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DECRETO LOCAL 014 DE 2002 (Diciembre 20) "Por medio del cual se liquida el presupuesto de la localidad de chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2003". LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas en Articulo 348 y 353 de la Constitución Nacional, el Decreto 1421 de 1993, articulo 86 numeral 13 y el Decreto 1139 de 2000 y CONSIDERANDO 1. Que mediante Acuerdo Local No 006 del 24 de Septiembre de 2001 se adoptó el Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas para la localidad dos 2002 - 2004 "CHAPINERO: POR EL RESPETO AL DERECHO DE TODOS". 2. Que con oficio No. 2001EE51200 de fecha 24 de Septiembre de 2002 y radicado No. 8327 del 26 de Septiembre del mismo año, el Secretario de Hacienda certificó el monto de la transferencia de la Administración Central asignada para inversión al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, en la suma de $ 4.088.445.593.00, para la vigencia 2003. 3. Que el artículo 5 del Decreto 1139 de 2000, indica que el presupuesto anual de los Fondos de Desarrollo Local debe estructurarse de acuerdo a la nueva composición. 4. Que para la proyección de ingresos se tuvo en cuenta el comportamiento del recaudo en los rubros de multas y otros ingresos tributarios en los dos últimos años. 5. Que mediante Oficios Nos. 1343 y 1344 del 11 de Octubre de 2002, se envió a la Secretaría de Hacienda y al Departamento Administrativo de Planeación Distrital, respectivamente, para su estudio y aprobación el Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y de Gastos e Inversión para la vigencia del año 2003, para la Localidad de Chapinero. 6. Que mediante oficio No. 2-2002-25599 de fecha 18 de Noviembre de 2002, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, informó que en su reunión No. 16 del 12 de Noviembre de 2002, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10, literal f) del Decreto 714 de 1996, emitió concepto favorable al Anteproyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, por valor de $7.497.165.299,00 para la vigencia Fiscal del año 2003. 7. Que con base en el concepto de favorabilidad del CONFIS, se ajustó el Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y de Gastos e Inversión de la localidad de Chapinero para la vigencia fiscal del 2003 de acuerdo con las recomendaciones del CONFIS y se radicó en la Junta Administradora Local de Chapinero con oficio No. 1510 de Diciembre 3 de 2002 con el número de radicación 436 de la misma fecha, para su estudio y aprobación. Lo anterior en cumplimiento de la Circular No. 18 de fecha 12 de julio de 2002, correspondiente a la Programación Presupuestal 2003 emanada de la Dirección Distrital de Presupuesto. 8. Que en virtud de lo establecido en el artículo 18 del Decreto 1139 de diciembre de 2000 y teniendo en cuenta que la Junta Administradora Local de Chapinero no expidió el Acuerdo aprobando el Presupuesto de Ingresos y de gastos e Inversión, para la vigencia fiscal del 2003, antes de la media noche del 15 de diciembre, la Alcaldesa Local de Chapinero, procede a la expedición del Presupuesto de la localidad de Chapinero para la vigencia fiscal del 2003, en los mismos términos del proyecto de iniciativa del Alcalde Local presentado a la JAL el día 3 de diciembre del presente año mediante oficio 1510, el cual contiene los ajustes recomendados por el CONFIS en su oficio 2-2002-25599 de fecha 18 de Noviembre de 2002. 9. Que la Junta Administradora Local de Chapinero remitió las actas correspondientes al proyecto de Acuerdo No. 003/200 "Por medio del cual se aprueba el presupuesto de la Localidad de Chapinero, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2003", en las cuales se establece que el Proyecto de Acuerdo tuvo tan solo un debate contraviniendo lo establecido en el artículo 77 del Decreto 1421 del 21 de julio de 1993. 10. Que mediante Decreto Local No. 012 de Diciembre 19 de 2002, la Alcaldesa Local de Chapinero en cumplimiento del artículo 18 del Decreto 1139 de 2000, aprobó y expidió el Presupuesto para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2003. 11. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del decreto 1139 de 2000, corresponde al Alcalde Local expedir el Decreto de Liquidación del presupuesto dentro de los cinco días siguientes a la expedición del presupuesto para la siguiente vigencia fiscal. Que en mérito de lo expuesto, DECRETA ARTICULO PRIMERO: Liquidar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de la Localidad de Chapinero para la vigencia fiscal del periodo comprendido entre el 1 de enero del 2003 y el 31 de diciembre del 2003, en la suma de Siete Mil Cuatrocientos Noventa y Siete Millones Ciento Sesenta Cinco Mil Doscientos Noventa y Nueve Pesos ($7.497.165.299.00), como se detalla a continuación:
ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto Local rige a partir del 1 de enero de Dos Mil Tres (2.003).COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE. Expedido en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes Diciembre del año Dos Mil Dos (2002) CLAUDIA MARIA MONSALVE GOMEZ Alcaldesa Local de Chapinero NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2783 de Diciembre 20 de 2002. |