| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
ACUERDO LOCAL 002 DE
2018 (Agosto
17) Por el cual se efectúa una adición al Presupuesto Anual de
Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la vigencia
fiscal 2018 LA JUNTA ADMINISTRADORA
LOCAL DE SANTA FE En uso de sus
atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la
Constitución Política en su artículo 324 y el Decreto 372 de 2010 CONSIDERANDO: 1.
Que el artículo 38 del decreto 372 de 2010 “por el cual se reglamenta el
proceso presupuestal de los fondos de desarrollo Local - F.D. L”. Sobre la distribución
de los excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las
localidades el monto del excedente Financieros de los FDL, teniendo en cuenta
las necesidades apremiantes no financiadas. 2.
Que de acuerdo con el artículo 16; Programa: espacio público, derecho de todos.
El plan de desarrollo local “Santa Fe mejor para todos” busca reconocer un
lugar específico, en parques y diferentes sitios de la localidad; mediante la
construcción y mejoramiento de andenes y zonas de espacio público, incluidos
zonas de encuentro comunal; con la intervención y/o adecuación de parques
vecinales y de bolsillo. 3.
Que este predio siempre ha sido interés de la Junta administradora local,
quienes, aprobaron tales recursos para la adquisición del predio ubicado en la
dirección: calle 1D No.7-59. Esta compra se encuentra consignada en la escritura
pública 451 del 13-03-2000, que guarda reposo la matricula inmobiliaria N°.
50C-1502626, en la notaria 41a de Bogotá. La importancia de este bien se debe a
que el barrio no contaba con un espacio comunitario de encuentro. 4.
Que, en el año 2008 este predio fue declarado como amenaza de ruina. Que en
septiembre de 2016 y en noviembre de 2017 IDIGER emitió concepto de restricción
total del uso del predio, determinando la demolición parcial del mismo. 5.
Que la alcaldía local de Santa fe, con base a concepto previo del IDEGER y
permiso previo del IDPC, realizó demolición parcial sin afectar la estructura
patrimonial del predio. 6.
Que, en el año 2010, por gestión de la JAL se adelantó el convenio
interadministrativo No.093 del 2010 suscrito entre el FDL-SFE y la universidad
Nacional de Colombia por un valor de 102300000$ que contaba con un plazo de
ejecución de 4 meses, cuyo objeto fue “aunar esfuerzos para realizar estudios y
diseños que permitan determinar las intervenciones a realizar en los inmuebles
donde funcionan o se pretende que funcionen el salón comunal del barrio las
cruces…”. Que contó con acta de inicio firmada a los 9 días del mes de
diciembre de 2010. 7. Que este es un predio de patrimonio
cultural y arquitectónico. Al cual le fue expedida la resolución No. 571 del 20
de septiembre de 2011 expedida por el instituto IDPC. 8.
Que su construcción no pudo ser llevada a cabo por encontrarse inconsistencias
respecto al área del lote versus el área presentada en la escritura. Que el
proceso de liquidación del convenio interadministrativo inicia en julio de 2014
y culmina en octubre del mismo año, así las cosas, la administración del
entonces alcalde inició trámites ante catastro distrital el día 16 de julio de
2014 sin embargo, obtuvo respuesta positiva hasta el 17 de diciembre de 2014,
tiempo para el cual ya se encontraba elaborado el presupuesto del 2015. Vale la
pena aclarar que para el año 2016, la certificación entregada por el IDPC al
FDL-SFE ya se encontraba caduca. 9.
Que el reglamento colombiano de construcción sismo resistente sufrió una
actualización en el año 2010, por lo que, los estudios y diseños deben ser
actualizados de acuerdo con dicha normatividad. 10.
Que es necesario realizar la actualización de los estudios y diseños, con
respecto a la corrección hecha de las escrituras públicas del predio, solicitar
nuevamente la autorización respectiva ante el IDPC, y así de esta manera,
tramitar la respectiva licencia para la rehabilitación y/o reconstrucción del
predio. 11.
Que el FDL Santa Fe a 31 de diciembre de 2017 presentó un monto de excedentes
de liquidez de MIL OCHO MILLONES NOVESCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETESCIENTOS
CUARENTA Y CINCO PESOS CON 20/100 Mcte ( ($1.008.929.745.20) 12.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto con Oficio 2018EE43399 de fecha
20-03-2018 radicado Alcaldía Local informa sobre el ajuste Presupuestal 2018 y
Determinación de los Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2017 13.
Que mediante Circular No, 02 de 2018 de fecha 19-06-2018 con radicado
2-2018-35337 de fecha 19-06-2018 radicado Alcaldía Local No. 2018-531-009454-2
el día 20-06-2018, el CONFIS informa que en Sesión No. 08 celebrada el día 18
de junio de 2018 y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del
Decreto Distrital 372 de 2010 resolvió lo siguiente: 14.
Determinar un monto de Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2017 por
valor de OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVENTA Y SEIS
MIL UN PESOS ($82.238.096.001.00) generados por los 20 Fondos de Desarrollo.
Los cuales se distribuirán según la circular. 15.
Distribuir los Excedentes Financieros de los Fondos de Desarrollo Local 2017
por valor de $82.238.096.001.00 de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38
del Decreto Distrital 372 de 2010 considerando los conceptos y propuestas de
los alcaldes Locales y las necesidades apremiantes que presenta la Ciudad. La
distribución del Excedente por parte del CONFIS para la Localidad de Santa Fé se detalla así en el punto: 16.
iv) $2.600.000.000.00 para los
espacios de participación ciudadana, de las localidades de Santa Fe, Rafael
Uribe Uribe y Ciudad Bolívar. De los cuales; Para
la Localidad de SANTA FE MIL MILLONES DE
PESOS MCTE ($1.000.000.000.00), PARA EL SALON COMUNAL DEL BARRIO LAS CRUCES.
Que
en concordancia con lo señalado por el CONFIS en la Circular No. 02 de 2018 en
la distribución de excedentes Financieros, le corresponde al FONDO DE
DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE la suma de MIL MILLONES DE PESOS MCTE
($1.000.000.000.00) TOTAL ASIGNADO A LA
LOCALIDAD DE SANTA FE
Que
mediante comunicación No. 2-2018- 40960 de fecha 11-07-2018, radicado
20185310109182 la Subsecretaria de Planeación de la Inversión emite concepto
previo favorable sobre la modificación a la Inversión, Adición de Excedentes
Financieros. En mérito de lo anteriormente expuesto, ACUERDA: Artículo 1°. Adicionar el
presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo local para la
Vigencia Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle.
Artículo 2°. El presente Acuerdo
Local rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C. a
los 17 días del mes de agosto de 2018. JHON BISCKMAR CURY
PARRA Presidente de la Junta
Administradora Local JOSÉ ANTONIO GÓMEZ
URIBE Secretario Junta
Administradora Local Sanción del Acuerdo por
el Alcalde Local Dado en Bogotá, D. C., a
los 27 días del mes de agosto de 2018. GUSTAVO ALONSO NIÑO
FURNIELES ALCALDE LOCAL SANTA FE |