, por la suma de $176.000.000 CIENTO SETENTA Y SEIS  MILLONES DE PESOS M/CTE  de acuerdo al siguiente detalle:

 

CREDITOS

 

15

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO

                          NARIÑO

CODIGO

NOMBRE

MODIFICACIONES

 

.3.3

INVERSION

176.000.000

 

.3.3.1

DIRECTA

176.000.000

 

3.3.1.15

Bogotá Mejor para Todos

176.000.000

 

3.3.1.15.01

Pilar  Igualdad de calidad de vida

176.000.000

 

3-3-1-15-01-11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

176.000.000

 

3-3-1-15-01-11-1434

Realizar acciones de promoción a la cultura en la localidad

176.000.000

 

 

ARTICULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de septiembre de 2017.

 

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

 

 Alcalde Local de Antonio Nariño