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Decreto Local 007 de 2018 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
05/09/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/09/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6390 del 11 de septiembre de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007 DE 2018

 

(Septiembre 05)

 

Por medio del cual se modifica el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2018

 

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421/93 y el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto 2010, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Administración Local presentó a consideración de la Junta Administradora Local de Chapinero el Proyecto de Acuerdo Local “POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSION DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018”, con radicado N° 20185220336101 del 19 de Julio de 2018, recibido en la Junta Administradora Local de Chapinero el 23 de Julio de 2018.

 

Que la Junta Administradora Local de Chapinero aprobó en Acuerdo Local N° 002 DE 2018 del 16 de agosto de 2018. “POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSION DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018”.

 

Que el citado proyecto de acuerdo fue discutido, debatido y aprobado en 2 sesiones de la Junta Administradora Local de Chapinero, según radicado N° 20185210116412 del 21 de agosto de 2018, Oficio N° 163-2018 y sancionado por el Alcalde Local de Chapinero el 31 de agosto de 2018.

 

Que el Concejo Local de Políticas Económicas y Fiscal CONFIS mediante la circular N° 02 de 2018, oficio N° 2-2018-35337; “Determinación y distribución de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo  Local al cierre de la vigencia 2017”, comunico que el CONFIS, en sesión N° 08 celebrada el día 18 de junio de 2018, determinó, que de acuerdo a los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, la cuantía de los excedentes financieros generados al cierre de la vigencia 2017 por los 20 Fondos de Desarrollo Local, en $82.238.096.001.

 

Que, en virtud del artículo 38 del Decreto Distrital 372 de 2018, se distribuyó los mismos, considerando los conceptos y propuestas de los Alcaldes Locales y las necesidades apremiantes que presenta la ciudad.

 

Que, en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de Chapinero la suma de DIECISIETE MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($17.100.000.000.00) 

 

Que, mediante comunicación Nº 2-2018-40956 del 11 de julio de 2017, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable sobre la asignación de los excedentes financieros de la Localidad de Chapinero.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Adiciónese al Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigilancia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2018, la suma de DIECISIETE MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($17.100.000.000.00) de conformidad al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

 

CONCEPTO

VALOR ADICIÓN

 

RENTAS E INGRESOS

$17.100.000.000

2

 

INGRESOS

$17.100.000.000

2.4

 

RECURSOS DE CAPITAL

$17.100.000.000

2.4.5

 

Excedentes Financieros

$17.100.000.000

 

TOTAL, INGRESOS

$17.100.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Adiciónese al presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2018, en la suma de DIECISIETE MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($17.100.000.000.00), conforme al siguiente detalle:

 


3.3

INVERSIÓN

VALOR

3.3.1

DIRECTA

$17.100.000.000

3.3.1.15

Bogotá  Mejor Para Todos

$17.100.000.000

3.3.1.15.01

Pilar igualdad de calidad de vida

$300.000.000

3.3.1.15.01.04

Familias protegidas y adaptadas al cambio climático

$300.000.000

3.3.1.15.01.04.1296

Reducción y mitigación del riesgo frente al cambio climático.

$300.000.000

3.3.1.15.02

Pilar democracia urbana

$16.500.000.000

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

$2.200.000.000

3.3.1.15.02.17.1300

Adecuación y mantenimiento de parques.

$2.200.000.000

3.3.1.15.02.18

Mejor movilidad para todos

$14.300.000.000

3.3.1.15.02.18.1301

Mejorar la calidad de la movilidad.

$14.300.000.000

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

$300.000.000

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

$300.000.000

3.3.1.15.07.45.1304

Gobernanza y fortalecimiento del desarrollo institucional.

$300.000.000

TOTAL GASTOS

$17.100.000.000

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación.

 

El presente Decreto Local es sancionado por el Alcalde Local de Chapinero a 05 días del mes de septiembre del año 2018.

 

HERNANDO JOSÉ QUINTERO MAYA

 

Alcalde Local de Chapinero