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DECRETO LOCAL 008 DE 2019
(Julio 12)
Por el cual se modifica el epígrafe y se corrige un yerro el artículo 1º del Decreto Local No. 07 de 2019 EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y
CONSIDERANDO
Que el 04 de julio de 2019 se expidió el Decreto Local No. 07 de 2019 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2019, mediante la adición de los excedentes financieros”.
Que la Subdirección de Infraestructura y Localidades, Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda informó a la administración local que, el epígrafe del acto administrativo en comento contaba con una inconsistencia, en la medida que no se está liquidando un ajuste, sino se está liquidando una adición al presupuesto del FDLAN.
Que en ese orden de ideas el epígrafe debe ser modificado por el siguiente:
“Por el cual se adiciona el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2019, por concepto de excedentes financieros”
Que por un error meramente formal e involuntario en la numeración de los rubros señalados en la tabla del artículo 1º del Decreto Local 07 de 2019, así como en la digitación y transcripción de los mismos, se omitieron palabras y números en éstos.
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” en cuanto a la corrección de errores formales señala "...En cualquier tiempo de oficio o a petición de parte se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto…”.
Que por tratarse de un error de digitación y transcripción que no da lugar a cambios en el sentido material de la decisión, se hace necesario corregir de oficio los yerros de numeración y concepto de los rubros 2.4, 2.4.7 y 2.4.7.03, quedando la tabla del artículo 1º así:
Dadas las anteriores consideraciones el Alcalde Local de Antonio Nariño, en uso de sus facultades legales. DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el epígrafe del Decreto Local 07 de 2019, el cual quedara así:
“Por el cual se adiciona el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2019, por concepto de excedentes financieros”
ARTÍCULO SEGUNDO: Corregir la numeración de los rubros numeración y concepto de los rubros 2.4, 2.4.7 y 2.4.7.03, por ende, la tabla del artículo 1º del Decreto Local 07 de 2019 quedará así:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de julio de 2019.
EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO
Alcalde Local de Antonio Nariño |