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Decreto Local 008 de 2018 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
28/08/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/09/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6384 del 3 de septiembre de 2018
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2018

 

(Agosto 28)

 

Por el cual se liquida una adición el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2018

 

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 36° del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que según el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 – Adición por Excedentes Financieros “ si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto Local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectué el CONFIS, quien para el efecto consultara criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes.”

 

Que la Junta Administradora Local aprobó la adición presupuestal de los excedentes financieros al presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e inversiones de la vigencia fiscal 2018 mediante Acuerdo Local No.002 del 14 de Agosto de 2018, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local (E ).

 

Que de acuerdo con la circular No. 02 de 2018, radicada bajo el No. 1332693 del 18 de junio de 2018; el CONFIS en sesión No. 08 del 18 de junio de 2018, determino y distribuyo los excedentes financieros generados por los Fondos de Desarrollo Local L cierre de la vigencia 2017.

 

Que según radicado 2-2018-40991 del 18 de Julio de 2018, la Secretaria Distrital de Planeación, emitió concepto previo favorable sobre modificación a la inversión. Adición de Excedentes financieros de la Localidad de Rafael Uribe Uribe. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local (E.) de Rafael Uribe Uribe.

 

DECRETA:

 

Artículo Primero: Efectuar una adición el presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe en la vigencia fiscal de 2018, por la suma de ONCE MIL SETECIENTOS MILLONES DE PESOS (11.700.000.000.00)M/CTE Conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

NOMBRE

VALOR

2

INGRESOS

11.700.000.000

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

11.700.000.000

2.4.5

EXCEDENTES FINANCIEROS

11.700.000.000

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

11.700.000.000

 

Artículo Segundo: Efectuar una adición en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe en la vigencia fiscal de 2018, por la suma de ONCE MIL SETECIENTOS MILLONES DE PESOS (11.700.000.000.00)/ MCTE conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

NOMBRE

VALOR

3

GASTOS

11.700.000.000

3.3

INVERSIÓN

11.700.000.000

3.3.1

DIRECTA

11.700.000.000

3.3.1.15

Bogotá Mejor para todos

11.700.000.000

3.3.1.15.01

Pilar Igualdad de calidad de vida

2.500.000.000

3.3.1.15.01.04

Familias protegidas y adaptadas al cambio climatico

2.500.000.000

3.3.1.15.01.04.1538

Obras de mitigación en zonas de riesgo de la Localidad de Rafael Uribe Uribe

2.500.000.000

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

8.600.000.000

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

4.600.000.000

3.3.1.15.02.1543

Garantía y disfrute de espacio publico

4.600.000.000

3.3.1.15.02.18

Mejor movilidad para todos

4.600.000.000

3.3.1.15.02.18.1544

Malla vial local y espacio publico

4.600.000.000

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

600.000.000

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

600.000.000

3.3.1.15.07.45.1550

Acciones de fortalecimiento para la participación ciudadana y control social

600.000.000

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

11.700.000.000

 

Artículo Tercero: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, a los 28 días del mes de agosto de 2018.

 

JUAN SEBASTIÁN RIVERA GALVIS

 

Alcalde Local (E.) de Rafael Uribe Uribe