DECRETO
LOCAL 002 DE 2019
(Marzo 13)
Por el cual se ajustan las Obligaciones por
Pagar constituidas de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de
la Alcaldía Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2019
LA
ALCALDESA LOCAL DE SUMAPAZ
En uso de
sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del
Decreto 372 del 30 de agosto de 2010.
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, determina que el Alcalde
por Decreto incrementará o reducirá el monto de obligaciones por pagar al monto
real, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL
Que
el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz apropió en la vigencia 2019
Obligaciones por Pagar por $34.037.319.000, el cual es inferior al valor de $25.574.999.523
correspondiente a las obligaciones constituidas a 31 de diciembre de 2018.
Que
se presentan diferencias entre los valores y rubros de obligaciones por pagar
determinados frente a los programados en el presupuesto de Gastos de la
vigencia.
Que
el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, debe ajustar el agregado de
obligaciones por pagar de Funcionamiento e Inversión.
Que
la Secretaría Distrital de Planeación expidió concepto favorable al Ajuste de
las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación No. 2-2019-12164
de 8 de marzo de 2019.
Que
la secretaria Distrital de Hacienda conceptuó favorable el ajuste mediante
comunicación No. 2019EE34882 del 11 de marzo de 2019.
Que,
en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el agregado de
Obligaciones por Pagar de Gastos de Funcionamiento e Inversión, en el
Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la vigencia
fiscal del 2019, conforme al siguiente detalle:
|
3-3-6
|
OBLIGACIONES POR PAGAR
|
0
|
8.306.894.524
|
|
3-3-6-15
|
Bogotá Mejor para todos
|
0
|
6.289.711.386
|
|
3-3-6-15-01
|
Pilar Igualdad de calidad de vida
|
0
|
144.636.784
|
|
3-3-6-15-01-03
|
Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente
|
0
|
957.570
|
|
3-3-6-15-01-03-1334
|
Mejores
oportunidades para la población vulnerable
|
|
957.570
|
|
3-3-6-15-01-04
|
Familias protegidas y adaptadas al cambio
climático
|
0
|
86.673.834
|
|
3-3-6-15-01-04-1340
|
Prevención
de riesgos y acciones de mitigación
|
|
86.673.834
|
|
3-3-6-15-01-06
|
Calidad educativa para todos
|
0
|
659
|
|
3-3-6-15-01-06-1349
|
Dotaciones
didácticas y pedagógicas para mejores colegios.
|
|
659
|
|
3-3-6-15-01-11
|
Mejores oportunidades para el desarrollo a través
de la cultura, la recreación y el deporte
|
0
|
57.004.721
|
|
3-3-6-15-01-11-1353
|
Acciones
para la promoción de la cultura, la recreación y el deporte
|
0
|
57.004.721
|
|
3-3-6-15-02
|
Pilar Democracia urbana
|
0
|
5.003.735.729
|
|
3-3-6-15-02-17
|
Espacio público, derecho de todos
|
0
|
1.259.945
|
|
3-3-6-15-02-17-1358
|
Parques para
todos y todas
|
|
1.259.945
|
|
3-3-6-15-02-18
|
Mejor movilidad para todos
|
0
|
5.002.475.784
|
|
3-3-1-15-02-18-1364
|
Movilidad
para todos y todas
|
|
5.002.475.784
|
|
3-3-6-15-03
|
Pilar Construcción de comunidad y cultura
ciudadana
|
0
|
89.204.233
|
|
3-3-6-15-03-19
|
Seguridad y convivencia para todos
|
0
|
89.204.233
|
|
3-3-6-15-03-19-1366
|
Seguridad y
convivencia por una localidad en paz.
|
|
89.204.233
|
|
3-3-6-15-05
|
Eje transversal Desarrollo económico basado en el
conocimiento
|
0
|
205
|
|
3-3-6-15-05-36
|
Bogotá, una ciudad digital
|
0
|
205
|
|
3-3-6-15-05-36-1368
|
Sumapaz
digital
|
|
205
|
|
3-3-6-15-06
|
Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada
en la eficiencia energética
|
0
|
598.572.143
|
|
3-3-6-15-06-38
|
Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica
Principal
|
0
|
867
|
|
3-3-6-15-06-38-1379
|
Ecosistemas
protegidos para todos y todas
|
|
867
|
|
3-3-6-15-06-41
|
Desarrollo rural sostenible
|
0
|
0
|
|
3-3-6-15-06-41-1356
|
Mejores
condiciones para el acceso al agua potable
|
|
0
|
|
3-3-6-15-06-41
|
Desarrollo rural sostenible
|
0
|
598.571.277
|
|
3-3-6-15-06-41-1382
|
Desarrollo
rural sostenible y campesino
|
|
598.571.277
|
|
3-3-6-15-07
|
Eje transversal Gobierno Legítimo,
fortalecimiento local y eficiencia
|
0
|
453.562.291
|
|
3-3-6-15-07-45
|
Gobernanza e influencia local, regional e
internacional
|
0
|
453.562.291
|
|
3-3-6-15-07-45-1375
|
Gobierno
Local fortalecido y transparente
|
0
|
444.793.180
|
|
3-3-6-15-07-45-1377
|
Fortalecimiento
de la participación y el control social
|
0
|
8.769.111
|
|
3-3-6-90
|
OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES
|
0
|
2.017.183.138
|
|
|
TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL
|
0
|
8.462.319.477
|
ARTÍCULO 3. (Sic.) El presente Decreto
rige a partir de la fecha de su publicación
Dado en
Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de
marzo del año 2019.
PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE.
FRANCY
LILIANA MURCIA DÍAZ
ALCALDESA
LOCAL DE SUMAPAZ