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DECRETO
LOCAL 005 DE 2018 (Julio 24) Por medio del cual se ajusta la Disponibilidad
Inicial en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo
Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2018 EL
ALCALDE LOCAL DE SUBA En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que
le confiere el Artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que
el Decreto 372 de 2010 en su artículo 36 estipula que los F.D.L. efectuarán el
ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior, mediante decreto local
previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda –
Dirección Distrital de presupuesto. Que
en la Resolución No. SSDH-000191 del 22 de septiembre de 2017, sobre el Ajuste
por Cierre Presupuestal se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en
mención. Que
teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de
2010 y la Circular CONFIS No. 02 de 2018, una vez efectuado el cálculo de
ajuste de las Obligaciones por Pagar y calculado del monto de los Excedentes
Financieros 2017, el Fondo de Desarrollo Local de Suba debe proceder a realizar
el ajuste en la Disponibilidad inicial 2018, mediante Decreto del Alcalde
Local. Que
en el presupuesto de la vigencia 2018, se estimó un valor de $78.936.000.000 en
el rubro Disponibilidad Inicial y atendiendo el cierre presupuestal a 31 de
diciembre de 2017, el monto se determinó por $68.569.637.531, por lo cual se
debe ajustar la Disponibilidad Inicial al monto establecido en el cierre
presupuestal. Que
mediante comunicación No. 2018EE136591 del 19 de Julio de 2018, la Directora
Distrital de Presupuesto direccionó a la Localidad para efectuar el trámite del
ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Suba, párrafo segundo
“.... disminuir en un monto neto de $10.366.362.469” Que
el Fondo de Desarrollo Local de Suba debe ajustar el rubro Disponibilidad
Inicial de la Vigencia 2018, frente al cierre de la vigencia 2017, mediante una
reducción presupuestal de $10.366.362.469. Que
el artículo 36 del Decreto 372 de 2010 estipula “El alcalde Local ajustará por
Decreto las Obligaciones por Pagar hasta por el monto real constituido al
cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y reflejará en el ingreso
el monto ajustado en la disponibilidad Inicial”. Que
en merito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar la
Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo
de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal 2018 conforme al siguiente
detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto
Local rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá,
D.C. a los 24 días del mes de julio del año 2018. NEDIL
ARNULFO SANTIAGO ROMERO Alcalde Local de Suba |