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Decreto Local 008 de 2018 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
17/07/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/07/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6363 del 31 de julio de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2018

 

(Julio 17)

 

Por el cual se corrige un yerro en el Decreto Local No. 07 de 2018 “Por medio del cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto Anual de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2018.

 

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el 05 de julio de 2018 se expidió el Decreto Local No. 07 de 2018 “Por medio del cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto Anual de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2018”.

 

Que por un error meramente formal e involuntario en la numeración de los rubros denominados “Acciones de Mejoramiento de la Seguridad en la Localidad” y “Pilar Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana” se digitaron así: “3.3.1.15.03.19.1438” y “3.3.5.15.03” respectivamente.

 

Que una vez revisado el oficio No. 2018EE121139 del 27 de junio de 2018, la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable a la solicitud presentada por el Alcalde Local, para el traslado presupuestal por valor de $950.252.592., en el que se evidencia que los números referidos cabían en un digito, correspondiendo realmente de la siguiente forma:

 

CONTRACREDITOS

 

3.3.1.15.03.19.1439

Acciones de Mejoramiento de la seguridad en la Localidad

$950.252.592.

 

CREDITOS

 

3.3.6.15.03

Pilar Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana

$950.252.592.

 

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” en cuanto a la corrección de errores formales señala "...En cualquier tiempo de oficio o a petición de parte se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos ya sean aritméticos, de digitación de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto…”.

 

Que por tratarse de un error de digitación que no da lugar a cambios en el sentido material de la decisión, se hace necesario corregir de oficio el yerro de numeración de los rubros denominados “Acciones de Mejoramiento de la Seguridad en la Localidad” y “Pilar Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana”, quedando estos con el siguiente número: “3.3.1.15.03.19.1439 y 3.3.6.15.03” respectivamente.

 

Dadas las anteriores consideraciones el Alcalde Local de Antonio Nariño, en uso de sus facultades legales.

 

DECRETA:

 

Artículo Primero: Corregir la numeración del rubro denominado “Acciones de Mejoramiento de la Seguridad en la Localidad”, por ende, el artículo 1º del Decreto Local 07 de 2018 quedará así:

 

Artículo Primero: Efectúese un Contra crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de $950.252.592 NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS M/CTE de acuerdo al siguiente detalle:

 

CONTRACREDITOS

 

015 - FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO - 01 –

 

CONTRACREDITOS

CODIGO

DENOMINACIÓN

VALOR

3

GASTOS

$950.252.592.

3.3

INVERSIÓN

$950.252.592.

3.3.1

DIRECTA

$950.252.592.

3.3.1.15

Bogotá Mejor para Todos

$950.252.592.

3.3.1.15.03

Pilar Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana

$950.252.592.

3.3.1.15.03.19

Seguridad y Convivencia para Todos

$950.252.592.

3.3.1.15.03.19.1439

Acciones de Mejoramiento de la seguridad en la Localidad

$950.252.592.

 

Artículo Segundo: Corregir la numeración del rubro denominado “Pilar Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana”, por ende, el artículo 2º del Decreto Local 07 de 2018 quedará así:

 

Artículo Segundo: Efectúese un Crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de $950.252.592 NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS M/CTE de acuerdo al siguiente detalle:

 

CREDITOS

 

015 - FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO - 01 –

 

CREDITOS

CODIGO

DENOMINACIÓN

VALOR

3

GASTOS

$950.252.592.

3.3

INVERSIÓN

$950.252.592.

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

$950.252.592.

3.3.6.15

Bogotá Mejor para Todos

$950.252.592.

3.3.6.15.03

Pilar Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana

$950.252.592.

3.3.6.15.03.19

Seguridad y Convivencia para Todos

$950.252.592.

3.3.6.15.03.19.1439

Acciones de Mejoramiento de la seguridad en la Localidad

$950.252.592.

 

Artículo Segundo(sic): El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de julio de 2018.

 

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

 

Alcalde Local de Antonio Nariño