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DECRETO LOCAL 010 DE
2018 (Septiembre 28) Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de ingresos y de gastos del fondo de
desarrollo local de Rafael Uribe Uribe, para la
vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 EL ALCALDE LOCAL DE
RAFAEL URIBE URIBE En ejercicio de sus
atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el
artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que
el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: “Los
traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto
expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su
validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda –
Dirección Distrital de Presupuesto.”. Con
la asignación presupuestal inicial del proyecto 1549 por valor de: OCHO MIL
NOVECIENTOS DOS MILLONES SETENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE. ($8.902.078.000), se proyectó
el cumplimiento de las metas con corte a 31 de diciembre de 2017. Sin embargo,
al momento de realizar la contratación para la vigencia 2018, no alcanzo la
disponibilidad presupuestal y se dejaron 30 contratos con un plazo de ejecución
de 8 meses, con los cuales no se alcanza a cubrir el total de la vigencia
fiscal, quedando desamparados estos puntos los cuales son de vital importancia
para el buen desempeño de la Alcaldía de Rafael Uribe Uribe. Que
la partida inicial asignada al proyecto 1536 “Apoyo e igualdad para el adulto
mayor” fue de: DIEZ MIL SEISCIENTOS CUARENTA MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL
PESOS M/CTE. ($10.640.181.000) para la vigencia 2018, cumpliendo la meta del
plan de desarrollo que consiste en “Beneficiar a 6.500 personas de la Localidad
con el apoyo para la seguridad económica Tipo C”. Es así, que la Profesional de
apoyo a la supervisión informa que a la fecha fueron proyectados los costos y
gastos operativos para personas mayores de esta localidad con cobertura hasta
el mes de febrero de 2019, y los demás componentes administrativos con
cobertura hasta Diciembre de 2018, esta proyección asciende al valor de: DIEZ
MIL QUINIENTOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS SEIS MIL PESOS M/CTE.
($10.515.606.329) garantizando el cubrimiento para la presente vigencia. Que
el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe,
en los Gastos de Inversión Directa, en el rubro “Apoyo e Igualdad para el
Adulto mayor”, presenta saldos de apropiación libres de afectación, según
consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal 552 suscrito por el
Responsable del Presupuesto, los cuales pueden trasladarse para financiar
faltantes de apropiación en otros rubros. De
acuerdo a lo mencionado anteriormente y con el fin de hacer eficiente la
ejecución de recursos asignados, se presenta la oportunidad de realizar un contracrédito del proyecto 1536. Para cubrir las
necesidades del Proyecto 1549 “Apoyo a la gestión Pública Local”, para cubrir
la adición a los contratos de prestación de servicio que quedaron a 8 meses.
Por lo anterior para cumplir con estas acciones se requiere de un total de
recursos por la suma de CIENTO VEINTIOCHO MILLONES QUINENTOS SETENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($ 128.574.671.00) MONEDA CORRIENTE. Que
la Dirección Distrital de Planeación, según Radicado N° xxxx
del xxx de xxxx de 2018, emitió concepto favorable
sobre éste traslado presupuestal al interior de los Gastos de Inversión
–Directa del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe,
por valor de $128.574.671.00 Que
la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda,
según Radicado N° xxxx del xx de septiembre de 2018,
emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de los
Gastos de Inversión –Directa del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $128.574.671.00 En
mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Efectúense el
siguiente Contracrédito en el Presupuesto de Gastos e
Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe
para la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúense el
siguiente Crédito en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de
Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la
vigencia fiscal 2018, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto
rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE. Se expide en Bogotá,
D.C., a los 28 días del mes de octubre del año 2018. JUAN SEBASTIAN RIVERA
GALVIS Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe (E.) |
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