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DECRETO 014 DE 2018 (Noviembre 23) Por
medio del cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto Anual de Gastos
de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la
vigencia fiscal de 2018 EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades
legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421/93 y el artículo 31
del Decreto Distrital 372 del 30 de agosto 2010, y en especial el artículo 16
del Decreto 597 de 2007, y CONSIDERANDO Que el numeral 1º del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de
agosto de 2010, “Por el cual se
reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – FDL”,
determina que los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán
mediante Decreto expedido por el Alcalde Local, con concepto previo favorable
de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Que mediante Decreto Local No. 20 de diciembre de 2017, se
liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de
Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31
de diciembre de 2018. Que el rubro 3-1-2-02-06-01 Seguros Entidad para la vigencia
2018 apropio un valor de $79.107.000 de los cuales se han comprometido
$10.111.020 y pendiente por comprometer $26.361.263 garantizando la cobertura
de seguros de los bienes muebles e inmuebles de la Alcaldía Local hasta el mes
de marzo de 2019, quedando un saldo disponible de $42.634.717 que puede ser
trasladado para cubrir otras necesidades. Que el rubro 3-1-2-02-06-04 Seguros de vida Ediles, para la
vigencia 2018 apropio un valor de $13.163.000 de los cuales se han comprometido
$948.899 y pendiente por comprometer $3.500.385 garantizando la cobertura de
seguros de vida de los 7 Ediles de la Localidad hasta el mes de marzo de 2019,
quedando un saldo disponible de $8.713.716 que puede ser trasladado para cubrir
otras necesidades. Que
el rubro 3-1-8 Obligaciones por Pagar, en la vigencia 2018 se ha llevado a cabo
un proceso de depuración del rubro de Obligaciones por pagar de Gastos de
Funcionamiento liberando recursos como se detalla a continuación:
Recursos que requieren ser trasladados para cubrir otras necesidades en la
vigencia 2018. Que
el rubro 3-1-2-02-06-05 Seguros de Salud Ediles le fue asignado para la
vigencia 2018 un monto equivalente a $69.571.000, siendo necesario incrementar
en $8.000.000 este rubro con el fin de garantizar el pago de salud ediles de la
presente vigencia. Que
el rubro 3-1-2-02-08-02 Acueducto y Alcantarillado le fue asignado para la
vigencia 2018 un monto equivalente a $20.490.000 y teniendo en cuenta que la
Alcaldía Local le fue trasladado el pago de acueducto y alcantarillado de la
sede donde funcionan las Tres (3) Inspecciones de Policía, aumentando considerablemente
el consumo, se requiere le sean trasladados recursos por $8.310.000 con el fin
de atender dicha necesidad. Que
el rubro 3-1-2-02-03 Gastos de Transporte y Comunicación le fue asignado para
la vigencia 2018 un monto equivalente a $13.811.000 y teniendo en cuenta el
monto de correspondencia generado por las Tres Inspecciones de Policía, se
requiere contratar el servicio de correo certificado que garantice el buen
desempeño de las funciones de las Inspecciones, por lo tanto, se requiere
adicionar recursos por $52.470.758 Que
con oficio No. 2018EE225448 del 16 de
noviembre de 2018, la Secretaria Distrital de Hacienda emitió concepto
favorable a la solicitud presentada por el Alcalde Local, para el traslado
presupuestal de Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales por valor de $68.780.758 Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese
un Contra crédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de
Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2018 por $68.780.758 SESENTA Y OCHO MILLONES
SETECIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE de acuerdo al
siguiente detalle: 15 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO - 01 - CONTRACREDITOS
ARTICULO SEGUNDO:
015 - FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO
NARIÑO - 01 - CREDITOS
ARTÍCULO
TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de
su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días
del mes de noviembre del año 2018. EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO Alcalde Local de Antonio Nariño |