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Acuerdo Local 002 de 2018 Junta Administradora Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
17/08/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/09/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6386 del 5 de septiembre de 2018
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 002 DE 2018

 

(Agosto 17)

 

Por el cual se efectúa una adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la vigencia fiscal 2018

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política en su artículo 324 y el Decreto 372 de 2010

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que el artículo 38 del decreto 372 de 2010 “por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los fondos de desarrollo Local - F.D. L”. Sobre la distribución de los excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto del excedente Financieros de los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

 

2. Que de acuerdo con el artículo 16; Programa: espacio público, derecho de todos. El plan de desarrollo local “Santa Fe mejor para todos” busca reconocer un lugar específico, en parques y diferentes sitios de la localidad; mediante la construcción y mejoramiento de andenes y zonas de espacio público, incluidos zonas de encuentro comunal; con la intervención y/o adecuación de parques vecinales y de bolsillo.

 

3. Que este predio siempre ha sido interés de la Junta administradora local, quienes, aprobaron tales recursos para la adquisición del predio ubicado en la dirección: calle 1D No.7-59. Esta compra se encuentra consignada en la escritura pública 451 del 13-03-2000, que guarda reposo la matricula inmobiliaria N°. 50C-1502626, en la notaria 41a de Bogotá. La importancia de este bien se debe a que el barrio no contaba con un espacio comunitario de encuentro.

 

4. Que, en el año 2008 este predio fue declarado como amenaza de ruina. Que en septiembre de 2016 y en noviembre de 2017 IDIGER emitió concepto de restricción total del uso del predio, determinando la demolición parcial del mismo.

 

5. Que la alcaldía local de Santa fe, con base a concepto previo del IDEGER y permiso previo del IDPC, realizó demolición parcial sin afectar la estructura patrimonial del predio.

 

6. Que, en el año 2010, por gestión de la JAL se adelantó el convenio interadministrativo No.093 del 2010 suscrito entre el FDL-SFE y la universidad Nacional de Colombia por un valor de 102300000$ que contaba con un plazo de ejecución de 4 meses, cuyo objeto fue “aunar esfuerzos para realizar estudios y diseños que permitan determinar las intervenciones a realizar en los inmuebles donde funcionan o se pretende que funcionen el salón comunal del barrio las cruces…”. Que contó con acta de inicio firmada a los 9 días del mes de diciembre de 2010.

 

 7. Que este es un predio de patrimonio cultural y arquitectónico. Al cual le fue expedida la resolución No. 571 del 20 de septiembre de 2011 expedida por el instituto IDPC.

 

8. Que su construcción no pudo ser llevada a cabo por encontrarse inconsistencias respecto al área del lote versus el área presentada en la escritura. Que el proceso de liquidación del convenio interadministrativo inicia en julio de 2014 y culmina en octubre del mismo año, así las cosas, la administración del entonces alcalde inició trámites ante catastro distrital el día 16 de julio de 2014 sin embargo, obtuvo respuesta positiva hasta el 17 de diciembre de 2014, tiempo para el cual ya se encontraba elaborado el presupuesto del 2015. Vale la pena aclarar que para el año 2016, la certificación entregada por el IDPC al FDL-SFE ya se encontraba caduca.

 

9. Que el reglamento colombiano de construcción sismo resistente sufrió una actualización en el año 2010, por lo que, los estudios y diseños deben ser actualizados de acuerdo con dicha normatividad.

 

10. Que es necesario realizar la actualización de los estudios y diseños, con respecto a la corrección hecha de las escrituras públicas del predio, solicitar nuevamente la autorización respectiva ante el IDPC, y así de esta manera, tramitar la respectiva licencia para la rehabilitación y/o reconstrucción del predio.

 

11. Que el FDL Santa Fe a 31 de diciembre de 2017 presentó un monto de excedentes de liquidez de MIL OCHO MILLONES NOVESCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETESCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS CON 20/100 Mcte ( ($1.008.929.745.20)

 

12. Que la Dirección Distrital de Presupuesto con Oficio 2018EE43399 de fecha 20-03-2018 radicado Alcaldía Local informa sobre el ajuste Presupuestal 2018 y Determinación de los Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2017

 

13. Que mediante Circular No, 02 de 2018 de fecha 19-06-2018 con radicado 2-2018-35337 de fecha 19-06-2018 radicado Alcaldía Local No. 2018-531-009454-2 el día 20-06-2018, el CONFIS informa que en Sesión No. 08 celebrada el día 18 de junio de 2018 y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010 resolvió lo siguiente:

 

14. Determinar un monto de Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2017 por valor de OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL UN PESOS ($82.238.096.001.00) generados por los 20 Fondos de Desarrollo. Los cuales se distribuirán según la circular.

 

15. Distribuir los Excedentes Financieros de los Fondos de Desarrollo Local 2017 por valor de $82.238.096.001.00 de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38 del Decreto Distrital 372 de 2010 considerando los conceptos y propuestas de los alcaldes Locales y las necesidades apremiantes que presenta la Ciudad. La distribución del Excedente por parte del CONFIS para la Localidad de Santa se detalla así en el punto:

 

16. iv) $2.600.000.000.00 para los espacios de participación ciudadana, de las localidades de Santa Fe, Rafael Uribe Uribe y Ciudad Bolívar. De los cuales;

 

Para la Localidad de SANTA FE MIL MILLONES DE PESOS MCTE ($1.000.000.000.00), PARA EL SALON COMUNAL DEL BARRIO LAS CRUCES.

 

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS en la Circular No. 02 de 2018 en la distribución de excedentes Financieros, le corresponde al FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE la suma de MIL MILLONES DE PESOS MCTE ($1.000.000.000.00) TOTAL ASIGNADO A LA LOCALIDAD DE SANTA FE

 

Componente

Valor

Salón comunal

$1.000.000.000,00

TOTAL

$ 1.000.000.000.00

 

Que mediante comunicación No. 2-2018- 40960 de fecha 11-07-2018, radicado 20185310109182 la Subsecretaria de Planeación de la Inversión emite concepto previo favorable sobre la modificación a la Inversión, Adición de Excedentes Financieros. En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1°. Adicionar el presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo local para la Vigencia Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle.

 

Código

Concepto

Valor

2

INGRESOS

$1.000.000.000.00

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

$1.000.000.000.00

2.4.5

Excedentes Financieros

$1.000.000.000.00

3

GASTOS

$1.000.000.000.00

3.3

INVERSIÓN

$1.000.000.000.00

3.3.1

DIRECTA

$1.000.000.000.00

3.3.1.15

Bogotá Mejor para todos

$1.000.000.000.00

3.3.1.15.02

Pilar Democracia Urbana

$1.000.000.000.00

3.3.1.15.02.17

Construyendo espacios para la gente

$1.000.000.000.00

 

Artículo 2°. El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C. a los 17 días del mes de agosto de 2018.

 

JHON BISCKMAR CURY PARRA

 

Presidente de la Junta Administradora Local

 

JOSÉ ANTONIO GÓMEZ URIBE

 

Secretario Junta Administradora Local

 

Sanción del Acuerdo por el Alcalde Local

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 27 días del mes de agosto de 2018.

 

GUSTAVO ALONSO NIÑO FURNIELES

 

ALCALDE LOCAL SANTA FE