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ACUERDO LOCAL 090 DE 2018
(Agosto 25)
Por el cual se efectúa una Adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal de 2018
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política en su Art 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.”, sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.
Que el FDL de San Cristóbal a 31 de diciembre de 2017 presentó un monto de excedente de $4.816.922.338.
Que mediante la Circular CONFIS 02 de 2018, se comunica que en la sesión No. 08 de junio 18 de 2018, conforme a lo establecido en los artículos 37º y 38º del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de $82.238.096.001 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2017 por los FDL, los cuales se destinan $11.885.300.000 para infraestructura física y tecnológica de las alcaldías locales de Usme, Barrios Unidos, Teusaquillo y Ciudad Bolívar, $9.002.795.981 para construcción, mantenimiento y adecuación de parques vecinales y de bolsillo para las alcaldía locales de Chapinero, Bosa, Antonio Nariño y Rafael Uribe Uribe, $37.150.000.000 para malla vial y espacio público – Puentes peatonales y/o vehiculares sobre cuerpos de agua para las localidades de Usaquén, Chapinero, Tunjuelito, La Candelaria y Rafael Uribe Uribe, $2.600.000.000 para los espacios de participación ciudadana, para las localidades de Santa Fe, Rafael Uribe Uribe y Ciudad Bolívar, $9.100.000.000 para obras prioritarias de mitigación o prevención del riesgo, para las alcaldías locales de Chapinero, San Cristóbal y Rafael Uribe Uribe, $12.000.000.000 para construir equipamientos educativos y culturales para las localidades de La Candelaria, Ciudad Bolívar y $500.000.000 para fortalecer las acciones de Inspección, Vigilancia y Control y la entrada en vigencia del nuevo código de policía para las localidades de Chapinero y Los Mártires.
Que, en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de San Cristóbal la suma de $6.300.000.000 para obras prioritarias de mitigación o prevención del riesgo.
Que mediante comunicación Nº 2-2018-40963 de 11de julio de 2018 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable informado que debe adicionarse al proyecto 1579 San Cristóbal preparada para el riesgo.
De igual forma y en consonancia con el Artículo 31 Modificaciones Presupuestales del Decreto 372 de 2010, en el numeral 2 Créditos Adicionales, acápite c) Adición por Excedentes Financieros la adición presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS”.
En este sentido, la Circular CONFIS N° 02, del 19 de junio de 2018, comunica que en la sesión N° 08 del día 08 de junio de 2018, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino la distribución de los excedentes financieros obtenidos en la vigencia fiscal 2017. Sobre estas consideraciones la adición de los excedentes financieros a los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo Local, por parte de las JAL no requiere de conceptos adicionales.
Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados al Proyecto 1557 Mejores vías y espacio público para todos en San Cristóbal, el cual se debe tramitar de conformidad con las normas presupuestales vigentes.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°: Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la Vigencia Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2°: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los 25 días del mes de agosto del año 2018.
JOSÉ GONZALO ALVARADO CUESTAS
Presidente de la Junta Administradora Local
Sanción del Acuerdo por el Alcalde…
Dado en Bogotá, a los 30 días del mes de agosto del año 2018.
JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR
Alcalde Local de San Cristóbal |