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DECRETO LOCAL 011 DE 2018
(Noviembre 26)
Por medio del cual se efectua una modificaciòn presupuestal en el presupuesto de gastos e inversión del presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2018 LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO
En uso de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y en especial las conferidas por el Decreto 372 de 2010 en el Artículo 31 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 establece:
ARTÍCULO 31°. Modificaciones Presupuestales
Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:
Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo al 16 de octubre del 2018 ha comprometido el 26,06 % de sus recursos de inversión directa, lo que ha permitido identificar proyectos de inversión que garantizaron el cumplimiento de sus metas y que tienen recursos disponibles que no ejecutarán, así como la falencia de recursos en otros; esto, teniendo en cuenta que durante el ejercicio de ante proyecto de presupuesto se realizan proyecciones con valores que pueden variar de acuerdo con la dinámica del mercado. Por lo anterior y con el propósito de optimizar su uso y el fortaleciendo los rubros que se encuentran en déficit presupuestal, se requiere realizar movimientos presupuestales entre algunos proyectos de inversión así:
Que es necesario realizar 4 acciones de inspección vigilancia y control, ya que en el marco del control urbanístico se debe contar con la posibilidad de realizar las demoliciones de obras que no cumplen con lo establecido en la normatividad y cuyos dueños se reúsen a hacerlo.
Que se hace necesaria la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, es así que, en el Sistema Integrado de Gestión de la Entidad, se definió en el Instructivo para la solicitud de Acreditación de No Existencia o Insuficiencia de Personal, que cada Inspección de Policía debe contar con un abogado de apoyo, un profesional de apoyo técnico y dos apoyos asistenciales, ya que ésta Alcaldía Local cuenta con 4 Inspecciones de Policía a las que debe garantizar este personal.
Que el Responsable del Presupuesto expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Número 457 de octubre 23 de 2018 para amparar el traslado presupuestal objeto del presente decreto.
Que la Secretaría Distrital de Planeación conceptúo favorablemente la modificación solicitada, mediante comunicación 2-2018-7612 del 16 de noviembre de 2018 y la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación 2018EE227323 de noviembre 22 de 2018.
Por lo expuesto éste Despacho
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, por la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y UN PESO ($87.770.761), para la vigencia Fiscal 2018 según el siguiente detalle:
CONTRACRÉDITO
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el presupuesto de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo, por la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y UN PESO ($87.770.761), para la vigencia Fiscal de 2018 según el siguiente detalle:
CRÉDITO
ARTÍCULO TERCERO. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de noviembre del año 2018.
LUISA FERNANDA LÓPEZ GUEVARA
Alcaldesa Local de Teusaquillo |
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