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Decreto Local 001 de 2018 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
23/03/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/03/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6288 del 06 de abril de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2018

 

(Marzo 23)

 

Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal de 2018

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, determina que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante decreto local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que en la Resolución No. SHD – 000191 del 22 de septiembre de 2017, sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

 

Que se presentan diferencias entre los valores determinados en Obligaciones por Pagar, producto del cierre presupuestal 2017, frente a los programados en el presupuesto de Gastos de la Vigencia 2018.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Suba, debe ajustar al interior del agregado de Obligaciones por Pagar de Gastos de Funcionamiento, en Inversión Obligaciones por pagar – Bogotá mejor para todos y Obligaciones por pagar Vigencias Anteriores, del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2018 al monto presupuestado en la misma vigencia fiscal 2018.

 

Que mediante comunicación No. 2-2018-10419 del 6 de marzo de 2018, la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del F.D.L.

 

Que mediante comunicación No. 2018EE45015 del 22 de marzo de 2018 la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el Ajuste Presupuestal del F.D.L.S.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Suba,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba, para la vigencia de 2018, conforme al siguiente detalle:


CODIGO

 CONCEPTO

VALOR

 AUMENTO

 REDUCCIÓN

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

1.936.000.000,00

34.785.054,00

927.336.748,00

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

1.936.000.000,00

34.785.054,00

927.336.748,00

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

278.929.215,00

0,00

166.531.951,00

3.1.8.02.01.02

Gastos de Computador

128.605.000,00

0,00

82.859.905,00

3.1.8.02.01.03

Combustibles, Lubricantes y Llantas

50.000.000,00

0,00

50.000.000,00

3.1.8.02.01.04

Materiales y Suministros

74.249.215,00

0,00

7.597.046,00

3.1.8.02.01.05

Compra de Equipo

26.075.000,00

0,00

26.075.000,00

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

1.657.070.785,00

34.785.054,00

760.804.797,00

3,1,8,02,02,01

Arrendamientos

214.799.226,00

0,00

148.463.652,00

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y comunicación

65.691.100,00

0,00

31.874.800,00

3.1.8.02.02.04

Impresos y Publicaciones

6.344.000,00

0,00

6.344.000,00

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

957.022.039,00

0,00

442.812.316,00

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

957.022.039,00

0,00

442.812.316,00

3.1.8.02.02.06

Seguros

116.113.419,00

8.898.019,00

116.029.372,00

3.1.8.02.02.06.0001

Seguros Entidad

106.663.419,00

0,00

106.663.419,00

3.1.8.02.02.06.0004

Seguros de Vida Ediles

9.450.000,00

0,00

9.365.953,00

3.1.8.02.02.06.0005

Seguro de Salud Ediles

0,00

8.898.019,00

0,00

3.1.8.02.02.08

Servicios Públicos

30.354.112,00

22.468.036,00

15.280.657,00

3.1.8.02.02,08.0001

Energía

19.183.330,00

0,00

15.242.640,00

3.1.8.02.02,08.0002

Acueducto y Alcantarillado

4.530.610,00

11.439.790,00

0,00

3.1.8.02.02,08.0003

Aseo

150.632,00

0,00

38.017,00

3.1.8.02.02,08.0004

Teléfono

6.489.540,00

11.028.246,00

0,00

3.1.8.02.02.17

Información

266.746.889,00

3.418.999,00

0,00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

77.000.000.000,00

5.850.262.737,00

15.324.073.512,00

3.3.6.15

Bogotá mejor para todos

76.005.354.634,00

609.538.218,00

15.324.073.512,00

3.3.6.15.01

Pilar igualdad de calidad de vida

9.057.437.108,00

609.538.218,00

1.860.653.982,00

3.3.6.15.01.02

Desarrollo la gestación hasta la adolescencia

346.388.100,00

609.538.218,00

0,00

3.3.6.15.01.02.1426

Primera infancia mejor para Suba

346.388.100,00

609.538.218,00

0,00

3.3.6.15.01.03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

5.984.728.421,00

0,00

1.671.293.773,00

3.3.6.15.01.03.1427

Suba digna e igualitaria

5.984.728.421,00

0,00

1.671.293.773,00

3.3.6.15.01.07

Inclusión educativa para la equidad

493.000.000,00

0,00

8.477.901,00

3.3.6.15.01.07.1457

Suba es educación mejor para todos

493.000.000,00

0,00

8.477.901,00

3.3.6.15.01.11

Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte

2.233.320.587,00

0,00

180.882.308,00

3.3.6.15.01.11.1459

Una Suba mejor a través de la cultura, la recreación y el deporte.

2.233.320.587,00

0,00

180.882.308,00

3.3.6.15.02

Pilar Democracia urbana

54.805.713.000,00

0,00

10.253.160.041,00

3.3.6.15.02.15

Recuperación, incorporación , vida urbana y control de la ilegalidad

305.713.000,00

0,00

29.980.480,00

3.3.6.15.02.15.1461

Suba mejora integralmente los barrios

305.713.000,00

0,00

29.980.480,00

3.3.6.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

11.500.000.000,00

0,00

7.798.001.422,00

3.3.6.15.02.17.1465

Parques en la ciudad del espacio público

11.500.000.000,00

0,00

7.798.001.422,00

3.3.6.15.02.18

Mejor movilidad para todos

43.000.000.000,00

0,00

2.425.178.139,00

3.3.6.15.02.18.1506

Hacia una movilidad sostenible

43.000.000.000,00

0,00

2.425.178.139,00

3.3.6.15.03

Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana

5.016.887.015,00

0,00

10.397.850,00

3.3.6.15.03.19.

Seguridad y convivencia para todos

5.016.887.015,00

0,00

10.397.850,00

3.3.6.15.03.19.1469

Suba segura y mejor para todos

5.016.887.015,00

0,00

10.397.850,00

3.3.6.15.05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

186.000.000,00

0,00

186.000.000,00

3.3.6.15.05.36

Bogotá, una ciudad digital

186.000.000,00

0,00

186.000.000,00

3.3.6.15.05.36.1504

Conexión clave para la información

186.000.000,00

0,00

186.000.000,00

3.3.6.15.06

Eje Transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

837.728.000,00

0,00

518.578.075,00

3.3.6.15.06.38

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica principal

380.000.000,00

0,00

60.850.075,00

3.3.6.15.06.38.1472

Más árboles y mejor calidad el aire en Suba

380.000.000,00

0,00

60.850.075,00

3.3.6.15.06.41

Desarrollo rural sostenible

457.728.000,00

0,00

457.728.000,00

3.3.6.15.06.41.1476

Suba promueve el desarrollo rural sostenible

457.728.000,00

0,00

457.728.000,00

3.3.6.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

6.101.589.511,00

0,00

2.495.283.564,00

3.3.6.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

6.101.589.511,00

0,00

2.495.283.564,00

3.3.6.15.07.45.1478

Fortalecimiento institucional en Suba

2.711.999.100,00

0,00

1.451.535.135,00

3.3.6.15.07.45.1481

Suba comprometida con la inspección, la vigilancia y el control

1.385.342.745,00

0,00

698.611.711,00

3.3.6.15.07.45.1483

Suba se expresa y decide

2.004.247.666,00

0,00

345.136.718,00

3.3.6.90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

994.645.366,00

5.240.724.519,00

0,00

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de marzo del año 2018.

 

NEDIL ARNULFO SANTIAGO ROMERO

 

Alcalde Local de Suba