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Decreto Local 004 de 2019 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
28/03/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/03/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6535 del 12 de abril de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2019

 

(Marzo 28)

 

Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe de la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2019

 

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que el Decreto 372 en su artículo 36 estipula que los Fondos de Desarrollo Local efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante decreto local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

 

2. Que en la Resolución N°SDH – 000191 de 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

 

3. Que mediante comunicación N°2019EE20757 del 22 de febrero de 2019 de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, informó sobre los ajustes a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuidos los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local por el CONFIS.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la Vigencia Fiscal 2019 conforme al siguiente detalle.

 

CODIGO

NOMBRE

REDUCIR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

12.631.488.239

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de marzo de dos mil diecinueve (2019).

 

LUIS ALEJANDRO VARGAS PINZÓN

 

Alcalde Local Rafael Uribe Uribe